ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0942-D-2019
Sumario: FONDO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL PARA LA ZONA DEL NUEVO CUYO. CREACION.
Fecha: 21/03/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
Artículo I – Se crea el Fondo Para el Desarrollo Económico y Social a la zona del Nuevo cuyo. Donde los recursos serán destinados a programas de desarrollo social, de reactivación económica, de promoción de empleo, salud, y de educación.
Art 2° - En los presupuestos se creará una partida para atender al fondo establecido por el artículo 1º de la presente ley.
Art 3° - El fondo se distribuirá en programas que desarrollen las provincias de Cuyo, respetando las proporciones asignadas a las mismas por el régimen de coparticipación federal vigente.
Art 4° - Se crea en el ámbito del Ministerio de Economía de la Nación la cuenta respectiva, correspondiente a los fondos para el Desarrollo Económico y Social del Nuevo Cuyo.
Art 5° - El Banco de la Nación Argentina transferirá a la cuenta especial, solicitada en el artículo 4º, el monto establecido por el Ministerio de Economía de la Nación. la presente ley al inicio de la ejecución de los presupuestos respectivos, y el ente enviará a las respectivas provincias los fondos para la ejecución de Proyectos Productivos respectivamente aprobados que demandare las Provincias del Nuevo cuyo.
Art 6° - El control financiero y de gestión estará a cargo de la Auditoría General de la Nación.
Art 7° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como una Mujer del interior, y de Cuyo me veo en la obligación moral, ética y profesional de legislar a favor de mis comprovincianos.
El Nuevo Cuyo fue tierra de colonizadores, de esfuerzo y de trabajo, de enormes sacrificios, de lealtades profundas. Su historia se amalgama con la historia misma de la Nación Argentina, y la sangre de sus ancestros, sean indígenas o españoles, se incorporó a la tierra misma, en una suerte de altar donde se forjara la estirpe de nuestra raza.
La provincia de Buenos Aires desde la década del 90 recibe recursos de un Fondo de Reparación Histórica del Conurbano para combatir pobreza y marginalidad, mientras que en Cuyo sólo se reciben fondos coparticipables, aunque es cierto que existen regímenes de promoción industrial, en la provincia de San Luis, y San Juan esto no alcanza.
Los parámetros evidencian las diferencias de crecimiento entre las diversas regiones del país; en tal sentido, es obligación primigenia para los cuerpos legislativos atender estos desniveles, promoviendo políticas que posibiliten la integración humana y territorial en una Nación unificada bajo condiciones de vida semejantes.
El presente proyecto reconoce antecedentes en el expediente 0709-D-2015 y 2303-D-2017.
Por todo lo expuesto ut supra, y por su importancia, es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley para su aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CASELLES, GRACIELA MARIA | SAN JUAN | PARTIDO BLOQUISTA DE SAN JUAN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |