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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6169-D-2014

Sumario: EDUCACION NACIONAL, LEY 26206: MODIFICACIONES SOBRE ASIGNATURAS QUE FORMARAN PARTE DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES COMUNES A TODAS LAS JURISDICCIONES.

Fecha: 12/08/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100

Proyecto
Artículo 1.- Incorpórese el inciso "g" al artículo 92 de la Ley 26.206, que quedará redactado de la siguiente manera:
g) Los enfoques que contribuyan a generar conocimientos y concientización en materia de producción de energía, ahorro de la misma, modos eficientes de extracción de hidrocarburos, y el alcance de un desarrollo sustentable en este sentido.
Artículo 2.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La energía es la capacidad que tiene la materia para originar un trabajo, es decir que es el resultado de una fuerza aplicada sobre un objeto. Ella es esencial para el desarrollo social, político y geoestratégico de un país. En muchos casos, el bajo acceso a la misma genera condiciones de vida precarias.
Argentina se encuentra dentro de uno de los países con más consumo energético del mundo. En este sentido, según el Banco Mundial para 2011 (1) el consumo de energía primaria de nuestro país fue de 1967 kg de equivalente de petróleo per cápita, por encima de la media global que equivale a 1.890 kg per cápita (2) .
Considero trascendente que los alumnos que trascurren sus años de formación en los establecimientos educativos, puedan acceder a estos conocimientos básicos basados en cuestiones energéticas que será de tratamiento en el largo plazo.
En este sentido, es importante dotar a los menores de aquellos conocimientos vinculados al ahorro de energía y mejor utilización de la misma, para que desde temprana edad puedan adquirir la costumbre de propender a la sustentabilidad de los recursos energéticos, preservando no sólo la generación presente sino también las futuras. Se debe inculcar en aquellos que están formándose y en vías de adquirir la adultez, el consumo eficiente de energía para lograr un mundo futuro mejor.
Esto que vengo mencionando, no es algo que sólo podría implementarse en nuestro país sino que son proyectos existentes en la Unión Europea, donde la Comisión Europea ha dictado gran cantidad de proyectos, dictámenes y propuestas relacionadas a la incorporación del tema energético a sus currículas escolares. También ha implementado el mismo mecanismo el Comité Económico y Social Europeo que ha llevado a cabo un dictamen sobre "Necesidades en materia de educación y formación para una sociedad de la energía sin carbono", relacionado el tema íntimamente con la problemática ambiental europea. Asimismo, también he rastreado una Comunicación de la Comisión Europea al Parlamento Europeo y al Consejo, sobre la situación de la educación y la formación en el ámbito de la energía nuclear en la Unión Europea.
Hubo un proyecto denominado "Force for Energy by Children" (FEE) que reunió a nueve agencias energéticas de diversos países europeos (Bélgica, Francia, Grecia, Italia, Portugal, Reino Unido y Suecia) durante 2002/2003. El objetivo de este proyecto era aumentar la concientización sobre la energía renovable y el uso racional de la energía con niños escolarizados de edades de entre 10 y 14 años. El proyecto permitió que las escuelas hicieran de la energía un tema específico de estudio durante un curso académico. El trabajo escolar estaba basado en la realización de diversos trabajos e incluía una fase inicial de información, a la que seguía una serie de visitas y ejercicios. Los ejercicios incluyeron auditorías energéticas en los hogares y en las escuelas. Como resultado, los niños asumieron claramente la responsabilidad de la concientización energética y la comunicaron a sus familiares y amigos. Esto llevó, por ejemplo, a que Bélgica dispusiera poner en marcha nuevamente este proyecto pero de manera permanente.
En un folleto informativo del 2006 (3) , realizado por la Comisión Europea y firmado por Andris Piebalgs, excomisario europeo de Energía, se mencionó en el marco de la introducción de cuestiones energéticas en las escuelas europeas, que "es fundamental el aumento de la concienciación de los alumnos de todas las edades sobre el papel central de la energía en la vida moderna, cómo se produce, transforma y utiliza, además de las consecuencias de estos procesos. Esto incluye el desarrollo de la concienciación tanto de los orígenes como de las causas de las crisis energéticas pasadas y futuras. El hecho de comprender las capacidades, los costes y efectos de las diversas fuentes de energía (tanto renovables como no renovables) disponibles actualmente o en el futuro, y las consecuencias de elegir entre ellas, puede desarrollar valiosas capacidades en los alumnos en edad escolar". Este folleto informativo derivó en un proyecto denominado "La Energía es nuestro futuro".
Remitiéndonos a un caso dado en América del Sur, el Gobierno brasileño creó un programa nacional de conservación de la electricidad denominado "Procel", en 1985. El "Procel" financió proyectos de eficiencia energética llevados a cabo por el Estado, servicios públicos locales, agencias públicas, empresas privadas, universidades e institutos de investigación. El "Procel" calcula que sus actividades acumuladas dieron lugar aproximadamente a 5,3 terawatios/hora por año (TWh/año) de ahorro en 1998, lo cual equivale al 1,8 % del consumo total de electricidad en Brasil. Además, el Procel fue responsable de aproximadamente 1,4 TWh de producción de electricidad adicional debida a mejoras en las centrales eléctricas durante ese año. Los ahorros de electricidad y la producción adicional permitieron que los servicios públicos evitaran generar aproximadamente 1560 megavatios (MW) de nueva capacidad, lo que corresponde aproximadamente a 3100 millones de dólares de inversión en nuevas centrales eléctricas e instalaciones de transmisión y distribución. En 1999 se realizó un amplio análisis del presupuesto y actividades de "Procel", que mostró que las actividades educativas y de formación eran considerablemente más rentables que las restantes iniciativas y más del doble que las técnicas generales de comunicación.
Entonces, es momento de copiar los ejemplos no sólo del primer mundo, sino también de nuestro país hermano, Brasil, donde han visto razonable imponer en las escuelas una educación basada en materia energética, dando resultados altamente positivos en todos los casos.
Es por todo lo que vengo mencionando que propongo la modificación de la Ley de Educación Nacional N° 26206, en adelante LEN. Y ello porque es esta Ley la que dispone los contenidos mínimos a ser incorporados en los currículums educativos escolares. Esta facultad de imposición de un nuevo contenido en la currícula se da de conformidad con lo que establece el artículo 75 inciso 18 de la Constitución Nacional, que otorga al Congreso la facultad de "proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria...". Del mismo modo, en el inciso 19 del mismo artículo, se lo dota al Congreso de la competencia de "sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales".
Estos dos incisos marcan claramente que el constituyente tuvo la intención de poner en manos del Poder Legislativo de la Nación la posibilidad de dictar los contenidos básicos de la currícula escolar, siendo la Nación, entonces, quien debe encargarse de ello y proponer la introducción de nuevos contenidos cuando lo crea necesario. Luego, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, podrán adecuar los contenidos a su jurisdicción, pero impartiendo respeto a los temas dispuestos por el Congreso nacional. El artículo 124 último párrafo de la Constitución Nacional establece que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires pueden promover el desarrollo humano y la educación, entre otros temas sujetos a promoción.
El artículo 3 de la propia LEN, señala que "la educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa..." Del mismo modo, el artículo 4 establece que "el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación..." Ya en el artículo 5 se menciona que "el Estado Nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales".
Entonces, si el Congreso tiene esta facultad, es un buen momento para ponerla en práctica.
Es por ello que solicito a los demás Diputados que acompañen este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOUSTEAU, MARTIN CIUDAD de BUENOS AIRES SUMA + UNEN
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
CARRIZO, ANA CARLA CIUDAD de BUENOS AIRES SUMA + UNEN
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES PROYECTO SUR - UNEN
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
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