ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1175-D-2007
Sumario: CREACION DEL FONDO NACIONAL DE APOYO A LAS ECONOMIAS REGIONALES EN LA JURISDICCION DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA,
Fecha: 30/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
ARTÍCULO 1°: Créase el Fondo
Nacional de apoyo a las Economías Regionales en la jurisdicción de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía de la Nación,
que será la autoridad de aplicación de la presente ley.
ARTÍCULO 2°: El Fondo Nacional de
apoyo a las Economías Regionales contará con un Consejo de Administración
formado por un representante de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos de la Nación, un representante de los productores de las economías
regionales por cada región geográfica con economías regionales y un
representante de los gobiernos provinciales por cada región con economías
regionales del país. El Consejo funcionará con al menos la mitad mas uno de sus
miembros presentes.
ARTÍCULO 3°: Es responsabilidad del
Consejo de Administración la elaboración del Plan Operativo Anual del Fondo,
donde deberán definirse los recursos, los gastos, las políticas, los objetivos y las
estrategias para el período inmediato posterior.
ARTÍCULO 4°: A los fines de la
aplicación de la presente ley se definen las siguientes regiones:
I. Región Metropolitana:
integrada por la Ciudad de Buenos Aires y Municipios del Gran Buenos Aires.
II. Región Pampeana, integrada
por el resto de la Provincia de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa y
Santa Fe.
III. Región de Cuyo, integrada
por las provincias de Mendoza, San Juan y San Luis.
IV. Región Nordeste, integrada
por las provincias de Corrientes, Chaco, Formosa y Misiones.
V. Región Noroeste, integrada
por las provincias de Salta, Santiago del Estero, Tucumán, Jujuy, Catamarca y La
Rioja.
VI. Región Patagónica, integrada
por las provincias de Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del
Fuego.
ARTÍCULO 5°: El objetivo principal del
fondo es el fortalecimiento competitivo y la mejora en la productividad de las
economías regionales de nuestro país a partir de las siguientes acciones:
a) Brindar apoyo directo a los
integrantes de las cadenas productivas regionales.
b) Generar intervención activa
del estado para la puesta en marcha de programas asociativos de los productores
más débiles.
c) Desarrollar prácticas que
aseguren la transparencia de los precios de mercado de los productos
comercializados por las economías regionales.
d) Controlar la existencia y/o
aparición de monopsonios y oligopsonios.
e) Generar líneas de crédito
para inversiones y capital de trabajo.
f) Generar programas de
capacitación.
g) Fortalecer la capacidad de
gestión de los pequeños productores.
ARTÍCULO 6°: Para concretar los
objetivos planteados, la autoridad de aplicación podrá:
a) Otorgar subsidios
directos.
b) Subsidiar tasas de
interés.
c) Financiar la realización de
estudios a nivel regional.
d) Financiar actividades de
capacitación.
e) Financiar asesoramiento legal
y técnico para los productores.
f) Financiar operativos de
control.
g) Llevar a cabo campañas de
difusión de los alcances del régimen.
h) Financiar inversiones en
publicidad a fin de transparentar el mercado.
i) Crear y/o participar de
organizaciones tendientes a lograr cohesión en los productores.
j) Otras actividades que
considere necesarias para la concreción de los objetivos planteados.
ARTÍCULO 7°: El fondo Nacional de
apoyo a las Economías Regionales se financiará con:
a) El 10% del producido por los
derechos de importación de los productos que ingresen al país.
b) Los recursos provenientes de
aportes, donaciones y legados que efectúen las personas físicas o jurídicas,
privadas o públicas, nacionales, provinciales o municipales a favor del Fondo.
ARTÍCULO 8°: La distribución de los
fondos para el cumplimiento de los objetivos se hará conforme a las necesidades
de cada economía regional, garantizando un criterio federal de distribución de los
recursos y asegurando que todas las regiones del país donde existan economías
regionales se vean favorecidas por las políticas definidas por el Consejo de
Administración.
ARTÍCULO 9°: De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las economías regionales de nuestro
país generan uno de los principales aportes al crecimiento de nuestro país,
aportando gran cantidad de puestos de trabajo y convirtiéndose en el sustento
más importante de muchas de nuestras economías provinciales.
Dada la fuerte presencia de pequeñas
unidades productivas, muchas de carácter familiar, es que estas economías
regionales sufren problemas tales como carecer de capacidad negociadora en el
mercado, trabas para el acceso al crédito bancario en imposibilidad de reconvertir
su actividad en términos de los criterios de competitividad hoy prevalecientes.
A esto se suma que existen unidades
productivas de gran tamaño que concentran el proceso agroindustrial como por
ejemplo en la yerba mate, el tabaco, el algodón, el azúcar, la vitivinicultura y la
fruta.
