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ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL

Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 2741-D-2017

Sumario: EMERGENCIA NACIONAL - LEY 27354 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 1°, INCLUYENDO DENTRO DE LAS PREVISIONES A LA PROVINCIA DE MENDOZA.

Fecha: 26/05/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 56

Proyecto
REFORMA DE LA LEY 27.354 - DECLARAR EN EMERGENCIA ECONOMICA, PRODUCTIVA, FINANCIERA Y SOCIAL POR EL TERMINO DE 365 DIAS, A LA CADENA DE PRODUCCION DE PERAS Y MANZANAS DE LAS PROVINCIA DEL NEUQUEN Y RIO NEGRO.
Artículo 1°.- Sustitúyase el artículo 1° de la ley n° 27.354 que quedará redactado del siguiente modo:
“Artículo 1°.- Declárase en emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de 365 días a la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias de Mendoza, Neuquén y Río Negro”.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con mucha lógica y sensatez esta Honorable Cámara sancionó recientemente la ley n° 27.354, que guarda el propósito de soliviar la angustiante situación de las cadenas productivas de peras y manzanas de las provincias del Neuquén y Río Negro.
No obstante ello, entendemos que no debe excluirse de esta norma a la provincia de Mendoza. Ello en razón de que todos los argumentos que claramente expusieron los señores legisladores que impulsaron la ley n° 27.354, son igualmente válidos para sostener que debemos ayudar a los productores mendocinos de estas frutas.
La situación de la producción de peras y manzanas en Mendoza es crítica. Como en todo el sector frutihortícola de la provincia, se advierte en una merma baja considerable en comparación a temporadas previas, producto de las severas heladas que afectaron a los cultivos en su momento de floración y cuaje, en amplias zonas productivas de toda la provincia.
A título de ejemplo, cabe señalar que el sector de peras arrojó una producción de 41.946 toneladas en la temporada 2.016/2.017, un 32% menos que la temporada pasada, en la cual se arribó a la suma de 61.847 toneladas.
En el anhelo de no sobreabundar, nos remitimos a hacer propios muchos de los fundamentos de la ley n° 27.354, que retratan cómo la coyuntura económica actual –tanto nacional como internacional- ha impedido al sector sobrellevar su situación.
Destacamos algunos puntos que recoge la ley n° 27.354 en sus fundamentos, que impactan de forma idéntica en los productores mendocinos de peras y manzanas:
¡.- “la caída de las exportaciones, el crecimiento de los costos y un tipo de cambio desfavorable para exportar, la disminución de la producción por problemas de heladas y granizos, entre muchos otros. Asimismo, la situación de este sector se agudiza por la imposibilidad de afrontar los compromisos fiscales y previsionales los que de ser exigibles en el corto plazo significarían el quebranto de numerosos productores y empresas con las consecuencias sociales que ello conlleva”.
ii.- “la crítica situación que atraviesa la actividad frutícola (…) ´este sector ha enfrentado en los últimos años incrementos en los costos de producción y un tipo de cambio relativamente apreciado. Como resultado se observan pérdidas globales de la rentabilidad y un proceso de descapitalización de gran parte de los productores, sobre todo aquellos pequeños y medianos productores independientes (chacareros)”.
iii.- “Para este grupo (chacareros), la situación se ve agravada por la edad avanzada y la falta de recambio generacional de los productores. Esto condiciona la posibilidad de hacer nuevas inversiones que permitan mejorar la competitividad del sector respecto a otros países del hemisferio sur frente a los que en la actualidad presenta algunas desventajas…”.
iv.- “…los principales destinos de exportación, que son los mercados de Brasil y Rusia, presentaron en los últimos años barreras a la entrada de nuestros productos, tanto por temas económicos como sanitarios, por lo que la exportación se redujo. Asimismo la existencia de un tipo de cambio atrasado, la baja productividad de la manzana, el descenso de los precios internacionales y los elevados costos de producción, generaron una importante pérdida de competitividad respecto a nuestros principales competidos del hemisferio sur – como por ejemplo Chile”.
v.- “Del mismo modo que la devaluación de 2002 generó una expansión del sector potenciada por el aumento excepcional de los precios internacionales vigentes entre 2002 y 2013, en los últimos tres años la actividad se retrajo como consecuencia de la caída de los precios de exportación de las manzanas frescas en un 16% y los precios de las peras frescas en un 6%”.
vi.- “En un contexto de crisis económica, los principales países destinatarios de nuestra producción – Brasil, Rusia y UE - respondieron a la coyuntura devaluando sus monedas e implementando barreras a las importaciones. De este modo, la tendencia a la caída de la rentabilidad del sector por problemas de tipo de cambio, se agravó con la caída de los precios internaciones y las restricciones impuestas por nuestros principales socios comerciales. A partir de 2014 coincide la crisis de los mercados de ultramar – Rusia y la UE – con la fuerte recesión de la economía brasileña – cuyo PBI cae un 3,8% en 2015 y un 3,6% en 2016.
vii.- “Por otro lado, debe enfatizarse que en la actualidad la producción de manzanas presenta un comportamiento tendencial más negativo vinculado, entre otros factores, a la baja densidad y envejecimiento de las plantaciones, tecnologías de producción obsoletas, variedades poco demandadas en los mercados…”
ix.- “A diferencia del sector hortícola y algunos productos del sector frutícola, que lograron recuperarse de los factores exógenos negativos ocurridos en los años 2014 y 2015, el sector de las peras y manzanas continúa perdiendo participación en el comercio exterior” (Cfr. Informe del Ministerio de Hacienda con datos de la FAO -2.016)
x.- “… el sector exhibe bajos niveles de productividad y aplicación de tecnología, tanto en la producción primaria de manzanas como en las plantas de empaque. En la Argentina se producen 33,1 toneladas promedio por hectárea en manzanas, mientras que en Sudáfrica se cosechan 35,2 TN-HA, en Chile 43,3 TN-HA y en Nueva Zelanda 49,5 TN-HA”.
xi.- “Otro factor que incide en la dinámica del sector es que se observan bajos niveles de consumo en Mercado Interno. En la última década el consumo de manzana ha fluctuado en torno a los 6 y 7,7 Kg. por habitante y por año, valores que resultan bajos respecto al consumo de los noventa (12 Kg. / persona / año) y a los niveles de otros países europeos. Cabe destacar el bajo nivel de consumo de pera -de tan solo 2 kg. por persona por año-“.
Como se advierte, todos estos factores, considerados por la Honorable Cámara para la sanción de la ley n° 27.354, han determinado también la grave situación de los productores mendocinos de peras y manzanas. Es por demás razonable, entonces, que se los incluya en los entendibles beneficios que estipuló la flamante norma a los productores de Río Negro y Neuquén.
Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares legisladores me acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BALBO, ELVA SUSANA MENDOZA UNION PRO
PETRI, LUIS ALFONSO MENDOZA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO PETRI (A SUS ANTECEDENTES)