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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

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Reunión del día 18/04/2017

- ELECTRODEPENDIENTES

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Reunión del día 18/04/2017

- ELECTRODEPENDIENTES

En Buenos Aires a los dieciocho días del mes de abril de 2016, a la hora 18 y 15:
SR. PRESIDENTE CIAMPINI Buenas tardes a todos los diputados y personas presentes: vamos a dar comienzo a la reunión conjunta de las comisiones de Energía y Combustibles, Presupuesto y Hacienda y Discapacidad para tratar el proyecto de ley sobre gratuidad de tarifas de servicio eléctrico para usuarios electrodependientes (expediente 4294-d-2016) que fue consensuado ampliamente en las comisiones aquí reunidas.

Para explicar el objetivo general del proyecto que estamos por tratar, le voy a ceder la palabra al diputado Castagneto.

SR. CASTAGNETO Señor presidente: en primer lugar le quiero agradecer a usted, como presidente de la Comisión de Discapacidad, al diputado Julio De Vido, como presidente de la Comisión de Energía y Combustibles y al diputado Laspina, como presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, la realización de esta reunión conjunta.

En segundo lugar quiero agradecer a todos los diputados y diputadas presentes el haber votado este proyecto por unanimidad cuando había un montón de proyectos sobre el mismo tema presentados en la Cámara.

Lo primero que hace este proyecto es definir a las personas electrodependientes. En ese sentido, dice que son electrodependientes por cuestiones de salud, aquellas personas que necesitan de un servicio de energía eléctrica constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico, prescripto por un médico matriculado, y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud.

Este proyecto de ley nos pone a todos con una sensibilidad muy grande y así lo hemos trabajado en las comisiones. Cuando uno tiene un hijo o un familiar con este tipo de problemática, vive las veinticuatro horas del día pensando en la vida de su hijo o de su familiar. Tengo dos hijos con diabetes y sé lo que se sufre cuando un hijo padece de una enfermedad. Uno da la vida por ellos.

Por eso quiero agradecer a los padres de estos chicos o adultos que nos han acompañado constantemente y en silencio durante el tratamiento de este proyecto. Pero también agradezco a los diputados que han trabajado en el proyecto, porque acá no hay un beneficio político. Se trata de la instalación de un derecho que surge de distintas problemáticas de salud y también porque en algunos casos no pueden pagar una tarifa eléctrica.

Aclaro que este proyecto de ley contempla la gratuidad del servicio y no una tarifa social, porque muchas familias no entran en la categorización de tarifa social. Por ejemplo, si tiene un auto de menos de diez años, quedan fuera de la tarifa social.

Este proyecto de ley dice que el usuario electrodependiente por problemas de salud, tendrá garantizado en su domicilio el servicio eléctrico en forma permanente con el derecho a la gratuidad de la tarifa.

Además, se los exceptúa de regímenes de ahorro e incentivo de cualquier otro gravamen, ajeno al consumo directo de energía, dispuesto por la empresa prestataria.

Asimismo, quedarán eximidos del pago de los derechos de conexión.

El proyecto de ley prevé la creación de un Registro Nacional de Electrodependientes que permita identificarlos para asistirlos, con un monitoreo permanente tanto de necesidades médicas como de insumos por parte de los hospitales y centros asistenciales y obra social.

Quiero hacer hincapié en este punto porque el traslado de una persona electrodependiente no solo es costoso sino que pone en riesgo su salud por las enfermedades interhospitalarias que pueda sufrir por el traslado.

El proyecto señala además que los medidores de los usuarios categorizados como electrodependientes, deberán ser identificados y categorizados de la misma manera que un hospital o un centro asistencial, para que la compañía eléctrica garantice la continuidad eléctrica. Además, la empresa distribuidora debe prever un grupo electrógeno sin cargo a quien esté registrado como electrodependiente. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE CIAMPINI Tiene la palabra el señor diputado Laspina.

SR. LASPINA Muchas gracias, señor presidente.

Antes de empezar a resumir algunos de los cambios que hemos trabajado en conjunto con los señores diputados Castagneto, Ciampini e integrantes de la Comisión de Energía y Combustibles, quiero felicitar a los padres que han venido peleando por este proyecto y que han encontrado recepción de su pedido en el diputado Castagneto -en primer lugar- y en otros diputados que han presentado diversos proyectos que tienen como fin sensibilizar y solidarizarse con aquellos enfermos que padecen una enfermedad, por la cual necesitan de la asistencia electromecánica para poder seguir viviendo dignamente.

A estos padres les agradezco la paciencia, porque el Congreso tiene sus tiempos y sus maneras. Nos agarró el receso de verano y no llegamos a ponerlo para tratarlo en sesiones extraordinarias. Pero acá estamos, avanzando y contentos de haber podido trabajar en el tema.

