ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 141
Jefe PROF. IZZO MARIANA
Jueves 10.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2140 Internos 2140/61/46
ceydregional@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 1478-D-2016
Sumario: EMERGENCIA HIDRICA, VIAL, SANITARIA Y SOCIAL; SE DECLARA A TODAS LAS LOCALIDADES DEL LITORAL ARGENTINO AFECTADAS POR INUNDACIONES, POR EL PLAZO DE 180 DIAS PRORROGABLES.
Fecha: 08/04/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 27
Artículo 1°: Declárase la
Emergencia Hídrica, Vial, Sanitaria y Social por el plazo de ciento ochenta (180)
días, prorrogables por el Poder Ejecutivo, en todas las localidades de la región del
Litoral argentino que se encuentran afectadas por las inundaciones como
consecuencia de las crecidas de sus ríos y afluentes.
Artículo 2°: El Poder
Ejecutivo Nacional destinará una partida especial para afrontar las acciones de
asistencia a los damnificados y reconstrucción de las economías e infraestructura
afectadas, en el marco de la emergencia dispuesta por la presente ley.
Artículo 3°: El Poder
Ejecutivo Nacional, en coordinación con los gobiernos provinciales y las
autoridades de los municipios y comunas afectadas, instrumentará los mecanismos
necesarios para fijar los objetivos, prioridades, y metodología de distribución de los
recursos asignados.
Artículo 4°: Facultase al
Poder Ejecutivo Nacional a instrumentar de manera urgente, a través de la
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el incremento del CIEN
PORCIENTO (100%) en los montos de los beneficios sociales a los damnificados
por las inundaciones en el litoral argentino, esto es, para los beneficiarios de
Asignación Universal por Hijo y Embarazo, jubilados y pensionados, Asignaciones
Familiares, Prestaciones por Desempleo y Progresar conforme a las pautas
reglamentarias que dicte la ANSES.
Artículo 5°: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Se presenta el siguiente Proyecto de
Ley con la finalidad de declarar la Emergencia Hídrica, Vial, Sanitaria y Social en
todas las localidades del litoral argentino que se encuentran afectadas por las
inundaciones como consecuencia de las crecidas de sus ríos y afluentes. Esta
declaración de emergencia posee un plazo de vigencia de 180 días prorrogables
por el Poder Ejecutivo Nacional.
La declaración de emergencia por
medio del presente proyecto de ley tiene como objetivos: i) facultar al Poder
Ejecutivo Nacional para destinar una partida especial para afrontar las acciones de
asistencia a los damnificados y reconstrucción de las economías e infraestructura
afectadas; ii) instrumentar los mecanismos necesarios para fijar, coordinadamente
con los gobiernos provinciales y municipales afectados, los objetivos, prioridades, y
metodología de distribución de los recursos a destinar, iii) facultar al Poder
Ejecutivo Nacional para instrumentar, de manera urgente, el incremento del CIEN
PORCIENTO (100%) en los montos de los beneficios sociales a los damnificados
que sean: a) titulares del cobro de Asignación Universal por Hijo y Embarazo, b)
jubilados y pensionados, c) titulares del cobro de Asignaciones Familiares, d)
titulares de Prestaciones por Desempleo; y e) beneficiarios del Programa
PROGRESAR.
Es de público conocimiento que como
consecuencia de la fuerte crecida de los ríos y afluentes del litoral de nuestro país
y las lluvias producidas en los últimos días se produjeron el anegamiento de vastas
zonas, la destrucción de viviendas, infraestructura urbana y vial, e incluso el
aislamiento temporario de varias localidades, con un saldo de miles de personas
evacuadas.
La región del Litoral argentino se
encuentra comprendida por las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones,
Formosa, Chaco y Santa Fe, las cuales son colindantes con los ríos Uruguay,
Paraná, Paraguay y afluentes. Todos estos ríos presentan una extraordinaria
crecida de su caudal en esta temporada que, en conjunto con la lluvia y otros
factores climáticos, han provocado inundaciones críticas en muchas localidades de
esta región del país.
A las amplias áreas anegadas tanto
en zonas rurales como urbanas se le sumaron además inconvenientes en la
provisión de energía eléctrica y otros servicios esenciales, y en las rutas y vías de
circulación entre diversos puntos de las provincias. A todo ello, se le suman los
serios riesgos sanitarios inherentes a este tipo de fenómenos.
Por todo esto creemos que es
fundamental que el Estado nacional no abandone su rol activo y protagónico frente
a situaciones como esta, ofreciendo asistencia y amparo a los más necesitados por
esta dramática situación. Es por eso que el proyecto presentado faculta al
Presidente de la Nación a instrumentar, de manera urgente, un mecanismo de
reforzamiento de las prestaciones previsionales para los vecinos afectados a fin de
recuperar las áreas perjudicadas por las fuertes precipitaciones e inundaciones
resultantes, así como disponer de subsidios y ayudas directas para los
damnificados tanto en zonas urbanas como rurales.
El reforzamiento de las prestaciones
previsionales por orden del gobierno nacional a damnificados por inundaciones es
un mecanismo que ya ha sido instrumentado exitosamente en situaciones críticas
pasadas demostrando que hoy también es posible su implementación con voluntad
política.
La situación es indudablemente muy
grave, por lo que entendemos, requiere de la intervención urgente del Congreso
Nacional y del Poder Ejecutivo Nacional.
Por las razones expuestas, solicitamos
la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CLERI, MARCOS | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARRIZO, NILDA MABEL | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
HUSS, JUAN MANUEL | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RUIZ ARAGON, JOSE ARNALDO | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DE PONTI, LUCILA MARIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RAMOS, ALEJANDRO | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FRANA, SILVINA PATRICIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
19/04/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen con disidencias |
02/06/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones en su competencia con dictamen de Mayoria y Minoria |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO RAMOS (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA FRANA SILVINA (A SUS ANTECEDENTES) |