La producción agrícola se encuentra
dominada en términos de unidades productivas en una elevada proporción por los
pequeños establecimientos, y tiene como contraste la mayor parte de su volumen
productivo controlado por medianos y grandes establecimientos, en muchos casos
vinculados al proceso agroindustrial. La brecha entre la capacidad para generar
excedente económico, implantar nueva tecnología de gestión y producción y
acceso a canales de comercialización y financiamiento favorables se ha ido
ensanchando con el tiempo entre los actores sociales más pequeños y los de
mayor tamaño.
La apertura externa, la inexistencia de
crédito bancario a bajo costo, la imposibilidad de obtener precios rentables por la
presencia de agentes comercializadores de gran poder y la caída de los precios
internacionales, acentuada por la sobrevaluación del tipo de cambio de los 90´,
acentuó la debilidad estructural de la pequeña producción.
Ante esta realidad que se fuera
generando en torno de nuestras economías regionales es necesario la intervención
del Estado, con participación de los actores interesados, para asistir a este pilar
importantísimo de la cadena productiva nacional.
Es por ello que se propone la creación
de un Fondo de Apoyo a las Economías Regionales que permita instrumentar
políticas tendientes a:
- Apoyar la puesta en marcha de
programas asociativos de los productores más débiles de las cadenas productivas.
El apoyo estatal para promover la asociación de estas pequeñas unidades
productivas permitirá generar un efecto sinérgico que potenciará las posibilidades
de los productores a la hora de fijar precios, comprar insumos, e incluso para
aplicar nuevos métodos y tecnología de trabajo.
- Que el estado nacional publique
precios de referencia de los productos de economías regionales y controle la
aparición de monopsonios y oligopsonios. En la mayoría de los casos, como en el
tabaco, el algodón, los cítricos, el poroto, el pimentón, existen grandes
establecimientos o acopiadores que compran la totalidad de la producción,
ejerciendo un gran poder en la fijación de los precios de compra de los productos.
Es necesario que el estado intervenga en pos de controlar que ese poder no se
transforme en falta de rentabilidad para los pequeños productores.
- Brindar apoyo para el acceso a
líneas de crédito para inversiones y capital de trabajo. Muchas veces las
características y el volumen de los emprendimientos regionales hacen que las
entidades financieras no se interesen en este tipo de clientes, mostrando una
marcada preferencia por el financiamiento de actividades industriales de mayor
escala. Pero existe la posibilidad de intervenir a través de la utilización de la banca
pública, con subsidios de tasas y amplia flexibilidad para el ingreso de pequeños
productores, garantizando el repago con el fruto de su trabajo. Por su parte, el
accionar cooperativo de estos productores, con el respaldo estatal y privado a
través de fondos de garantías son herramientas indispensables para acompañar el
desarrollo del sector en relación a los grandes intermediarios y grupos económicos
procesadores de materias primas y exportadores.
- Ofrecer programas de capacitación
y fortalecimiento de la capacidad de gestión de los pequeños productores. Esta
iniciativa permitirá dotarlos de respaldo profesional y técnico para regularizar la
situación de su empresa en materia legal, impositiva, laboral y de inserción en los
sistemas previsionales y de medicina social. Existen muchos productores que
incluso no poseen los títulos de propiedad de sus predios, y este programa
permitirá reinsertarlos en una situación que los habilite a desenvolverse como
actores sociales y económicos, evitando la precariedad y la falta de derechos que
implica la comercialización paralela o fuera de la ley.
El financiamiento del citado fondo se
plantea a través del 10% de los derechos de importación y los recursos
provenientes de aportes, donaciones y legados que efectúen las personas físicas o
jurídicas, privadas o públicas, nacionales, provinciales o municipales a favor del
Fondo. Aproximadamente el 35% de los derechos de importación recaudados son
de productos que compiten directa o indirectamente con los producidos por las
economías regionales de nuestro país, y es por ello que se eligió esta fuente de
financiamiento. Asimismo se plantea un porcentaje sobre el total a fin de evitar
problemas operativos en la asignación de los fondos. Si tomamos como referencia
la recaudación para el periodo 2004, estaríamos contando con unos 300 millones
de pesos para el funcionamiento del fondo.
Por su parte, se plantea la
constitución de un Consejo de Administración del Fondo integrado por
representantes del gobierno nacional, los gobiernos provinciales y los productores,
a fin de delinear las políticas del mismo con participación de los actores
interesados. A fin de hacer operativo el funcionamiento del fondo, se optó por
determinar que los representantes de los productores y de los gobiernos
provinciales sean elegidos por región, dejando a la reglamentación la posibilidad
de establecer la metodología de elección y reemplazo de estos
representantes.
A los fines de la aplicación de esta ley
se definen seis regiones sobre la base de los criterios utilizados por el Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), y priorizando la claridad de los límites
expresados para cada una de ellas.
Es necesario dar apoyo a este sector
del tejido productivo, y es por lo expuesto que solicito a mis pares el apoyo de esta
iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ZOTTOS, ANDRES | SALTA | RENOVADOR |
SOSA, CARLOS ALBERTO | SALTA | RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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