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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 9623-D-2014

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PROMOVER LA CONSTITUCION DEL CONSEJO FEDERAL DE HIDROCARBUROS PREVISTO EN LA LEY 26741, DE SOBERANIA HIDROCARBURIFERA.

Fecha: 10/12/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 182

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que por intermedio de los organismos que correspondan, promueva la constitución del Consejo Federal de Hidrocarburos, establecido en el Título II, Capítulo único de la Ley N° 26.741, promulgada el 4 de mayo de 2012.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Precisamente, mediante el Artículo 4° de la citada Ley, se estableció creación del Consejo Federal de Hidrocarburos a integrarse con la participación de: a) El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Industria, a través de sus respectivos titulares; y b) Las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de los representantes que cada una de ellas designen.
Asimismo, en el Artículo 5° de la misma Ley; se especificó que las funciones del citado Consejo Federal de Hidrocarburos serían: a) Promover la actuación coordinada del Estado nacional y los Estados provinciales, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley; y b) Expedirse sobre toda otra cuestión vinculada al cumplimiento de los objetivos de la misma Ley y a la fijación de la política hidrocarburífera de la República Argentina, que el Poder Ejecutivo Nacional someta a su consideración.
Finalmente, mediante el Artículo 6° de la referida Ley, se determinó que el Consejo Federal de Hidrocarburos sesionaría con la mayoría absoluta de sus miembros y sería presidido y representado por el representante del Estado nacional que el Poder Ejecutivo Nacional designara al efecto, debiendo dictar su propio reglamento de funcionamiento.
La recientemente sancionada Ley N° 27.007 (B.O. N° 33.001 del 31 de Octubre de 2014) modificatoria de la Ley N° 17.319, requiere la solicitada constitución del Consejo Federal de Hidrocarburos, como el organismo que, con la jerarquía que le da su establecimiento por Ley de la Nación, cumpla con las funciones especificadas; actuando en la coordinación entre el Estado nacional y los Estados provinciales, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la 26.741; y se expida respecto a toda otra cuestión vinculada a la fijación de la política hidrocarburífera de la República Argentina, que el Poder Ejecutivo Nacional someta a su consideración.
Es por los fundamentos expresados y por los que oportunamente expondré al momento de su tratamiento, solicito a mis pares me acompañen en esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROBERTI, ALBERTO OSCAR BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)