ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0418-D-2014
Sumario: PROGRAMA "MULTIPROPOSITO VALLE DESEADO" EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS DE LA NACION.
Fecha: 10/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
MULTIPROPOSITO VALLE
DESEADO
ARTIULO 1: Crease el Programa
"MULTIPROPÓSITO VALLE DESEADO", en la órbita del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, tendiente a la reconversión
productiva y abastecimiento de agua potable de la región comprendida a lo
largo del curso del Río Deseado en el norte de la Provincia de Santa Cruz,
desde su nacimiento en el Lago Buenos Aires hasta su desembocadura en el
Océano Atlántico, comprendiendo a las localidades santacruceñas de Los
Antiguos, Perito Moreno, Las Heras, Koluel Kaike, Pico Truncado, Cañadón
Seco, Caleta Olivia, Fitz Roy, Jaramillo, Tellier y Puerto Deseado.
ARTÍCULO 2.- Autorícese al Poder
Ejecutivo Nacional a reasignar las partidas presupuestarias necesarias e para
llevar a cabo la presente iniciativa e incluir una partida especial en los
presupuestos futuros con el mismo fin.
ARTÍCULO 3.- A los efectos de la
cumplimentación de la presente Ley el Poder Ejecutivo Nacional establecerá las
siguientes actuaciones:
a) A la Subsecretaría de Recursos
Hídricos. Para la ejecución de las siguientes tareas, de conformidad a las pautas
que como ANEXO I se acompaña formando parte de la presente.
1. Evaluación de los recursos
hídricos de la cuenca del Río Deseado en toda su extensión y alternativas para
la utilización del recurso para las localidades enunciadas, teniendo en cuenta el
consumo poblacional, la irrigación agropecuaria y el uso industrial.
2. Construcción de un acueducto
multipropósito a emplazarse a los largo del curso del Río Deseado en el norte
de la provincia de Santa Cruz, desde su nacimiento en el Lago buenos Aires
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico.
3. Para que incorpore al Grupo de
Trabajo para la ejecución del PROTOCOLO ESPECIFICO ADICIONAL SOBRE
RECURSOS HIDRICOS COMPARTIDOS ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA
REPUBLICA ARGENTINA el estudio integral de la Cuenca Hídrica Lago General
Carreras - Lago Buenos Aires.
b) A la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca. Para la elaboración e implementación del "Programa
"Patagonia Agrícola", de conformidad a las pautas que como ANEXO II se
acompañan formando parte de la presente.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto toma los
lineamientos del presentado en el año 2011 (proyecto de ley 1392-D-2011) y
en el año 2013 (proyecto de Ley 4610-D-2013), que establecían la declaración
de Interés Nacional del estudio de prefactibilidad del proyecto denominado
MULTIPROPÓSITO VALLE DESEADO, tendiente a la reconversión productiva y
abastecimiento de agua potable de la zona norte santacruceña. Ese proyecto
fue basado en el presentado por el ex Senador Carlos Padres en el año 2004,
con el n° de proyecto 157-S-2004, y al igual que en ese momento, la iniciativa
no fue tratada como con la importancia merecida.
En el año 2011, en base a noticias
periodísticas se tomó conocimiento que el Poder Ejecutivo Provincial de Santa
Cruz, con fondos de la Nación, estaba impulsando el proyecto captación de
agua del Lago Buenos Aires y la realización del acueducto para la zona norte de
la provincia de santa cruz, planteando que en 90 días estría listo este proyecto
para ponerlo en marcha. Lamentablemente, dos años después de esas noticias,
todavía no se han visto adelantos sobre esta gran problemática que afecta a la
zona norte de mi provincia.
Actualmente hay nuevas notas
periodísticas donde el Vicegobernador de la provincia de Santa Cruz señala que
hoy si se podía implementar este proyecto, ya que hoy se cuenta con la energía
suficiente para traer el agua desde lago, y recalca que este proyecto es viable y
sostenible. Más allá de estos dichos, aún no se ven medidas concretas por parte
del Gobierno para implementar este proyecto de vital importancia.