Felicito entonces a los padres, en primer lugar, por esta lucha que vienen llevando adelante desde hace algunos meses.

Quiero resumir los principales cambios que hemos consensuado con los diputados y que creo mejoran el proyecto en cuestiones de forma y también para tener más claro el panorama de lo que implica la norma. Esto, sin cambiar el fondo del proyecto, que recién explicaba el señor diputado Castagneto y que es la gratuidad de la tarifa, la posibilidad de tener un grupo electrógeno en los casos donde haya riesgo de vida por interrupción no anticipada del servicio, etcétera.

Lo primero que se hace en esta versión modificada -que si todos estamos de acuerdo, hoy se va a pasar a la firma- es crear un Registro Nacional de Electrodependientes debajo del Registro Nacional de Discapacidad que hoy ya existe.

Esto tiene dos objetivos. En primer lugar, sacarle las facultades que hoy tienen las prestadoras para determinar quién es electrodependiente y quién no.

Esto es algo que conversamos en varias oportunidades con los padres, porque hoy es una empresa, a veces privada y a veces estatal, la que define si una persona es electrodependiente por cuestiones de salud. Algo que, en algún punto, es inadmisible. Por eso hemos incorporado de común acuerdo con todos los bloques y los diputados que ya mencioné, la creación de este registro que permitirá que sea el Ministerio de Salud quien categorice.

El segundo objetivo de esta modificación es evitar cualquier tipo de fraude. Lo que queremos es sancionar una ley que beneficie a los chicos y adultos enfermos con problemas de salud y no a algún pícaro que tenga algún buen contacto con alguna empresa privada o estatal.

El otro cambio que consensuamos es invitar a adherirse a las provincias, ya que los cargos de distribución son provinciales, salvo en el caso del AMBA, Ciudad de Buenos y Aires y Gran Buenos Aires.

De modo que como legisladores nacionales podemos sancionar la gratuidad de la tarifa en materia de generación y transporte, pero no en materia de distribución cuando se tratan de empresas bajo jurisdicción y regulación de las provincias.

Por ello, la modificación que introdujimos al proyecto crea un mecanismo sencillo en la ley. Adhiriendo automáticamente a la ley nacional, las provincias pueden extender la gratuidad de la tarifa al tramo de distribución de la tarifa eléctrica, algo que generalmente está muy sobrecargado de impuestos y en algunas provincias es muy oneroso, como en mi provincia de Santa Fe.

Lo que proponemos es que, adhiriendo a la ley nacional, se garantiza la gratuidad en las provincias. De lo contrario, el proyecto era básicamente centralista, beneficiaba a los usuarios de Capital Federal y Gran Buenos Aires pero no a los usuarios de las provincias. Esto, más allá de que algunas tienen regímenes similares en materia de tarifas para personas electrodependientes.

En tercer lugar se obliga a realizar una campaña de promoción en materia de derechos a través de leyendas en las facturas de luz.

Esto también es importante dado que los electrodependientes van a tener que tramitar ante el Ministerio de Salud el certificado correspondiente, que les va a permitir obtener el beneficio. Hay que hacer una campaña de concientización respecto de los derechos que van a tener a partir de la sanción de este proyecto de ley.

Se agregan los costos de funcionamiento de los grupos electrógenos, o el equipo que se determine, que se va a entregar gratuitamente a pedido del usuario; es decir, no hay automaticidad en la entrega, sino que se hace a partir del pedido del usuario, que tiene no solamente el derecho a recibir gratuitamente el equipo, sino que tiene, además, el derecho a que los costos de funcionamiento del grupo electrógeno corran por parte de las compañías, sean públicas o privadas, de modo tal que si la persona tiene una interrupción del servicio de una semana no tenga que cargar con el costo adicional de ponerle combustible al grupo electrógeno para tener electricidad.

En quinto lugar, se crea una línea 0-800 de atención permanente para los usuarios electrodependientes, obligatoria para todas las empresas, de modo tal que tengan una línea de emergencia exclusiva para estos casos.

También hay algunos cambios de forma. Hemos trabajado un poco la forma de los artículos para separar precisamente la competencia de la Nación y las provincias ante la posibilidad de adherir, pero que no revisten ninguna implicancia de fondo.

Con estos cambios que hemos trabajado, y agradeciendo a los padres, a los diputados, al Ministerio de Salud de la Nación que ha dado una mano en esto y a la Jefatura de Gabinete de Ministros, que también estuvo involucrada en estos cambios, concluyo mi intervención.

SR. PRESIDENTE CIAMPINI Atento a que no hay objeciones a los cambios propuestos por el señor diputado Laspina, se tendrán por aprobados y se pasará a la firma del dictamen. (Aplausos.)

Muchas gracias a todos los presentes y esperemos mañana darle sanción a este proyecto de ley en el recinto.

