ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3503-D-2017
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EQUIPARAR LOS PRECIOS DE LOS PRODUCTOS EN LAS ZONAS NOA Y NEA, RESPECTO DE LAS REGIONES AMBA Y METROPOLITANA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE "PRECIOS CUIDADOS".
Fecha: 28/06/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
PRIMERO:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a efectos de que, por intermedio del Ministerio de Producción, ejecute las acciones necesarias y pertinentes para que sean corregidos, los mayores precios, para distintos productos a la Zona NOA Y NEA, respecto de la Región AMBA y Metropolitana, en el marco del Programa de “Precios Cuidados”.
SEGUNDO:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a efectos de que, se fije un precio único final, igual en todo el territorio nacional, para los combustibles líquidos, con la sola excepción de la diferencia promocional impositiva, de la región patagónica.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Artículo 75 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, nos indica que la distribución entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires y entre éstas, se efectuará en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas contemplando criterios objetivos de reparto; será equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.
La Secretaria de Comercio dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCION, tiene como objetivo velar por relaciones comerciales equitativas, proteger los derechos del consumidor, transparentar el comercio, mejorar el acceso a bienes y servicios, y garantizar mercados internos competitivos. Asimismo, se ocupa de sentar las bases para que la Argentina se inserte a las cadenas de valor globales, donde fluya la inversión y se genere empleo de calidad, promoviendo un desarrollo federal equilibrado.
En la citada Secretaría funciona la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), un organismo desconcentrado especializado para proveer a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados.-
Asimismo, es oportuno repasar, los objetivos de la vigente LEY No 27118 de promover el desarrollo humano integral, bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores de campo y en general, de los agentes del medio rural, mediante la diversificación y la generación de empleo en el medio rural, así como el incremento del ingreso, en diversidad y armonía con la naturaleza para alcanzar el buen vivir, y muy especialmente el objetivo de corregir disparidades del desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones con mayor atraso, mediante una acción integral del PODER EJECUTIVO NACIONAL que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable.-
También nos remitimos absolutamente, a los argumentos expuestos por el SR.MINISTRO DE LA PRODUCCION, en oportunidad de anunciar los nuevos PRECIOS CUIDADOS y PRECIOS CLAROS, vigentes hasta setiembre del presente año.-
Sin embargo, a pesar de todos estos conceptos reflejados en nuestra Carta Magna y el derecho positivo Argentino, cuando observamos los valores de los PRECIOS CUIDADOS, en aquellas regiones con menor nivel de desarrollo relativo, (Ejemplo. NOA- NEA), donde los indicadores de pobreza y de necesidades básicas insatisfechas son mayores, es donde se fijaron mayores precios para iguales productos, respecto de regiones más desarrolladas. (AMBA). En principio, algún observador podrá pretender argumentar que, las diferencias de precios, con incrementos marcados, en la región del Norte Grande respecto al área Metropolitana, se debe a una cuestión de mayores costos por efecto del Flete interno que se desarrolla principalmente por carreteras en camiones. No obstante estos precios adicionales respecto de los cuidados para el NOA y NEA, también se dan en bienes que se producen integralmente en esta región. Tal es el caso de la azúcar, producida en las provincias de Jujuy, Salta y Tucumán y la Yerba Mate que se produce en Chaco, Corrientes y Misiones. Para los dos casos, los precios se “cuidan más”, para los consumidores de la Región con mayores ingresos per cápita, respecto de la regiones más postergadas con precios, ni si quiera iguales, sino en contrario censo, “menos cuidados”.
Al respecto la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY en PROYECTO DE DECLARACION de fecha 23 de mayo ppddo, solicitó realizar gestiones necesarias para lograr las correcciones en las listas de precios cuidados, de manera que se contemplen los principios y objetivos antes expresados en nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL y en la toda la legislación vigente.-
Respecto del artículo Segundo de la presente Resolución, se observa en las regiones del país, notorias diferencias en valores de los combustibles líquidos, tanto gasoil como nafta en sus distintas versiones, que no presentan fundamentos técnicos económicos, toda vez que, a donde resulta entre un 10% a un 15% más
barato (AMBA), presenta cero (0) producción de hidrocarburos que si tiene el norte, en donde el combustible es más caro. Esto con la excepción reflejada en el mismo texto de la presente resolución, en donde se entiende muy válido, mantener diferenciales impositivos a favor de la Región Patagónica. Téngase en cuenta que, la diferenciación en el precio de los combustibles, para las regiones alejadas de los centros de producción y consumo masivo, no solo se refleja a la hora de que, los consumidores finales y/o los productores de bienes y servicios, van con sus vehículos a un surtidor. También se refleja en todos los bienes y servicios que se adquieren de otras regiones o que se comercializan hacia ellas. Esto es, se paga el diferencial en combustibles en contra del NOA y NEA también en los costos de todos los bienes con efecto multiplicador inverso.
Por los fundamentos expuestos y los que podríamos ampliar a la hora de tratar en comisiones el presente proyecto, es que solicitamos a los demás Diputados, su pronto tratamiento y aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SNOPEK, ALEJANDRO FRANCISCO | JUJUY | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
CAMAÑO, GRACIELA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
BREZZO, MARIA EUGENIA | CORDOBA | UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
MORALES, MARIANA ELIZABET | SANTIAGO DEL ESTERO | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
NAZARIO, ADRIANA MONICA | CORDOBA | UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
BRÜGGE, JUAN FERNANDO | CORDOBA | UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
LAVAGNA, MARCO | CIUDAD de BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
TUNDIS, MIRTA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
PITIOT, CARLA BETINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
LITZA, MONICA EDITH | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
MASSETANI, VANESA LAURA | SANTA FE | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
SELVA, CARLOS AMERICO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) |
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SELVA (A SUS ANTECEDENTES) |