Es aceptado que la privatización de
YPF y del Gas del Estado le provocó, al menos, dos consecuencias negativas al
Estado Nacional: perdió una herramienta fundamental para ejecutar la política
energética y enajenó el instrumento que le permitía apropiarse de la renta
petrolera.
Sin embargo es menos conocida
otra consecuencia negativa y es aquella se produjo en el área petrolera de la
Provincia de Santa Cruz. Las localidades afectadas fueron las ubicadas en el
norte de Santa Cruz: Caleta Olivia, Cañadón Seco, Pico Trucado, Koluel Kaike y
Las Heras.
Con la privatización se registró una
fuerte reducción de la cantidad de ocupados en las actividades petroleras,
desapareció el sistema de atención sanitaria y social que estas empresas
prestaban a sus empleados y al grupo familiar, y dejaron de realizarse las
inversiones en infraestructura urbana que YPF y Gas del Estado ejecutaba en
dichas localidades.
De hecho se produjo una
transferencia de prestaciones sociales y de inversiones urbanas desde la Nación
a la Provincia. A lo que se debe agregar el problema social de la desocupación.
La ausencia del Estado Nacional
debió ser cubierta por la Provincia de Santa Cruz. Y este reemplazo significó un
incremento de las erogaciones del gobierno provincial.
Este caso particular de
transferencia, de erogaciones del Estado Nacional a través de las dos empresas
públicas, se encuentra comprendido, tanto en la letra como en el espíritu, por lo
establecido por el art. 75 inciso 2 de la Constitución Nacional y esto es lo que
justifica la creación de este Fondo de Compensación.
Sin embargo hay algo más. A
partir del año 2003 se establece un precio político para los combustibles con la
finalidad de evitar un incremento de los precios domésticos. Pero el problema
es que a Santa Cruz se le pagan las regalías por el precio político y no por el
internacional. A consecuencia de ello la Provincia termina con una disminución
de ingresos y siendo el sujeto real del subsidio al consumo que se produce
fuera de su territorio.
Uno de los requisitos
fundamentales para alcanzar un desarrollo sostenible es la amplia participación
de la opinión pública en la adopción de decisiones. Se trata de la necesidad de
que las personas, los grupos y las organizaciones participen en los
procedimientos de evaluación de impacto ambiental, conozcan el mecanismo de
adopción de decisiones y participen en él, sobre todo cuando exista la
posibilidad de las mismas afecten a las comunidades donde viven y
trabajan.
El Multipropósito Valle Deseado
está dotado de este consenso. Todos los habitantes de las comunidades de la
zona norte de la provincia de Santa Cruz, en mayor o en menor medida, ya son
conocedores de este proyecto, al que adhieren y acompañan. Es por ello que
este acueducto adquiere cada día más asentimiento.
El derecho humano al agua
potable marca un hito en la historia de los Derechos Humanos. Por primera vez
el agua es reconocida de forma explícita como un derecho humano
fundamental. Los 145 países que ratificaron en noviembre del 2002 el CESCR
International Pacto sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, están
obligados a asegurar progresivamente que todos tengan acceso al agua potable
segura, de forma equitativa y sin discriminación.
El artículo 41 de la Constitución
nacional afirma que "todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente
sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades
productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las
generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental
generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la
ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización
racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y
cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación
ambientales".
No hay dudas de que el agua es
un bien común de la humanidad y que sin ella no hay vida en ninguna parte del
planeta, por lo que es deber de todos los habitantes cuidarla y protegerla. El
acceso al agua es un derecho humano básico que en muchas partes del mundo
no es cumplido, por lo tanto hacer que se cumpla es una obligación de todos y
pelear para que todos puedan acceder al libre acceso del agua potable es un
derecho que debería ser cumplido por nuestros gobernantes, que por ahora
hacen oídos sordos a los pedidos de la sociedad sobre el tema.
