ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2213-D-2016
Sumario: AUMENTO DE TARIFAS ELECTRICAS. SE DEJA SIN EFECTO A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2016 Y LOS SUCESIVOS INCREMENTOS PARA TODOS LOS PRODUCTORES DE ZONAS ARIDAS DE LAS PROVINCIAS DE MENDOZA, SAN JUAN, LA RIOJA Y CATAMARCA.
Fecha: 29/04/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42
Artículo 1.-
DEJESE SIN EFECTO ALGUNO el aumento de la tarifa de energía eléctrica dispuesta a partir del primero (1) de enero de 2016 y las sucesivas que se dispongan durante este año y el próximo, sea por quita de subsidios o aumento directo de la energía, para todos los productores primarios de zonas áridas, viñateros, olivicultores, fruticultores, productores de hortalizas, legumbres, chacareros, finqueros en general, que tengan sus establecimientos en las provincias de Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca y en las demás zonas o regiones que se determine en la reglamentación, siempre que la superficie del establecimiento donde se desarrolle la explotación no supere las veinticinco (25) hectáreas y por el consumo producido en el establecimiento
Artículo 2.-
Cuando el establecimiento supere las veinticinco hectáreas y sea inferior a cincuenta hectáreas, el aumento tarifario eléctrico dispuesto a partir del 1 de enero de 2016 y los sucesivos que se produzcan durante este año y el próximo, deberá disminuirse en un setenta y cinco (75) por ciento.
Artículo 3.-
Cuando el establecimiento supere las cincuenta hectáreas y sea inferior a cien, el aumento tarifario eléctrico dispuesto a partir del 1 de enero y los sucesivos que se produzcan durante este año y el próximo, deberá disminuirse en un cincuenta (50) por ciento.
Artículo 4.-
Cuando el establecimiento supere las cien (100) hectáreas y sea inferior a trescientas (300), el aumento tarifario eléctrico dispuesto a partir del 1 de enero y los sucesivos que se produzcan durante este año y el próximo, deberá disminuirse en un veinticinco (25) por ciento.
Artículo 5.-
Cuando un productor propietario posea dos o más establecimientos se sumarán las superficies de los mismos a fin de determinar el precio de la energía a pagar.
Artículo 6.-
Cuando un productor titularice varios establecimientos y alguno o algunos de ellos no posean pozo de riego se computará la superficie, a los fines de la presente ley, de solo aquellos que tenga pozo de riego.
Artículo 7.-
El productor propietario deberá presentar declaración jurada sobre la cantidad de establecimientos que posea o titularice, debiendo acreditar que en cada una posee pozo debidamente autorizado por la autoridad competente en cada jurisdicción. La autoridad de aplicación de la presente ley que determine la reglamentación deberá verificar la veracidad de las declaraciones y realizar un seguimiento de los establecimientos a fin de determinar que se encuentran en producción y que la energía se utiliza efectivamente en los mismos.
Artículo 8.-
En caso que los productores propietarios hubieran pagado tarifas con aumentos, estos se imputarán a facturas futuras a vencer, conforme lo determine la reglamentación.-
Artículo 9.-
La presente Ley es de emergencia y tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2017, fecha a partir de la cual los aumentos tarifarios que se dispongan a partir del 1 de enero de 2018 serán aplicables en todos los casos. Los aumentos dispuestos durante los años 2016 y 2017 caducan de pleno derecho, en las proporciones dispuestas en la presente y no se podrán aplicar una vez vencido el plazo de vigencia de la presente.
Artículo 10.-
Las erogaciones que demande la aplicación de la presente ley serán soportadas por el Estado Nacional.
Artículo 11.-
El Poder Ejecutivo Nacional deberá reglamentar la presente ley en un plazo de treinta (30) días contados a partir de su promulgación.
Artículo 12.-
DE FORMA.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Por demás conocidos son los aumentos en las tarifas de la energía eléctrica, sean estos derivados de la quita de subsidios anunciada e implementada por el Gobierno Nacional o por el aumento liso y llano de la energía eléctrica autorizada o dispuesta por las distintas distribuidoras.
Estos aumentos han producido un alza inflacionaria, aumento de precios y por lógica aumento del costo de vida de todos los argentinos, con más la dificultad que tienen muchos para poder pagarlos en tiempo y forma.
Se alegó como fundamento de tal medida que no se podía seguir con los subsidios, que cada uno debía pagar lo que consumía, que había que sincerar las tarifas, que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires las tarifas eran irrisorias, etc.
Lo cierto fue que los aumentos llegaron a todo el territorio nacional, impactando más o menos a todos los argentinos, a los usuarios domiciliarios, a los comercios, a las industrias y a los productores agropecuarios que se ven obligados a recurrir a la energía eléctrica para poder regar sus campos mediante pozo.
El sistema aplicado a generado un impacto negativo en la sociedad y es una consecuencia de la falta de recursos del Estado Nacional, principalmente, por la fabulosa transferencia de recursos que ha efectuado a los sectores más poderosos de la economía, importadores, sojeros, bancos, mineras, etc., en consecuencia debe cubrir esta transferencia con otros recursos y de allí que eliminó lisa y llanamente los subsidios a la energía.
