ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2100-D-2017
Sumario: DECLARAR ZONA DE DESASTRE Y EMERGENCIA HIDRICA, ECONOMICA, PRODUCTIVA Y SOCIAL POR 180 DIAS PRORROGABLES A DIVERSAS ZONAS PRODUCTIVAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.
Fecha: 27/04/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
ARTÍCULO 1°- Declárese zona de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social, por el termino de ciento ochenta (180) días, plazo que podrá ser prorrogado por igual lapso por parte del Poder Ejecutivo Nacional, a las zonas productivas ubicadas en los siguientes Departamentos de la Provincia de Córdoba: Marcos Juárez, Unión, General Roca, Rio Cuarto, San Justo, Presidente Roque Sáenz Peña, Juárez Celman, General San Martín y Rio Primero.
El Poder Ejecutivo nacional queda facultado para extender la emergencia a otras zonas afectadas por las inundaciones, no incluidas en el párrafo anterior.
ARTÍCULO 2-. El Poder Ejecutivo nacional constituirá, en un plazo de treinta (30) días un fondo especial, con aportes del tesoro nacional, para hacer frente a las obras de infraestructura necesarias, las acciones de asistencia de los damnificados y reconstrucción de las economías afectadas, los que serán distribuidos, de acuerdo a los objetivos y prioridades que se fijen en coordinación con las Provincias y los Municipios afectados.
ARTÍCULO 3°- El Poder Ejecutivo nacional destinará fondos adicionales a la cobertura de planes sociales, en la zonas afectadas y mientras dure la emergencia; como así también adoptará las medidas necesarias para preservar y restablecer las relaciones de trabajo y empleo.
ARTÍCULO 4°- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional para que adopte medidas de asistencia técnica y financiera destinadas a la recomposición de la capacidad productiva.
ARTICULO 5°- El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Administración Nacional de la Seguridad Social instrumentará regímenes especiales de pago que abarquen a los contribuyentes afectados y alcanzados por la presente ley, pudiendo contemplar a tal fin prórrogas de vencimiento, suspensión de juicios, ejecución fiscal y exención de los impuestos sobre los bienes personales y ganancia mínima presunta.
ARTICULO 6°- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a reasignar las partidas presupuestarias que permitan la instrumentación de la presente ley.
ARTICULO 7° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Uno de los graves problemas que azota a varias provincias del país, se vincula a las inundaciones que desde hace varios años vienen afectando a las zonas productivas de la Región Centro.
En este sentido, muchos pueblos extremo sur y este cordobés, llevan meses de complicaciones por el agua en sus de sus campos y en las zonas urbanas, lo que ha ocasionado graves consecuencias a nivel de infraestructura con colapso de cloacas, derribos de pozos negros, gran cantidad de caminos destruidos y hectáreas anegadas.
Todo el cuadrante sud y este de la Provincia de Córdoba se encuentra en estado de saturación debido a la magnitud de los excesos hídricos, en gran parte acumulados por las grandes lluvias sufridas a lo largo del año pasado.
Las pérdidas en el sector agrícola ganadero son enormes, se estima que a principios de este mes, las pérdidas a causa de la lluvia y el granizo ascienden a 313.800 hectáreas de la campaña gruesa lo que significa cerca de 1,5 millones de toneladas de granos no se han cosechado producto del accionar del clima.
Por las mismas causas, han cerrado tambos por la imposibilidad de transportar los productos lácteos y se ha perdido gran parte del stock ganadero, que en la Provincia ha caído un 68% desde el año 2004. Los montos estimados de la pérdida de recursos en la cuenca lechera cordobesa, se estima en más de 400 millones de pesos.
El problema es complejo y multidimensional: el cambio climático, el desmonte y la erosión de los suelos, la modificación de correntias naturales por rutas y canales mal trazados, la falta de políticas que estimulen la rotación de los cultivos, el aumento sostenido de las napas en los últimos años y la falta de previsión para contener el fenómeno, entre otros factores.
Es por esto que resulta sumamente necesario que desde el Gobierno Nacional se activen mecanismos para poder disminuir el peso que carga sobre uno de los sectores más pujantes de nuestro país, desarrollando medidas de reconstrucción y recuperación del capital social y productivo, impulsando beneficios fiscales y disminuyendo la presión tributaria y la exigibilidad de otro tipo de obligaciones fiscales.
Por las razones previamente expuestas, solicitamos a este honorable cuerpo la aprobación del siguiente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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AUSTIN, BRENDA LIS | CORDOBA | UCR |
MESTRE, DIEGO MATIAS | CORDOBA | UCR |
CARRIZO, SOLEDAD | CORDOBA | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
RISTA, OLGA MARIA | CORDOBA | UCR |
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