Es la hora 18 y 27.
En Buenos Aires a los dieciocho días del mes de abril de 2016, a la hora 18 y 15:
SR. PRESIDENTE CIAMPINI Buenas tardes a todos los diputados y personas presentes: vamos a dar comienzo a la reunión conjunta de las comisiones de Energía y Combustibles, Presupuesto y Hacienda y Discapacidad para tratar el proyecto de ley sobre gratuidad de tarifas de servicio eléctrico para usuarios electrodependientes (expediente 4294-d-2016) que fue consensuado ampliamente en las comisiones aquí reunidas.

Para explicar el objetivo general del proyecto que estamos por tratar, le voy a ceder la palabra al diputado Castagneto.

SR. CASTAGNETO Señor presidente: en primer lugar le quiero agradecer a usted, como presidente de la Comisión de Discapacidad, al diputado Julio De Vido, como presidente de la Comisión de Energía y Combustibles y al diputado Laspina, como presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, la realización de esta reunión conjunta.

En segundo lugar quiero agradecer a todos los diputados y diputadas presentes el haber votado este proyecto por unanimidad cuando había un montón de proyectos sobre el mismo tema presentados en la Cámara.

Lo primero que hace este proyecto es definir a las personas electrodependientes. En ese sentido, dice que son electrodependientes por cuestiones de salud, aquellas personas que necesitan de un servicio de energía eléctrica constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico, prescripto por un médico matriculado, y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud.

Este proyecto de ley nos pone a todos con una sensibilidad muy grande y así lo hemos trabajado en las comisiones. Cuando uno tiene un hijo o un familiar con este tipo de problemática, vive las veinticuatro horas del día pensando en la vida de su hijo o de su familiar. Tengo dos hijos con diabetes y sé lo que se sufre cuando un hijo padece de una enfermedad. Uno da la vida por ellos.

Por eso quiero agradecer a los padres de estos chicos o adultos que nos han acompañado constantemente y en silencio durante el tratamiento de este proyecto. Pero también agradezco a los diputados que han trabajado en el proyecto, porque acá no hay un beneficio político. Se trata de la instalación de un derecho que surge de distintas problemáticas de salud y también porque en algunos casos no pueden pagar una tarifa eléctrica.

Aclaro que este proyecto de ley contempla la gratuidad del servicio y no una tarifa social, porque muchas familias no entran en la categorización de tarifa social. Por ejemplo, si tiene un auto de menos de diez años, quedan fuera de la tarifa social.

Este proyecto de ley dice que el usuario electrodependiente por problemas de salud, tendrá garantizado en su domicilio el servicio eléctrico en forma permanente con el derecho a la gratuidad de la tarifa.

Además, se los exceptúa de regímenes de ahorro e incentivo de cualquier otro gravamen, ajeno al consumo directo de energía, dispuesto por la empresa prestataria.

Asimismo, quedarán eximidos del pago de los derechos de conexión.

El proyecto de ley prevé la creación de un Registro Nacional de Electrodependientes que permita identificarlos para asistirlos, con un monitoreo permanente tanto de necesidades médicas como de insumos por parte de los hospitales y centros asistenciales y obra social.

Quiero hacer hincapié en este punto porque el traslado de una persona electrodependiente no solo es costoso sino que pone en riesgo su salud por las enfermedades interhospitalarias que pueda sufrir por el traslado.

El proyecto señala además que los medidores de los usuarios categorizados como electrodependientes, deberán ser identificados y categorizados de la misma manera que un hospital o un centro asistencial, para que la compañía eléctrica garantice la continuidad eléctrica. Además, la empresa distribuidora debe prever un grupo electrógeno sin cargo a quien esté registrado como electrodependiente. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE CIAMPINI Tiene la palabra el señor diputado Laspina.

SR. LASPINA Muchas gracias, señor presidente.

Antes de empezar a resumir algunos de los cambios que hemos trabajado en conjunto con los señores diputados Castagneto, Ciampini e integrantes de la Comisión de Energía y Combustibles, quiero felicitar a los padres que han venido peleando por este proyecto y que han encontrado recepción de su pedido en el diputado Castagneto -en primer lugar- y en otros diputados que han presentado diversos proyectos que tienen como fin sensibilizar y solidarizarse con aquellos enfermos que padecen una enfermedad, por la cual necesitan de la asistencia electromecánica para poder seguir viviendo dignamente.

A estos padres les agradezco la paciencia, porque el Congreso tiene sus tiempos y sus maneras. Nos agarró el receso de verano y no llegamos a ponerlo para tratarlo en sesiones extraordinarias. Pero acá estamos, avanzando y contentos de haber podido trabajar en el tema.

Felicito entonces a los padres, en primer lugar, por esta lucha que vienen llevando adelante desde hace algunos meses.