Estos subsidios tenían una doble finalidad, una el beneficio del consumidor domiciliario a fin que la energía no fuera un condicionante de su vida ni una limitante del consumo (motor de la economía nacional) y además de dotarlo de mejor calidad de vida, calefacción en invierno y frescura en verano, bueno estos beneficios se van a perder por el ahorro a que se obliga a las familias argentinas, sobre todo a los menos pudientes, trabajadores y clase media que habían adquirido estándares de vida dignos.
La otra finalidad, ayudar al comercio, a las industria y a los productores argentinos a sostener sus emprendimientos y tornarlos competitivos ya que el valor de la energía es un componente importante del costo del negocio o de producción. Hoy ven que deben aumentar sus precios para poder solventar los mayores costos ocasionados por el aumento grosero de las tarifas, con la consiguiente pérdida de competitividad o con la baja del consumo, todo lo cual le resta sustentabilidad al establecimiento de que se trate.
La situación generada por estas medidas es gravísima, ya que ante el aumento de precios hay retracción del consumo, enfriamiento de la economía y recesión, lo que importa muchas veces despidos, pérdidas de puestos de trabajo, salarios en baja y cae aún más el consumo, consolidándose un circulo disvalioso que se retroalimenta y lleva a una nueva crisis de proporciones como algunas ya vividas en nuestra patria.
Esta problemática se agrava aún más para los productores primarios agropecuarios, que son siempre los más desprotegidos y vulnerables en la cadena de precios o de valor de los productos.
Más aún si estos productores necesitan la energía eléctrica para poder regar sus tierras mediante el sistema de bombeo en pozos. Ya no lo podrán hacer o deberán limitar el riego con las bajas en las producciones o lisa y llanamente la sequía de sus campos.
Esta situación es la que viven los productores de zonas áridas, en especial aquellos propietarios o arrendatarios de fincas o chacras de pocas hectáreas que se verán imposibilitados de pagar la tarifa eléctrica vigente.
Específicamente me refiero a los viñateros, olivicultores, chacareros, etc. que cultivan pequeñas o medianas superficies de tierra en zonas áridas, Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca, entre otras provincias o regiones.
Sabido es que en estas provincias el riego se realiza por obra y gracias del ser humano que encauza los pocos recursos que le provee la naturaleza. Así el agua se acumula en embalses reguladores del caudal de los ríos y luego se distribuye el agua por canales, cauces e hijuelas como venas en el cuerpo humano, con sistemas de turnos para el mejor aprovechamiento del escaso recurso. Y de esa forma se puede regar por manto o por sistemas más modernos como el goteo, aspersión en algunos casos que el cultivo lo permita o exudación, sistema nuevo y de alto costo hasta la fecha.
Pero lamentablemente la acumulación de agua en diques o embalses no siempre es la óptima ya que depende de la nevadas en la cordillera de los andes, las cuales no siempre son suficientes para atender el consumo humano, industrial y el de la producción, por ello casi todas las parcelas, fincas, chacras, etc. deben recurrir a los pozos y al consiguiente bombeo para obtener el agua necesaria para que los cultivos prosperen o las plantas mantengan niveles apropiados de producción.
Estos viñateros, chacareros, olivicultores y demás productores primarios, los que trabajan la tierra, como ya anticipamos son el eslabón más vulnerable en la cadena de comercialización, trabajando en la más de las veces al costo para mantener su patrimonio, cuando no a perdida u otras veces deben tirar sus cosechas por falta de precio en sus producciones o peor dejar los frutos en la plantas ya que no pueden ni siquiera levantar la cosecha.
Esta situación prácticamente crónica, se verá agravada y mucho por el aumento de la energía eléctrica, lisa y llanamente no podrán los productores utilizar sus posos ante la imposibilidad de pagar la energía eléctrica que requieren las bombas y no mejora la situación la utilización de otros combustibles como el gas oíl o las naftas ya que los aumentos son también constantes e imposible de pagar para ellos.
Esta situación requiere de la intervención del estado para no destruir campos por sequía, plantaciones que demoran muchos años en producir como viñedos, parrales, olivos, frutales, etc. o impedir la plantación de hortalizas, tubérculos y legumbres entre otras. En otros términos sin el riego estas zonas productivas se transformarán en páramos, nuevamente en desiertos y los esfuerzos de años en poco tiempo quedarán en la nada o quizás peor los productores deberán vender a precio vil y se producirá una mayor concentración de la riqueza en unos pocos y la pérdida de puestos de trabajo para muchos. Téngase presente que tanto viñedos, olivicultura, fruticultura, chacras demandan ingente mano de obra a diferencia de los cultivos de la pampa húmeda.
Señores legisladores, el aumento de la energía eléctrica es un disparo de muerte para las economías regionales de las zonas áridas. Por ello se hace necesario atender el problema y mitigar las consecuencias del aumento desproporcionado de la energía eléctrica.
Por los fundamentos expuestos solicito a los Señores Legisladores acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ABRAHAM, ALEJANDRO | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIOJA, JOSE LUIS | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTRO, SANDRA DANIELA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARMONA, GUILLERMO RAMON | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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