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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 6767-D-2014

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL "ACUERDO DE ESTABILIDAD DEL PRECIO DEL GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP) BUTANO Y/O MEZCLA ENVASADO EN GARRAFAS DE DIEZ (10), DOCE (12) Y QUINCE (15) KILOGRAMOS DE CAPACIDAD", SUSCRIPTO EL DIA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2008.

Fecha: 29/08/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 112

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de los órganos pertinentes, se sirva a informar por escrito a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación las siguientes cuestiones sobre el "ACUERDO DE ESTABILIDAD DEL PRECIO DEL GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP) - BUTANO Y/O MEZCLA ENVASADO EN GARRAFAS DE DIEZ (10), DOCE (12) y QUINCE KILOGRAMOS (15 Kg.) DE CAPACIDAD", suscripto el 19 de Setiembre de 2008.
Indique las acciones y medidas dispuestas por la Secretaría de Energía de la Nación a los efectos de verificar el cumplimiento íntegro del acuerdo mencionado.
Indique las acciones y medias emprendidas por la Secretaría de Energía de la Nación a los efectos de garantizar el precio de venta uniforme, cuyos montos son de PESOS DIECISÉIS ($ 16) para los envases de 10 Kg de capacidad, de PESOS VEINTE ($ 20) para los envases de 12 Kg de capacidad y de PESOS VEINTICINCO ($ 25) para los envases de 15 Kg de capacidad.
Indique si la Secretaría de Energía de la Nación tomó conocimiento de situaciones de flagrante violación en los precios de venta acordados en diversas provincias. En caso afirmativo, detalle las sanciones aplicadas por dicha Secretaria, especificando tipo de sanción, fecha y sujeto sobre el que recayó.
Describa los mecanismos implementados por la Secretaría de Energía de la Nación para que los usuarios puedan canalizar sus reclamos ante la disparidad entre los precios acordados y los precios que efectivamente pagan.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El control parlamentario es una de las principales garantías para la Defensa de la Constitución y el resguardo del Estado de Derecho. En ese sentido, los pedidos de informes por escrito son, probablemente, el primer movimiento, paso o eslabón de la tarea de control interorgánico a cargo del Parlamento.-
En fecha 19 de Setiembre de 2008 se firmó un acuerdo entre la Secretaría de Energía de la Nación, las empresas productoras, fraccionadoras y distribuidoras de gas licuado de petróleo, la Cámara Argentina de Gas Licuado de Petróleo y la Federación Argentina de Municipios (FAM), con el objeto de garantizar la estabilidad del precio del gas licuado de petróleo (GLP) envasado en garrafas de 10, 12 y 15 kg de capacidad.-
Dicho acuerdo fue ratificado mediante la Resolución N° 1.071 de la Secretaría de Energía de la Nación de fecha 19 de Setiembre de 2008.-
El convenio, en su artículo 12, asegura el mantenimiento de un precio de venta uniforme en todo el país y para los usuarios en situaciones de vulnerabilidad, cuyo montos son PESOS DIECISÉIS ($ 16) para los envases de 10 Kg de capacidad, de PESOS VEINTE ($ 20) para los envases de 12 Kg de capacidad y de PESOS VEINTICINCO ($ 25) para los envases de 15 Kg de capacidad. La normativa referida especifica que "dichos precios son aplicables a la totalidad de las ventas efectuadas en mostrador, quedando expresamente prohibido, en estos casos, cobrar suma alguna adicional por cualquier otro concepto".-
Además, cabe mencionar que este acuerdo fue objeto de sucesivas prórrogas y actualmente se encuentra vigente hasta el 31 de Diciembre de 2014.-
Sin embargo, los hechos muestran un divorcio absoluto entre los precios de ventas acordados y precios finales que efectivamente pagan los usuarios en diversas provincias. Así, en el ámbito de la provincia de Tucumán existen casos de vecinos que llegan a pagar hasta PESOS OCHENTA ($ 80) por la garrafa de 10 kg y PESOS CIEN ($100) por la de 15 kg.-
Por lo tanto, urge la necesidad de articular medidas y respuestas estatales a fin de garantizar el pleno cumplimiento del acuerdo suscripto y garantizar servicios básicos para los sectores más desfavorecidos.-
En virtud de las razones expuestas, en el entendimiento que la prestación de los servicios públicos es un deber del Estado Social de Derecho, pido a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CANO, JOSE MANUEL TUCUMAN UCR
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO TUCUMAN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)