Quiero resumir los principales cambios que hemos consensuado con los diputados y que creo mejoran el proyecto en cuestiones de forma y también para tener más claro el panorama de lo que implica la norma. Esto, sin cambiar el fondo del proyecto, que recién explicaba el señor diputado Castagneto y que es la gratuidad de la tarifa, la posibilidad de tener un grupo electrógeno en los casos donde haya riesgo de vida por interrupción no anticipada del servicio, etcétera.

Lo primero que se hace en esta versión modificada -que si todos estamos de acuerdo, hoy se va a pasar a la firma- es crear un Registro Nacional de Electrodependientes debajo del Registro Nacional de Discapacidad que hoy ya existe.

Esto tiene dos objetivos. En primer lugar, sacarle las facultades que hoy tienen las prestadoras para determinar quién es electrodependiente y quién no.

Esto es algo que conversamos en varias oportunidades con los padres, porque hoy es una empresa, a veces privada y a veces estatal, la que define si una persona es electrodependiente por cuestiones de salud. Algo que, en algún punto, es inadmisible. Por eso hemos incorporado de común acuerdo con todos los bloques y los diputados que ya mencioné, la creación de este registro que permitirá que sea el Ministerio de Salud quien categorice.

El segundo objetivo de esta modificación es evitar cualquier tipo de fraude. Lo que queremos es sancionar una ley que beneficie a los chicos y adultos enfermos con problemas de salud y no a algún pícaro que tenga algún buen contacto con alguna empresa privada o estatal.

El otro cambio que consensuamos es invitar a adherirse a las provincias, ya que los cargos de distribución son provinciales, salvo en el caso del AMBA, Ciudad de Buenos y Aires y Gran Buenos Aires.

De modo que como legisladores nacionales podemos sancionar la gratuidad de la tarifa en materia de generación y transporte, pero no en materia de distribución cuando se tratan de empresas bajo jurisdicción y regulación de las provincias.

Por ello, la modificación que introdujimos al proyecto crea un mecanismo sencillo en la ley. Adhiriendo automáticamente a la ley nacional, las provincias pueden extender la gratuidad de la tarifa al tramo de distribución de la tarifa eléctrica, algo que generalmente está muy sobrecargado de impuestos y en algunas provincias es muy oneroso, como en mi provincia de Santa Fe.

Lo que proponemos es que, adhiriendo a la ley nacional, se garantiza la gratuidad en las provincias. De lo contrario, el proyecto era básicamente centralista, beneficiaba a los usuarios de Capital Federal y Gran Buenos Aires pero no a los usuarios de las provincias. Esto, más allá de que algunas tienen regímenes similares en materia de tarifas para personas electrodependientes.

En tercer lugar se obliga a realizar una campaña de promoción en materia de derechos a través de leyendas en las facturas de luz.

Esto también es importante dado que los electrodependientes van a tener que tramitar ante el Ministerio de Salud el certificado correspondiente, que les va a permitir obtener el beneficio. Hay que hacer una campaña de concientización respecto de los derechos que van a tener a partir de la sanción de este proyecto de ley.

Se agregan los costos de funcionamiento de los grupos electrógenos, o el equipo que se determine, que se va a entregar gratuitamente a pedido del usuario; es decir, no hay automaticidad en la entrega, sino que se hace a partir del pedido del usuario, que tiene no solamente el derecho a recibir gratuitamente el equipo, sino que tiene, además, el derecho a que los costos de funcionamiento del grupo electrógeno corran por parte de las compañías, sean públicas o privadas, de modo tal que si la persona tiene una interrupción del servicio de una semana no tenga que cargar con el costo adicional de ponerle combustible al grupo electrógeno para tener electricidad.

En quinto lugar, se crea una línea 0-800 de atención permanente para los usuarios electrodependientes, obligatoria para todas las empresas, de modo tal que tengan una línea de emergencia exclusiva para estos casos.

También hay algunos cambios de forma. Hemos trabajado un poco la forma de los artículos para separar precisamente la competencia de la Nación y las provincias ante la posibilidad de adherir, pero que no revisten ninguna implicancia de fondo.

Con estos cambios que hemos trabajado, y agradeciendo a los padres, a los diputados, al Ministerio de Salud de la Nación que ha dado una mano en esto y a la Jefatura de Gabinete de Ministros, que también estuvo involucrada en estos cambios, concluyo mi intervención.

SR. PRESIDENTE CIAMPINI Atento a que no hay objeciones a los cambios propuestos por el señor diputado Laspina, se tendrán por aprobados y se pasará a la firma del dictamen. (Aplausos.)

Muchas gracias a todos los presentes y esperemos mañana darle sanción a este proyecto de ley en el recinto.

Es la hora 18 y 27.