En función de lo expuesto es que
solicito a mis pares acompañen la sanción del presente Proyecto de Ley.-
ANEXO I
Pautas para la construcción de un
acueducto multipropósito a emplazarse a lo largo del curso del Río Deseado en
el norte de la Provincia de Santa Cruz, desde su nacimiento en el Lago Buenos
Aires hasta su desembocadura en el Océano Atlántico, comprendiendo a las
localidades santacruceñas de Los Antiguos, Perito Moreno, Las Heras, Koluel
Kaike, Pico Truncado, Cañadón Seco, Caleta Olivia, Fitz Roy, Jaramillo, Tellier y
Puerto Deseado.
Se tomarán como base de la tarea
las conclusiones y compromisos contraídos en el "X Encuentro Comité de
Fronteras Región de los Lagos" realizado el año 1996 en Puerto Madryn, en el
que los representantes de Argentina y Chile enmarcan los siguientes
objetivos:
¨ Intercambiar experiencias entre
las organizaciones que actúan en la administración, desarrollo y promoción de
cuencas Hidrográficas, en especial las que guardan relación con aspectos
político- institucionales.
¨ Establecer criterios y parámetros
para priorizar las cuencas Patagónicas, en las que se abordarán estudios
básicos para la elaboración de proyectos.
¨ Estudiar y proponer medidas de
manejo y desarrollo conjunto en las cuencas Patagónicas con recursos hídricos
compartidos.
¨ Identificar cuencas de interés
prioritario.
¨ Constituir una comisión regional
conjunta que elabore a lo menos un proyecto y gestione su
financiamiento.
A tales propósitos se han de
respetar los Principios y normas internacionales que a continuación se
describen:
En el ámbito internacional, se han
aprobado principios y normas tendientes a la preservación del agua como
elemento fundamental para el sustento de los pueblos y a establecer ciertos
compromisos de para los Estados en orden a proteger dicho recurso en sus
respectivos territorios. Estas normas y principios han sido recogidos en
instrumentos multilaterales de diverso valor jurídico y que en definitiva están
orientados a la utilización racional y equitativa de los recursos hídricos, en
especial, respecto de aquellos que son compartidos entre dos o más países. En
ellos se busca principalmente el compromiso de los países de dar un uso
responsable del agua, bajo principios de cooperación, uso equitativo y
protección de los recursos y de no causar daño a la cuenca de donde éstos
provienen. Entre estos instrumentos, se cuentan el Acta de Montevideo, sobre
Uso Industrial y Agrícola de los Ríos Internacionales, adoptada en 1933, en la
VII Conferencia Internacional Americana; las Normas de Helsinki, aprobadas en
la 52 Conferencia de la Asociación de Derecho Internacional en 1966 (de valor
doctrinario); la Convención sobre el Derecho de los Usos de los Cursos de Agua
Internacionales para Fines Distintos de la Navegación; la Convención sobre
Conservación de Zonas Húmedas de Importancia Internacional especialmente
como Hábitat de Aves Acuáticas, suscrita en Ramsar, Irán, en 1971 y,
especialmente, el Tratado de Medio Ambiente entre Chile y Argentina que fuera
firmado en Buenos Aires el 2 de agosto de 1991.
Este último Tratado ha de resultar
el andamiaje jurídico en donde han de transitar las acciones conducentes a los
objetivos de esta ley. En él ambos países -Argentina y Chile- preocupados por el
severo y persistente deterioro del medio ambiente en el mundo, reconocen la
necesidad de armonizar la utilización de los recursos naturales que comparten,
con la protección del medio ambiente, como una tarea indispensable para
contribuir al desarrollo sustentable y el bienestar de sus pueblos y mantener, al
mismo tiempo, la calidad de vida.
Para ello ha de considerarse
puntillosamente el objetivo general del tratado que no es otro que el de
emprender acciones coordinadas o conjuntas en materia de protección,
preservación, conservación y saneamiento del medio ambiente y el impulso a la
utilización racional y equilibrada de los recursos naturales, teniendo en cuenta
el vínculo existente entre medio ambiente y desarrollo.
