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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5373-D-2013

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CONVENIO FIRMADO ENTRE LAS FIRMAS YPF Y CHEVRON, PARA LA PRODUCCION DE PETROLEO Y GAS EN LA FORMACION VACA MUERTA, PROVINCIA DEL NEUQUEN.

Fecha: 22/07/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 94

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional y por su intermedio al Ministerio de Planificación Federal, Inver- sión Pública y Servicios de la Nación, de acuerdo con lo previsto en el artí- culo 100, inciso 11, de la Constitución Nacional y los artículos 117 y 204 del Reglamento de esta Cámara, a fin de que informe sobre el convenio firmado entre las petroleras YPF y la estadounidense Chevron para la pro- ducción de petróleo y gas en la formación Vaca Muerta en Neuquén.
Concretamente, se le pide que informe:
1. El texto completo del acuerdo firmado entre ambas compañías, con todos sus anexos, adjuntos o complementos de cualquier índole.
2. Si se creará o crea- rán sociedades especiales para operar el convenio.
3. Cuál es la razón so- cial, cuáles los porcentajes de participación de los socios y el tipo social de la nueva empresa creada por el convenio entre YPF y Chevron para la explotación de Vaca Muerta.
4. Las inversiones ya realizadas por ambas compañías, las inversiones a realizarse por ellas y el costo total del proyecto.
5. Por qué no se ha puesto en funcionamiento el Consejo Federal de Hidrocarburos creado por el artículo 4° de la ley 26.741.
6. De qué manera se concretará la participación de las provincias en la definición y puesta en práctica de la política hidrocarburífera, de acuerdo con lo previsto en la ley 26.741.
7. Si se ha previsto la aplicación de legislación extranjera al convenio en cuestión, cuál es esa legislación y razones que determinaron la decisión.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En estos días trascendió la existencia de un acuerdo entre la petrolera estatal YPF y Chevron, cuyos detalles son aún desconocidos. Según se ha revelado en diversas fuentes periodísticas, dicho acuerdo implicaría una inversión por parte de la em- presa estadounidense, en la primera fase del desarrollo, de 1240 millones de dólares en las zonas de Loma La Lata Norte y de Loma Campana, ubi- cadas en la provincia de Neuquén. Pese a su importancia, se informó lige- ramente acerca de este acuerdo a través de dos comunicados, uno de prensa y otro que se envió a la Comisión Nacional de Valores.
Sólo se sabe que ambas compañías integrarían una sociedad en partes iguales a la cual se le asig- narían 97.607 acres de Vaca Muerta. Chevron aportaría 1240 millones de dólares para una explotación inicial de 4942 acres de los cuales, 740 se destinarían a la adquisición de los activos y 240, a compensar a YPF por los trabajos realizados en la zona. De modo que la inversión genuina sería de sólo 500 millones de dólares. Es decir que la suma de 1.500 millones que se venía adelantando sería engañosa ya que incluiría las inversiones ya realizadas por YPF en esa zona.
En un gobierno democrático, este tipo de acuerdos que involucran sociedades estatales, deben darse a conocer. Si no se llegará a hacer público el contenido completo de dicho acuerdo, se confirmaría la existencia de cláusulas contractuales secretas, las cuales sólo son concebibles en una dictadura, nunca en una repúbli- ca.
No se debe pasar por alto que, otorgar beneficios impositivos, tales como la reducción de retencio- nes a la exportación, es algo que no puede hacerse mediante un decreto del Poder Ejecutivo Nacional, puesto que nuestra Constitución establece que dichas facultades corresponden al Poder Legislativo (cfr. art.75, inc.1°). Tampoco se entiende el motivo por el cual se le otorgarían a Chevron ventajas cambiarias permitiéndole exportar parte de la produc- ción sin retenciones y garantizándole la libre disponibilidad de los fondos en dólares que esas operaciones generen, violando de esta manera la igualdad ante la ley (cfr. art.16 de la C.N.).
Por otro lado, cabe recordar que, de acuerdo con los artículos 4° y 5° de la ley 26.741, debió haber sido consultado el Consejo Federal de Hidrocarburos, creado por esa ley e integrado por representantes de todas las provincias y de la Ciudad Autó- noma de Buenos Aires. Pero ocurre que, al reglamentar la ley mediante decreto 1277/2012, la presidenta cambió ese órgano, federal y plural, por la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, en la cual no tienen representación las provincias y está integrada solo por unos muy pocos funcionarios del Po- der Ejecutivo. En definitiva, el gobierno ni siquiera respeta las leyes cuya sanción impulsa en el Congreso.
Con respecto a esto último, el acuerdo en cuestión debería dar participación a las provincias, las cuales no han delegado la competencia sobre sus recursos naturales al Estado Nacional, a fin de respetar nuestro sistema federal.
Sería ideal discutir entre to- dos y en serio una verdadera política petrolera, destinada a perdurar en el tiempo y, sobre todo, a lograr el autoabastecimiento que todos extraña- mos y ansiamos.
Por las razones expuestas, solicito al Poder Ejecutivo que informe sobre los puntos señalados.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TONELLI, PABLO GABRIEL CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)