ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 7348-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA APLICACION DE LA LEY 23681, DE RECARGO EN LAS BOLETAS DE CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA EN CADA PERIODO Y CADA ZONA DEL PAIS "FONDO PROVINCIA DE SANTA CRUZ".
Fecha: 07/11/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional, que a través del organismo que corresponda, informe sobre
diferentes aspectos relacionados con la aplicación de la Ley nº 23.681 "Fondo
Provincia de Santa Cruz", tasa del 0,6% sobre el precio de venta de las tarifa de
electricidad aplicadas a consumidores finales, sancionada el 15 de junio de
1989 y el Decreto 1378/01, a saber:
Primero: Montos
percibidos y transferidos por tal concepto, por las empresas prestadoras del
servicio de energía eléctrica (EDENOR, EDELAP y EDESUR) a la Secretaría de
Energía, desde la creación del fondo hasta la fecha, con identificación de la
cuenta a la que fueron depositados;
Segundo: Detalle las obras
que se han realizado a la fecha a fin de completar la interconexión de la
Provincia de Santa Cruz con el Sistema Interconectado Nacional (S. I. N.);
a.- Fecha de terminación de cada
una;
b.- Empresas adjudicatarias;
c.- Presupuestos de gastos de las
obras proyectadas y/o realizadas; en este último caso, informe monto del
presupuesto efectivamente ejecutado a la fecha
d.- Los plazos de cancelación de
cada obra
e.- Si las obras están en ejecución
informe el estado de ejecución de las mismas
Tercero: En caso de
haberse cancelado el costo total del plan de obras impulsado para la concreción
del objetivo que motivara la creación del referido fondo, que medida se han
adoptado para dejar de percibir el mismo conforme lo prevén los mencionados
instrumentos legislativos;
Cuarto: Cualquier otro
dato que considere oportuno aportar;
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Por medio de este Proyecto de
Resolución solicitamos al Poder Ejecutivo Nacional, que a través del organismo
que corresponda, informe sobre diferentes aspectos relacionados con la
aplicación de la Ley nº 23.681 "Fondo Provincia de Santa Cruz", tasa del 0,6%
sobre el precio de venta de las tarifa de electricidad aplicadas a consumidores
finales, sancionada el 15 de junio de 1989 y el Decreto 1378/01.
Consideramos necesario conocer
los montos percibidos y transferidos por las empresas prestadoras del servicio
de energía eléctrica (EDENOR, EDELAP y EDESUR) a la Secretaría de Energía,
entre otras cosas, el detalle de las obras que se han realizado a fin de
completar la interconexión de la Provincia de Santa Cruz con el Sistema
Interconectado Nacional (S. I. N.), etc.
Asimismo, las medidas que se han
adoptado para dejar de percibir los fondos en el caso de haberse cancelado el
costo total del plan de obras impulsado para la concreción de la interconexión
de la Provincia de Santa Cruz al S.I.N.
En este sentido, el Decreto nº
1378/01 en su artículo primero dice: "...Establécese que el recargo previsto en
el artículo 1° de la Ley N° 23.681, se mantendrá vigente luego de la efectiva
interconexión de la Provincia de Santa Cruz, durante el plazo que resulte
necesario para cubrir los costos de la obra de interconexión de esa Provincia
con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI)...", y el artículo
segundo dice: "...El producto total del recargo fijado por el artículo 1° se
destinará a la constitución de un fondo fiduciario, cuya finalidad única y
exclusiva será la atención del costo de la obra mencionada en el artículo
precedente..."
Con esta Ley se busca recaudar
fondos suficientes para destinarlos a realizar inversiones en los sectores
eléctricos y reducir el nivel de las tarifas aplicadas a los usuarios de la Empresa
Servicios Públicos Sociedad del Estado de la provincia de Santa Cruz, a fin de
que dichas tarifas alcancen el nivel promedio del resto del país y hasta tanto se
produjera la interconexión de la provincia al Sistema Interconectado Nacional
(S.I.N.).
Resulta alarmante que después de
24 años de aprobada la Ley los ciudadanos, consumidores del servicio de
energía eléctrica, sigan aportando dinero a un fondo del que se desconoce su
recaudación anual, las obras ejecutadas y por ejecutarse, las licitaciones
realizadas, costos finales de las obras, etc.
Esta situación de incertidumbre y
de desinformación ha dado lugar a que distintos colegas presentaran
oportunamente pedidos de informes y la derogación de la Ley 23.681 y el
decreto 1378/01, no obstante al no mediar respuestas satisfactorias de parte de
los organismos competentes es que nos vemos en la obligación de solicitar
nuevamente la información detallada.
En este sentido, el pasado 21 de
agosto, en el acto de adjudicación de las obras de las represas Néstor Kirchner
y Jorge Cepernic, la presidenta adelantó lo siguiente: "...Además, lo que va a
significar para Santa Cruz el interconectado. Por primera vez vamos a
interconectar a la provincia de Santa Cruz que todos los que pagaron la tarifa
de luz tienen ese famoso 6 por mil en la tarifa de luz. Bueno, a partir de que se
conecte la provincia, esto va a desaparecer de la factura de luz, con lo cual, ya
nadie va a poder decir "ah, qué es eso de Santa Cruz"..." (1)
Posteriormente en la madrugada
del jueves 12 de septiembre del presente año, como lo vaticinara la Sra.
Presidenta se realizo la conexión definitiva de Rio Gallegos por operarios de la
empresa estatal Servicios Públicos, sobre la línea Doble Terna de 33 kilovatios,
proveniente de la Estación Transformadora de 220 kilovatios lo que permite
incorporar la ciudad al Sistema Interconectado Nacional.
Sin conocer aun, información
oficial sobre lo anunciado por la Sra. Presidenta es que impulsamos este
proyecto de resolución solicitando la información que se detalla en la parte
resolutiva y bregamos por la eliminación de la Ley 23.681 y el mencionado
decreto por considerarlo injusto y ex-temporal.
Por lo expuesto es que, solicito a
mis colegas legisladores apoyar con su voto este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
ALONSO, GUMERSINDO FEDERICO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
Giro a comisiones en Diputados
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