A través de la firma de este
Tratado, Argentina y Chile coinciden en que las políticas ambientales deben
estar al servicio del hombre. En el marco de esas políticas debe prestarse
particular atención a las poblaciones autóctonas.
Argentina y Chile deberán llevar a
cabo acciones coordinadas o conjuntas principalmente, entre otros, en los
siguientes sectores:
¨ Protección de la atmósfera:
cambios climáticos, deterioro de la capa de ozono y contaminación atmosférica
transfronteriza.
¨ Protección del recurso suelo:
degradación de los suelos, desertificación y sequía.
¨ Protección y aprovechamiento
del recurso agua.
¨ Protección de la diversidad
biológica
¨ Prevención de las catástrofes
naturales y ecológicas.
Tratamiento del tema de los
Recursos Hídricos Compartidos con la República de Chile.
La gran extensión de la frontera
argentino-chilena coloca a ambos países en la situación de compartir recursos
hídricos. Tomando como base los principales instrumentos internacionales y
recogiendo gran parte de los principios y recomendaciones que en ellos se
expresan, Argentina y Chile han suscrito acuerdos bilaterales en los que
establecen compromisos para el uso equitativo y razonable de los recursos
hídricos compartidos.
Acta de Santiago, 1970: Este
documento recoge los principios fundamentales de los acuerdos multilaterales
antes mencionados, en cuanto al uso equitativo y razonable que debe hacer
cada parte de los recursos hídricos compartidos en función sus necesidades, el
compromiso de no contaminar las aguas y de proporcionarse recíprocamente
información sobre los proyectos y obras de aprovechamiento de estos
recursos.
Tratado de Paz y Amistad, de
1984: En este instrumento Chile y Argentina asumieron el compromiso de
favorecer el desarrollo de proyectos conjuntos para el uso de los recursos
naturales.
Tratado sobre Medio Ambiente,
1991: Como lo señaláramos en este acuerdo, Argentina y Chile convienen en la
conservación y el uso equilibrado de los recursos naturales, establecen el
principio de la responsabilidad ambiental compartida, la concertación
internacional y la protección del recurso agua, y fijan normas para la
prevención de catástrofes ecológicas.
Protocolo Específico sobre
Recursos Hídricos Compartidos, Adicional al Tratado de Medio Ambiente, 1991:
En el marco bilateral del Tratado sobre Medio Ambiente Chile y Argentina
manifiestan su adhesión al concepto de manejo integral de las cuencas,
formulan el propósito de regir el uso de los recursos hídricos compartidos
mediante la elaboración de Planes Generales de Utilización para cada cuenca y
reconocen los usos de los países sobre tales recursos al momento de celebrarse
el Tratado.
Asimismo, el Protocolo Adicional
Específico sobre Recursos Hídricos Compartidos, prevé la creación de un Grupo
de Trabajo que se encargaría principalmente de la elaboración de los Planes
Generales de Utilización de los Recursos Hídricos Compartidos.
Grupo de Trabajo Argentino
Chileno sobre Recursos Hídricos Compartidos: Creada en el Marco del Adicional
Específico sobre Recursos Hídricos Compartidos al Tratado de Medio Ambiente y
en el ámbito de la Comisión Binacional de Cooperación Económica e Integración
Física y de la Subcomisión de Medio Ambiente, este Grupo de Trabajo tuvo su
primera Reunión en 1996. Lo integran, por parte de Chile, el Ministerio de
Relaciones Exteriores de Chile -Dirección Nacional de Fronteras y Límites del
Estado, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes -Dirección General de
Aguas y por la Comisión Nacional de Medio Ambiente. Por parte de Argentina,
lo integran el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y
Culto y la Subsecretaría de Recursos Hídricos.
Entre sus principales objetivos,
está el establecimiento de Planes generales de Utilización de los Recursos
Hídricos Compartidos, la elaboración común de Planes de Contingencia para
enfrentar catástrofes o accidentes que afecten a las cuencas compartidas y la
creación de un procedimiento de información recíproca sobre las obras actuales
de aprovechamiento de recursos hídricos compartidos y de los que se
constituyan en el futuro, de acuerdo con las respectivas legislaciones
internas.
Grupo de Expertos: Para avanzar
en el cumplimiento de los objetivos encomendados al Grupo de Trabajo sobre
Recursos Hídricos Compartidos, se constituyó a su vez un subgrupo a cargo de
las tareas técnicas referidas a la preparación de un catastro general de las
cuencas con recursos hídricos compartidos, la elaboración de fichas temáticas
para cada cuenca y los términos de referencia para estas fichas temáticas.
ANEXO II
Pautas para la implementación del
Programa "Patagonia Agrícola" tendiente a su aplicación en la región
comprendidas por los Departamentos Deseado y Lago Buenos Aires en la
Provincia de Santa Cruz.
CREACIÓN DE PARQUES
AGRÍCOLAS
El concepto más moderno en
colonización de tierras.
Los Parques Agrícolas son
complejos agroindustriales organizados para reducir costos, reducir riesgos y
aumentar la competitividad de la agricultura. Su concepto fue desarrollado en
Israel, y es considerado el enfoque más moderno para la colonización de
tierras. Se trata de un área geográfica delimitada, que tiene chacras o parcelas
que son de propiedad privada, pero que tiene centralizadas las siguientes
funciones:
La planificación de la
producción
Los servicios de provisión de agua
y energía
Los servicios de maquinarias.
La asistencia técnica
Los servicios de cosecha
El procesamiento de post-
cosecha
La comercialización
La promoción
Esta centralización de servicios y
concentración de la oferta permite la realización de economías de escala
sumamente importantes. Un productor individual no está en condiciones de
amortizar una inversión en galpones, maquinarias, equipos, ni afrontar el
proceso comercial individualmente.
El concepto es exactamente el
inverso al que rige actualmente. Mientras que los emprendedores de hoy deben
afrontar solitariamente una larga cadena de trámites y problemas, en los
parques agrícolas se busca resolver los principales problemas que limitan el
ingreso de nuevos actores a la agricultura. El productor tiene que asumir el
compromiso de producir, pagar su crédito y el costo operativo del Parque, y
contribuir al crecimiento del mismo. Pero lo hace en un contexto de apoyo,
junto con otros productores que pasan por la misma experiencia, con apoyo
técnico y financiero, y con un nivel de riesgo productivo y comercial mucho mas
bajo que el emprendedor actual.
Los parques agrícolas serán
administrados por un Consorcio o directorio, integrado por los propios
productores. Los productores ingresarán al Parque a través de un Concurso
Abierto. Las chacras se entregan con una vivienda, agua de riego, energía, e
infraestructura de uso común. Eventualmente pueden entregarse "llave en
mano", es decir, con la plantación realizada en forma total o parcial. De todos
modos el financiamiento de la inversión para la producción y procesamiento se
realizará a través de créditos individuales y colectivos, respectivamente. Estos
se enmarcarán en el Programa "Patagonia Agrícola". Se trata de créditos
hipotecarios de largo plazo y tasa internacional.
El Estado tendrá el rol de construir
el Parque Agrícola, contribuir a la organización inicial del Consorcio, asignar las
parcelas a los nuevos chacareros, proveer capacidad técnica y entrenamiento a
los nuevos productores y verificar el cumplimiento de las pautas para el
correcto funcionamiento del Parque.
Nuestra propuesta es, en una
primera etapa, generar tres parques agrícolas a partir del Acueducto: el del Alto
Valle, Valle Medio y Valle Inferior. El cuadro siguiente presenta un ejemplo de
distribución de superficies.
SUPERFICIES IRRIGADAS
PARQUE Has. RIEGO
Alto Valle del Deseado 4.000
Valle Medio 2.500
Valle Inferior 2.500
TOTAL 9.000
Base: 1 Ha = 1/seg.
LOS PROGRAMAS DE
DESARROLLO.
Para asegurar el éxito de todos los
nuevos actores
Mientras que los Parques Agrícolas
proveen la infraestructura y los servicios en un punto geográfico, los Programas
de Desarrollo proveen los elementos para el desarrollo de sectores productivos
en toda la Patagonia.
Proponemos la implementación del
Programa "Patagonia Agrícola", que a su vez tendrá tres subprogramas: Frutas,
Hortalizas y Ornamentales. Los productores de cada Parque Agrícola
organizarán sus inversiones productivas en el marco de estos subprogramas,
que tendrán las siguientes características:
Accesibilidad. Una debilidad
marcada de toda Santa Cruz es la escasa cantidad de empresarios, y la
impronta cultural del modelo económico vigente. Se requiere diseñar programas
que permitan incorporar nuevos actores, especialmente jóvenes. Existe una
cantidad enorme de recursos humanos desocupados o poco aprovechados, que
sobreviven como empleados públicos o cuentapropistas. En buena medida la
accesibilidad dependerá de que los Parques Agrícolas sean abiertos a las
personas con mayor aptitud y necesidad, independientemente de su
disponibilidad actual de capital. La hipótesis es que si las condiciones son
relativamente claras y los riesgos son controlados, una gran cantidad de gente
va a querer pasar a la actividad productiva.
Sustentabilidad. La calidad
ambiental es un patrimonio intangible de la región. Ningún desarrollo puede
plantearse hacia el futuro sin garantizar la plena conservación de los recursos
naturales involucrados. Los programas deben garantizar el cumplimiento de
pautas de uso que sean compatibles con la sustentabilidad.
Planificación participativa. Los
programas deben planificarse adecuadamente, con la participación de las
organizaciones empresariales, el gobierno nacional y/o provincial, y los
organismos técnicos. La planificación no es un artefacto de la cultura marxista.
Es un instrumento indispensable para conquistar los mercados que se
definieron como objetivo.
Financiamiento. La disponibilidad
de capital es indispensable para el desarrollo. El sector privado local tiene
escasa capacidad de ahorro o soporta situaciones de endeudamiento. Las
opciones son: o el dinero lo aporta el Estado, o proviene de fuera de la región.
En el primer caso, se podría generar un proceso endógeno de acumulación de
capital. En el segundo, la renta y la capacidad de decisión tenderían a salir
fuera de la provincia. Obviamente, la idea principal es que exista capital
disponible para poder realizar las inversiones requeridas por el programa, a ser
devuelto en condiciones compatibles con la dinámica particular de cada
negocio. Esto no puede lograrse con las líneas generales de crédito.
Tecnología. Los programas
permiten estandarizar la tecnología de producción, garantizando el uso de
tecnología competitiva y sustentable. Permiten también la realización de
proyectos modulares que simplifican notablemente el proceso de elaboración de
proyectos. Los programas también garantizarán la existencia de un proceso de
investigación y desarrollo tecnológico que permita solucionar y mejorar los
procesos de producción y comercialización. Se deberá garantizar la capacitación
de empresarios y personal para poder alcanzar niveles adecuados de
competitividad.
Organización Comercial. El
Programa establecerá la estrategia comercial del sector, pudiendo en algunos
casos concentrar el procesamiento, post cosecha o la comercialización en pocos
centros concentradores, es donde se pueda amortizar equipamiento de
avanzada. Este procedimiento permite alcanzar escala suficiente como para
mejorar la capacidad negociadora de los productores, y como para afrontar los
costos de gerencia especializada. Esta última puede ser subvencionada por el
programa hasta el establecimiento completo de la cadena comercial. La
concentración de los productos facilita el manejo de denominaciones de origen
y procesos de certificación de calidad.
Promoción. Los programas
permiten realizar campañas de promoción que serían inaccesibles para
pequeños productores. El Estado apoyará las medidas necesarias para que los
Productos de Santa Cruz alcancen los mercados para los cuales fueron
promovidos.
Infraestructura. En los casos en
que la infraestructura juega un papel limitante, los programas pueden generar
obras de carácter estratégico para el desarrollo. Este concepto contrasta con el
amplio despliegue actual de obras de infraestructura que no representan una
ventaja para ningún producto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
TOLEDO, SUSANA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL (Primera Competencia) |
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |