ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6169-D-2014
Sumario: EDUCACION NACIONAL, LEY 26206: MODIFICACIONES SOBRE ASIGNATURAS QUE FORMARAN PARTE DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES COMUNES A TODAS LAS JURISDICCIONES.
Fecha: 12/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
Artículo 1.- Incorpórese el inciso "g" al
artículo 92 de la Ley 26.206, que quedará redactado de la siguiente manera:
g) Los enfoques que contribuyan a generar
conocimientos y concientización en materia de producción de energía, ahorro de la misma,
modos eficientes de extracción de hidrocarburos, y el alcance de un desarrollo sustentable
en este sentido.
Artículo 2.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La energía es la capacidad que tiene la
materia para originar un trabajo, es decir que es el resultado de una fuerza aplicada sobre un
objeto. Ella es esencial para el desarrollo social, político y geoestratégico de un país. En
muchos casos, el bajo acceso a la misma genera condiciones de vida precarias.
Argentina se encuentra dentro de uno de
los países con más consumo energético del mundo. En este sentido, según el Banco
Mundial para 2011 (1) el consumo de energía primaria de nuestro país fue de 1967 kg de
equivalente de petróleo per cápita, por encima de la media global que equivale a 1.890 kg
per cápita (2) .
Considero trascendente que los alumnos que
trascurren sus años de formación en los establecimientos educativos, puedan acceder a
estos conocimientos básicos basados en cuestiones energéticas que será de tratamiento en el
largo plazo.
En este sentido, es importante dotar a
los menores de aquellos conocimientos vinculados al ahorro de energía y mejor utilización
de la misma, para que desde temprana edad puedan adquirir la costumbre de propender a la
sustentabilidad de los recursos energéticos, preservando no sólo la generación presente sino
también las futuras. Se debe inculcar en aquellos que están formándose y en vías de
adquirir la adultez, el consumo eficiente de energía para lograr un mundo futuro mejor.
Esto que vengo mencionando, no es
algo que sólo podría implementarse en nuestro país sino que son proyectos existentes en la
Unión Europea, donde la Comisión Europea ha dictado gran cantidad de proyectos,
dictámenes y propuestas relacionadas a la incorporación del tema energético a sus
currículas escolares. También ha implementado el mismo mecanismo el Comité Económico
y Social Europeo que ha llevado a cabo un dictamen sobre "Necesidades en materia de
educación y formación para una sociedad de la energía sin carbono", relacionado el tema
íntimamente con la problemática ambiental europea. Asimismo, también he rastreado una
Comunicación de la Comisión Europea al Parlamento Europeo y al Consejo, sobre la
situación de la educación y la formación en el ámbito de la energía nuclear en la Unión
Europea.
Hubo un proyecto denominado "Force
for Energy by Children" (FEE) que reunió a nueve agencias energéticas de diversos países
europeos (Bélgica, Francia, Grecia, Italia, Portugal, Reino Unido y Suecia) durante
2002/2003. El objetivo de este proyecto era aumentar la concientización sobre la energía
renovable y el uso racional de la energía con niños escolarizados de edades de entre 10 y 14
años. El proyecto permitió que las escuelas hicieran de la energía un tema específico de
estudio durante un curso académico. El trabajo escolar estaba basado en la realización de
diversos trabajos e incluía una fase inicial de información, a la que seguía una serie de
visitas y ejercicios. Los ejercicios incluyeron auditorías energéticas en los hogares y en las
escuelas. Como resultado, los niños asumieron claramente la responsabilidad de la
concientización energética y la comunicaron a sus familiares y amigos. Esto llevó, por
ejemplo, a que Bélgica dispusiera poner en marcha nuevamente este proyecto pero de
manera permanente.
En un folleto informativo del 2006 (3) ,
realizado por la Comisión Europea y firmado por Andris Piebalgs, excomisario europeo de
Energía, se mencionó en el marco de la introducción de cuestiones energéticas en las
escuelas europeas, que "es fundamental el aumento de la concienciación de los alumnos de
todas las edades sobre el papel central de la energía en la vida moderna, cómo se produce,
transforma y utiliza, además de las consecuencias de estos procesos. Esto incluye el
desarrollo de la concienciación tanto de los orígenes como de las causas de las crisis
energéticas pasadas y futuras. El hecho de comprender las capacidades, los costes y efectos
de las diversas fuentes de energía (tanto renovables como no renovables) disponibles
actualmente o en el futuro, y las consecuencias de elegir entre ellas, puede desarrollar
valiosas capacidades en los alumnos en edad escolar". Este folleto informativo derivó en un
proyecto denominado "La Energía es nuestro futuro".
Remitiéndonos a un caso dado en América del
Sur, el Gobierno brasileño creó un programa nacional de conservación de la electricidad
denominado "Procel", en 1985. El "Procel" financió proyectos de eficiencia energética
llevados a cabo por el Estado, servicios públicos locales, agencias públicas, empresas
privadas, universidades e institutos de investigación. El "Procel" calcula que sus
actividades acumuladas dieron lugar aproximadamente a 5,3 terawatios/hora por año
(TWh/año) de ahorro en 1998, lo cual equivale al 1,8 % del consumo total de electricidad
en Brasil. Además, el Procel fue responsable de aproximadamente 1,4 TWh de producción
de electricidad adicional debida a mejoras en las centrales eléctricas durante ese año. Los
ahorros de electricidad y la producción adicional permitieron que los servicios públicos
evitaran generar aproximadamente 1560 megavatios (MW) de nueva capacidad, lo que
corresponde aproximadamente a 3100 millones de dólares de inversión en nuevas centrales
eléctricas e instalaciones de transmisión y distribución. En 1999 se realizó un amplio
análisis del presupuesto y actividades de "Procel", que mostró que las actividades
educativas y de formación eran considerablemente más rentables que las restantes
iniciativas y más del doble que las técnicas generales de comunicación.
Entonces, es momento de copiar los ejemplos
no sólo del primer mundo, sino también de nuestro país hermano, Brasil, donde han visto
razonable imponer en las escuelas una educación basada en materia energética, dando
resultados altamente positivos en todos los casos.
Es por todo lo que vengo mencionando
que propongo la modificación de la Ley de Educación Nacional N° 26206, en adelante
LEN. Y ello porque es esta Ley la que dispone los contenidos mínimos a ser incorporados
en los currículums educativos escolares. Esta facultad de imposición de un nuevo contenido
en la currícula se da de conformidad con lo que establece el artículo 75 inciso 18 de la
Constitución Nacional, que otorga al Congreso la facultad de "proveer lo conducente a la
prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la
ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria...". Del mismo modo, en
el inciso 19 del mismo artículo, se lo dota al Congreso de la competencia de "sancionar
leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional
respetando las particularidades provinciales y locales".
Estos dos incisos marcan claramente
que el constituyente tuvo la intención de poner en manos del Poder Legislativo de la
Nación la posibilidad de dictar los contenidos básicos de la currícula escolar, siendo la
Nación, entonces, quien debe encargarse de ello y proponer la introducción de nuevos
contenidos cuando lo crea necesario. Luego, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires,
podrán adecuar los contenidos a su jurisdicción, pero impartiendo respeto a los temas
dispuestos por el Congreso nacional. El artículo 124 último párrafo de la Constitución
Nacional establece que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires pueden promover el
desarrollo humano y la educación, entre otros temas sujetos a promoción.
El artículo 3 de la propia LEN, señala
que "la educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para
construir una sociedad justa..." Del mismo modo, el artículo 4 establece que "el Estado
Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad
principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para
todos/as los/as habitantes de la Nación..." Ya en el artículo 5 se menciona que "el Estado
Nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar
la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales".
Entonces, si el Congreso tiene esta
facultad, es un buen momento para ponerla en práctica.
Es por ello que solicito a los demás
Diputados que acompañen este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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LOUSTEAU, MARTIN | CIUDAD de BUENOS AIRES | SUMA + UNEN |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
CARRIZO, ANA CARLA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SUMA + UNEN |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PROYECTO SUR - UNEN |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
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