ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 141
Jefe PROF. IZZO MARIANA
Jueves 10.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2140 Internos 2140/61/46
ceydregional@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 5103-D-2018
Sumario: CREACION DEL CONSEJO FEDERAL DE POLITICAS A PYMES (COFEPYM), BAJO LA ORBITA DEL MINISTERIO DE PRODUCCION DE LA NACION.
Fecha: 23/08/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
ARTÍCULO 1: Crease el “Consejo Federal de Políticas a Pymes” (COFEPYM), bajo la órbita del Ministerio de Producción de la Nación.
ARTÍCULO 2: El Consejo Federal de Políticas a Pymes tendrá por objetivo convocar anualmente a los sectores de Pequeñas y Medianas Empresas, del Estado Nacional y los estados provinciales a fin de elaborar diagnósticos de situación y, a partir de ello, políticas a dicho sector de empresas contemplando criterios de tamaño, facturación, cantidad de empleados registrados, destino de su producción (mercado interno y externo), rubro y región de producción.
ARTÍCULO 3: El COFEPYM estará integrado por:
Un (1) representante del Ministerio/Secretaría de Producción por provincia.
Un (1) representante del Ministerio de Producción de la Nación.
Dos (2) delegados por provincias que representarán a las federaciones, cámaras, centros, uniones empresarias o asociaciones de Pymes provinciales, que serán elegidos con acuerdo de las mismas.
ARTÍCULO 4: Las reuniones del COFEPYM deberán organizarse de manera federal según los siguientes criterios regionales:
Región Noroeste: Jujuy, Tucumán, Catamarca, Salta, La Rioja, y Santiago del Estero.
Región Noreste: Misiones, Formosa, Chaco, Entre Ríos y Corrientes.
Región Cuyo: San Luis, San Juan y Mendoza.
Región Pampeana: Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba, La Pampa y Santa Fe.
Región Patagónica: Río Negro, Neuquén, Chubut, Tierra del Fuego y Santa Cruz.
ARTÍCULO 5: Una vez establecido el diagnóstico y las propuestas de políticas, las áreas del Estado Nacional deberán, en un plazo no mayor a 30 días de la reunión celebrada, proceder al dictado de los actos administrativos que se orienten a dar respuesta a los planteos surgidos del mismo.
ARTÍCULO 6: Garantícese que las medidas o acciones adoptadas producto de la convocatoria sean efectivamente publicitadas y ofrecidas en las empresas de la región.
ARTÍCULO 7: Autorícese al Poder Ejecutivo a realizar las correspondientes modificaciones presupuestarias a los efectos de la aplicación de la presente ley.
ARTÍCULO 8: El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley dentro de los sesenta (60) días de su publicación.
ARTÍCULO 9: DE FORMA
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las Pymes representan un actor central en la economía de nuestro País. Su aporte al desarrollo económico y productivo se destaca en virtud de su contribución significativa a la generación de empleo como a la suma del número de empresas.
Además de ello, las Pequeñas y Medianas Empresas son capaces de contribuir a la generación de una acumulación de base regional, redistributiva que propicia la inserción en las cadenas de valor globales de producción.
En este sentido, las Pymes son un elemento relevante al considerar una estrategia que se oriente a transformar el sistema económico en cada provincia de nuestro país dotándolo de descentralización, dinamismo, flexibilidad y base regional local. Dicho esto, es fundamental contar con una estrategia estatal que se oriente al desarrollo industrial operando en las formas, comportamientos y desempeños de las Pymes.
Para ello, las políticas a este sector de empresas deben contemplar sus realidades locales, regionales, sus diferencias respecto a tamaños y destino de producción entre otros. Para eso es necesario superar las medidas de tipo “horizontales” y adecuar cada acción a la realidad de las empresas y regiones.
A efectos de ello convocamos a este consejo con el objetivo de que surjan desde aquí, producto de la interacción entre actores económicos y funcionarios del Estado, las acciones que sean pertinentes para cada realidad, para cada tipo de empresa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FRANA, SILVINA PATRICIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (Primera Competencia) |
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |