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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 5326-D-2018

Sumario: PROGRAMA DE INTERCONEXION CONTINENTAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR AL SISTEMA DE INTERCONECTADO NACIONAL. IMPLEMENTACION.

Fecha: 30/08/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110

Proyecto
PROGRAMA DE INTERCONEXION CONTINENTAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO A.e.I.A.S AL SISTEMA DE INTERCONECTADO NACIONAL
Artículo 1º: Impleméntese el Programa de Interconexión Continental de la Provincia de Tierra del Fuego A.e.I.A.S al Sistema de Interconectado Nacional (SIN).
Artículo 2°: La finalidad de la presente ley es establecer las condiciones económicas y técnicas que posibiliten la construcción, operación, diseño, licenciamiento y puesta en servicio comercial de las obras que resulten necesarias para conectar al Sistema de Interconectado Nacional (SIN) a la Provincia de Tierra del Fuego A.e.I.A.S.
Artículo 3°: El Ministerio de Energía y Minería de la Nación será el órgano de aplicación de presente ley, en consecuencia, tomará a su cargo todo lo concerniente a la elección de financiamiento, llamado a licitación o concurso nacional o internacional, estudio de pre-factibilidad y factibilidad, proyecto, contratación, ejecución, fiscalización, recepción y puesta en servicio de las obras, las cuales estarán sujetas a las disposiciones previstas en la Ley 27.328.
Artículo 4°: El Poder Ejecutivo, a través de la autoridad de aplicación, otorgará la garantía de la Nación a las obligaciones contraídas, en virtud del artículo precedente, por los montos y condiciones convenidas en el contrato de participación publico privada.
Artículo 5°: Invítese a la Nación y a la Provincia de Tierra del Fuego A.e.I.A.S a celebrar convenios de cooperación con el fin de contribuir al desarrollo integral del proyecto.
Artículo 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Sistema de Interconectado Nacional es la red de transporte de energía eléctrica que conecta los generadores con los usuarios finales de los centros urbanos e industriales del país.
Por medio de la presente iniciativa se contempla que el Estado nacional, a través de Ministerio de Energía y Minería de la Nación, promueva las acciones contribuyentes a la construcción de una serie de líneas de transmisión de energía eléctrica destinadas a mejorar la calidad y seguridad, con el fin de reducir costos de trasporte de energía tendientes a solucionar los problemas estructurales de la red de alta tensión que impiden un desarrollo armónico del mercado, asegurando el abastecimiento de energía a la región austral, incorporando a la Provincia de Tierra del Fuego al Sistema de Interconectado Nacional.
Asimismo, el presente proyecto de ley faculta a la autoridad de aplicación que instrumente los mecanismos necesarios para financiar y promover la viabilidad de las obras de interconexión eléctrica a partir de las prescripciones establecidas en la Ley 27.328. El resultado final de la iniciativa es resolver los problemas estructurales que presenta la red de transporte de alta tensión, garantizando un mejor abastecimiento a la citada provincia austral.
Esta incorporación se sumaría a las interconexiones de Puerto Madryn (Chubut) – Pico Truncado (Santa Cruz) y Pico Truncado (Santa Cruz) – La Esperanza – Río Gallegos – Río Turbio, cuyas obras posibilitaron extender el Sistema de Interconectado Nacional a la Patagonia.
Por otro lado, se promueve que por medio de la presente iniciativa toda la región patagónica tenga la misma posibilidad de desarrollo económico debido a la existencia de condiciones que harán factibles aprovechamientos industriales y que estos a su vez puedan ser complementados con las acciones llevadas a cabo por la política de desarrollo sustentable de fuentes de energía renovable, y que puedan alinearse al régimen de fomento nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energética establecido por ley 26.190, sus modificaciones y su reglamentación.
Conjuntamente a ello, brinda la potestad a la autoridad de aplicación para que defina la instancia administrativa propia para el procedimiento y selección de los organismos que lleven a cabo los estudios y el desarrollo de la obra, la identificación del proyecto y su naturaleza, los estudios factibilidad económica y técnica, el monto estimado de inversión, como así también la fuente de los recursos y financiamiento, ya sean del sector público o privado. En consecuencia, persiguen dos grandes objetivos: el más urgente es dar una pronta solución al problema energético de la provincia, y promover a generar nuevas oportunidades de trabajo genuino para los ciudadanos Fueguinos.
Además, estas obras se presentan como significativamente estratégicas para generar un servicio público de calidad y sostenido en el tiempo, cabe destacar que en los últimos tiempos se han visto en la provincia una serie cortes en el servicio producto de la avería de las turbinas de generación y sumado a esto, la dependencia de la provincia en la producción de energía eléctrica a partir del gas como principal elemento generador, lo cual tiene un correlato en termino de costos y de incumplimiento a la legislación internacional suscripta por el Estado Nacional en el marco de los Mecanismos de Desarrollo Limpio del Protocolo y el Acuerdo de Paris.
Finalmente, por medio de la implementación de la presente iniciativa se finalizaría con las compensaciones que el Estado Nacional debe abonar a la Provincia por no formar parte del Sistema de Interconectado Nacional (SIN).
Por los motivos antes expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROMA, CARLOS GASTON TIERRA DEL FUEGO PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA