ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6054-D-2013
Sumario: LEY 26020, REGIMEN REGULATORIO DE LA INDUSTRIA Y COMERCIALIZACION DE GAS LICUADO DE PETROLEO: MODIFICACION DEL INCISO C) DEL ARTICULO 45, SOBRE PRECIO DIFERENCIAL PARA LAS PROVINCIAS DE CORRIENTES, CHACO, FORMOSA, MISIONES Y NORTE DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, HASTA TANTO ESTA REGION ACCEDA A REDES DE GAS NATURAL.
Fecha: 28/08/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
MODIFICACION PRECIO
REGIONAL DIFERENCIAL DEL GLP PARA LAS PROVINCIAS DE CORRIENTES,
CHACO, FORMOSA, MISIONES Y NORTE DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
Artículo 1°.- Modifíquese el inciso c
del artículo 45 de la Ley Nº 26.020, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
"c) Un precio regional diferencial
equivalente al subsidio establecido para el gas de red, para los consumos
residenciales de GLP en garrafas de 10 kg., 12 Kg., 15 kg., y 45 kg., en todo el
territorio de las provincias de Corrientes, Chaco, Formosa y Misiones, y norte de
la provincia de Santa Fe (desde Ruta Provincial Nº 98 Reconquista-Tostado
hacia el Norte), hasta tanto esta región acceda a redes de gas natural."
Artículo 2°.- De Forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la Provincia de Formosa, al
igual que en Chaco, Corrientes, Misiones y el norte de la provincia de Santa Fe,
al carecer del servicio público esencial de gas servido por redes, la provisión
debe hacerse mediante gas licuado envasado.
Esta situación, incomprensible en
los tiempos actuales, contradice abiertamente el mandato constitucional de
garantizar una distribución equitativa y solidaria de las posibilidades de
desarrollo en las distintas regiones del país.
La asimetría es evidente: mientras
que el ingreso promedio de un trabajador en la Ciudad de Buenos Aires es de 4
a 5 veces superior al ingreso promedio de un Chaqueño, Correntino, Formoseño
o Misionero, por el contrario, la tarifa que se paga en Buenos Aires por el
suministro de gas equivalente a 6 garrafas de 10 kilos es de apenas 40 pesos
aproximadamente, de los cuales 10 pesos son subsidiados. Es decir, por lo que
allí se pagan apenas 40 pesos, en el NEA debemos pagar 210 pesos, por 6
garrafas de 10 kilos a 35 pesos cada una. Las diferencias son enormes.
La Ley 26.020, si bien establece
valores diferenciados para la adquisición de gas licuado de petróleo (GLP),
éstos precios distan mucho de ser equivalentes al subsidio establecido para el
gas por redes. Además, sólo contempla ese beneficio para las garrafas de 10,
12 y 15 kilogramos, con la garrafa a 10 kilos que ronda los 35 pesos, y dejando
afuera la garrafa más consumida, la de 45 kilos, cuyo precio ronda los 350
pesos.
Por otro lado, las garrafas sociales,
-si se consiguen- se venden a 16 pesos, pero son muy difíciles de conseguir, y
solo son para personas de más bajos recursos, cuando esta situación, es por
demás injusta para todos los habitantes.
Esto se ve agravado por la
mayor demanda, ya que al no estar actualizados los cupos de garrafas sociales,
resultan insuficientes para las necesidades de consumo de la población.
Sumado a ello, los vecinos en Formosa denuncian que las garrafas sociales son
trasladadas en canoas a la ciudad de Alberdi en Paraguay, donde se venden a
un precio muy superior.
Esta situación se tornó dramática
al alcanzar el faltante a hospitales, clínicas privadas, centros de salud,
comedores comunitarios, geriátricos y comercios gastronómicos en las
provincias del norte y nordeste del país, afectando la atención primaria de las
personas.
Por todo lo descripto, es que el
presente proyecto de ley propone modificar la ley 26020, para que se
establezca un precio regional diferencial equivalente al subsidio establecido
para el gas de red existente en el país, para los consumos residenciales de GLP
en garrafas de 10 kg., 12 Kg., 15 kg., y 45 kg., en todo el territorio de las
provincias de Corrientes, Chaco, Formosa y Misiones, y norte de la provincia de
Santa Fe.
Es importante remarcar que esto
no sería necesario si las promesas de la construcción del gasoducto GNEA,
originalmente anunciado en 2003 por el ex presidente Néstor Kirchner como
una de las prioridades del gobierno nacional, se hubieran cumplido.
Es inadmisible que diez largos
años después de estos anuncios, las provincias de Chaco, Formosa, Corrientes,
Misiones y el Norte de Santa Fe, deban utilizar hasta el día de hoy el gas
envasado, que es mucho más caro que el gas natural. Así, el Noreste sigue
siendo la región más desfavorecida, relegada y marginal del país, ya que sus
habitantes y empresas no sólo deben afrontar el alto costo que tienen las
garrafas para poder proveerse, sino que además, por ello mismo ven limitadas
sus posibilidades de desarrollo.
El proyecto de la obra del
Gasoducto del NEA tiene una enorme trascendencia para mi Provincia,
Formosa, desde los sectores más vulnerables a los sectores industriales, que
actualmente cargan con una desventaja manifiesta al momento de hacer
competitivas sus producciones.
En este marco, resulta imperioso
velar por cumplimiento urgente de estas esperadas obras y conocer
fehacientemente su estado de avance, para lo cual he presentado diversos
proyectos, como ser el Expediente 8531-D-2010, presentado en diciembre de
2010, el Expediente 0875-D-2012, presentado en marzo de 2012, y el
expediente 2254-D-2013, presentado en abril de 2013, sin recibir respuesta
alguna por parte del Poder Ejecutivo.
La actual escases de gas envasado
que afecta a los habitantes e industrias de la provincia de Formosa podría
haberse evitado si se hubiera cumplido a tiempo con el mandato constitucional
de desarrollo equilibrado de las regiones y con las promesas de construcción de
la obra GNEA, tantas veces anunciada por el gobierno.
Es por ello que instamos al Poder
Ejecutivo a dar celeridad en su cumplimiento, para poner fin al absurdo
aislamiento que la carencia de gas natural en redes provoca en la región frente
al resto del país.
Por lo expuesto, solicito a mis
pares la aprobación de este proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0257-D-15 |