Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Energía y Combustibles »

ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2119 Internos 2119/18

ceycombust@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 9181-D-2014

Sumario: ENERGIA ELECTRICA RENOVABLE. SE INCORPORA SU GENERACION Y DISTRIBUCION A TRAVES DE LA INSTALACION DE PANELES FOTOVOLTAICOS Y DE PEQUEÑOS GRUPOS AEROGENERADORES EOLICOS, EN USUARIOS DE LAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGIA ELECTRICA DE LA ORBITA NACIONAL "- EDENOR Y EDESUR -".

Fecha: 19/11/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 169

Proyecto
Artículo 1.- Incorpórese la generación distribuida renovable por parte de los usuarios de las Distribuidoras de Energía Eléctrica de la órbita nacional (Edenor y Edesur) de acuerdo a lo establecido en el artículo 4.
Artículo 2.- Entiéndase por energía eléctrica renovable a los paneles fotovoltaicos y a los pequeños grupos aerogeneradores eólicos.
Artículo 3.- Establézcase como potencia máxima para las instalaciones de generación la misma potencia que cada usuario tiene contratada para su demanda, no debiendo superar los 5 kW en caso de conexión monofásica BT, ni los 300 kW en caso de trifásica BT. Para mayor potencia la conexión deberá ser en media tensión (MT).
Artículo 4.- Las Distribuidoras de Energía Eléctrica de la órbita nacional propondrán un procedimiento técnico propio dentro de los 90 días de aprobada la presente ley al E.N.R.E., que se tomará un máximo de 60 días para aprobarlo, observarlo o rechazarlo, convocando a alguna entidad versada sin fines de lucro (AEA, Universidad de Buenos Aires, etc.) para su revisión.
Artículo 5.- El procedimiento técnico deberá prever la generación en forma paralela a la red de distribución existente en la zona. El distribuidor deberá prever la colocación de un medidor bidireccional de energía.
Artículo 6.- El E.N.R.E. fijará la tarifa con que se retribuirá al usuario por su generación. Esta tarifa dado que se promueve la generación renovable distribuida, será en forma unitaria mayor que la cobrada por el distribuidor. El valor por kWh renovable producido por el usuario será como mínimo un 25 % más alto que el reconocido al Distribuidor.
Artículo 7.- Invitar a adherir a todas las provincias con las Distribuidoras de Energía Eléctrica en su esfera de incumbencia.
Artículo 8.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La generación distribuida de energía eléctrica, sobre todo de energías renovables, van tomando cuerpo de manera inexorable en gran parte del mundo, sobre todo en los países más desarrollados, principalmente, en los europeos.
Si bien es posible generar energía eléctrica de manera embebida en la red de distribución con cualquier tecnología, no resulta eficiente ni sustentable hacerlo con grupos electrógenos alimentados con combustibles fósiles, tal como se está haciendo actualmente en nuestro país.
En el caso de las energías renovables, aunque la generación centralizada puede ser más eficiente, condiciones de cercanía, preferencias de los usuarios, la disponibilidad solar y/o eólica en vastas regiones del país, hacen posible una generación distribuida en la red.
Con este proyecto, buscamos promover la generación de energía eléctrica con fuentes renovables, incentivando a los usuarios a invertir y producir su propia energía renovable, lo cual a su vez contribuirá a generar mayor conciencia del ciudadano sobre el cuidado del medio ambiente.
No obstante, si bien la inserción de generación distribuida trae aparejadas mayores dificultades técnicas para el encargado de la operación de la red, que deben tenerse en cuenta, posibilitará de concretarse un ahorro substancial de hidrocarburos, ya sea gas natural, gas oil o fuel oil; lo cual permitirá:
a) Reducir las importaciones de gas y otros hidrocarburos que actualmente son una parte importante del total de importaciones;
b) Reducir las emisiones de CO2, colaborando a no aumentar el efecto invernadero;
c) Aumentar la conciencia ambiental en la población;
d) Promover el desarrollo de una industria energética renovable para la fabricación de generadores eólicos y paneles solares.
En nuestro país son varias las organizaciones medioambientales que reclaman por instalaciones renovables de generación distribuida. La Argentina está entre los 10 países con mayor potencial para el desarrollo de energías renovables, según indicó una mayoría de ejecutivos del sector en una encuesta realizada por KPMG Argentina. Los consultados destacaron que la aplicación de este tipo de recursos supondría un ahorro para el país.
Según se desprende del mencionado sondeo, el 52 % cree que las energías renovables harán un aporte significativo para la disponibilidad energética del país. Si a estos últimos se les suma a quienes creen que ese aporte será relativo (33 %), el 85 % considera que las renovables contribuirán a mejorar la oferta de energía.
Es por todo lo expuesto, que solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COBOS, JULIO MENDOZA UCR
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA MENDOZA UCR
PETRI, LUIS ALFONSO MENDOZA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA