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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2119 Internos 2119/18

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 5249-D-2015

Sumario: MEDICION NETA: SISTEMA DE MEDICION DE CONSUMO ELECTRICO QUE PLANTEA EL COBRO DE LA DIFERENCIA ENTRE CONSUMO Y GENERACION DE UN USUARIO QUE PRODUCE ELECTRICIDAD DE FUENTES RENOVABLES Y LA INYECTA A LA RED PUBLICA.

Fecha: 24/09/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129

Proyecto
Medición Neta
Artículo 1°- Todas las empresas distribuidoras eléctricas del territorio argentino deberán, a solicitud del usuario, permitir la conexión de la generación eléctrica propia de fuentes renovables a la red interconectada nacional estableciendo un sistema de medición neta para el cobro del suministro.
Artículo 2°- Definiciones. A efectos de esta ley, se entenderá por:
Medición Neta: sistema de medición de consumo eléctrico que plantea el cobro de la diferencia entre consumo y generación de un usuario que produce electricidad de fuentes renovables en su domicilio y la inyecta a la red pública, existiendo la posibilidad de transferir los excedentes de energía medidos en kilovatios hora, al período de facturación siguiente en el caso de superavit.
Energía eléctrica de fuentes renovables: energía eléctrica generada por energía eólica, solar, geotérmica, hidráulica y biomasa.
Empresa Distribuidora: cualquier entidad o empresa concesionaria de suministro eléctrico de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.065, sus normas reglamentarias y complementarias.
Excedente: exceso o superávit de energía de un consumidor-generador medido en kilovatios hora al final de un período de facturacion.
Artículo 3° - Beneficiarios. Todos los usuarios regulados del sistema eléctrico nacional.
Artículo 4°- Autoridad de Aplicación. La autoridad de aplicación de esta ley será la Secretaría de Energía de la Nación.
Artículo 5°- Contratos -Los contratos de medición neta deberán celebrarse entre la empresa distribuidora y el usuario, y deberán ser de fácil y ágil aplicación. Dichos contratos no deberán representar ningún costo adicional para el usuario, ya sea, tanto de conexión como de tarifa diferenciada.
Artículo 6°- Costos. La responsabilidad, la propiedad y los costos de la conexión al sistema interconectado nacional y del medidor o medidores, y su mantenimiento serán exclusivos y a cargo de las empresas distribuidoras.
Artículo 7°- Excedentes. Los excedentes generados por el usuario serán trasladados al proximo período de facturación del mismo.
Artículo 8°- Seguridad. Toda instalación de generación eléctrica domiciliaria deberá estar debidamente habilitada por el organismo que la autoridad competente designe y estará sujeto a inspecciones periódicas.
Artículo 9°- Desconexión. Toda instalación deberá incluir un mecanismo de desconexión automática del flujo hacia el sistema interconectado nacional, de facil y rápido acceso.
Artículo 10°- Capacidad Máxima Instalada por Sistema. La capacidad máxima total instalada por microgeneración conectada a la red nacional deberá ser menor o igual al 3 % de la demanda pico de potencia del sistema durante los primeros 10 años de la implementación de esta ley y a partir de ese plazo deberá ser menor o igual al 5 % de la demanda pico de potencia del sistema.
Artículo 11°- Fondo. El Poder Ejecutivo Nacional, a travás de la autoridad de aplicación, creará un Fondo para financiar la adquisición de equipos de generación domiciliaria de energías de fuentes renovables.
Artículo 12°- Promoción. El Poder Ejecutivo Nacional, a través de la autoridad de aplicación, realizará acciones de difusión a fin de comunicar la posibilidad de la contratación de medición neta y la existencia de un fondo exclusivo para la financiación de la compra de equipos para generación domiciliaria.
Artículo 13°- Invitación. Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley y a dictar, en sus respectivas jurisdicciones, su propia legislación destinada a promover la producción domiciliaria de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.
Artículo 14°- Reglamentación. El Poder Ejecutivo Nacional deberá reglamentar la presente ley dentro de los noventa (90) dias de promulgada la misma.
Artículo 15°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Si bien en los últimos años la República Argentina ha desarrollado avances en cuanto a inversiones y a políticas de fomento en la generación de electricidad de fuentes renovables y uso racional de la energía; en materia energética, tiene una deuda pendiente: la microgeneración eléctrica domiciliaria a partir de fuentes renovables conectada a la red pública.
Este tipo de generación es conocida en el mundo como medicion neta, ya que el usuario produce energía en su domicilio, y conectado a la red, sólo abona el consumo neto de electricidad a la distribuidora. Es decir, abona la diferencia entre lo consumido de la red pública y lo inyectado a la misma. Con la ayuda de un medidor bidireccional o dos medidores independientes, la distribuidora y el usuario son capaces de netear el consumo de energía del usuario, llegando a remunerar los excedentes en algunos paises.
Los beneficios principales de la microgeneración con energías renovables son la diversificación de la matriz energética con fuentes autóctonas, disminución de pérdidas en la distribución, la protección del medio ambiente, y la promoción del desarrollo y el conocimiento a través de la generación de empleo calificado. Como elemento adicional, la instalación de un sistema de microgeneración ayuda a generar una conciencia social en cuanto al uso eficiente de la energía, ya que permite ver de modo más cercano la cantidad de recurso necesario para generar la misma.
Nuestro país tiene un sistema eléctrico centralizado, con una matriz energética diversificada pero mayormente térmica con una oferta nacional que no alcanza a abastecer su demanda interna, con costos reales de generación 5 veces superiores a los valores de venta y con una demanda eléctrica por habitante constantemente en alza.
Según el informe de CAMMESA durante el año 2014, a valores medios de potencia, la demanda de energía presentó un crecimiento alrededor del 1.0 %, menor al crecimiento alcanzado en el año 2013 que se ubicó en 3.3%.
En los primeros meses del año, en especial en el mes de enero, un mes de máxima exigencia para el sistema por altas temperaturas, la demanda presentaba una variación positiva. A partir del segundo semestre la variación de la demanda fue inferior haciendo que el año cierre con un crecimiento menor al del año anterior, cerrando el año con un crecimiento medio del 2%, mientras que la gran demanda prácticamente no presentó variaciones.
La disponibilidad del parque térmico fue similar, o algo superior a la generación ingresante durante el año estuvo en el orden de los 40 MW, dentro de los cuales se destaca el ingreso de la segunda etapa del parque eólico Arauco, con 25 MW
En el corto plazo se espera el ingreso de nueva potencia, proyectos que en algunos casos están en proceso de prueba y puesta a punto, que sumarían alrededor de 2600 MW. Entre estos se destacan el ingreso de la C.T. Vuelta de Obligado con 560 MW, la C.T. Rio Turbio con 240 MW, la CT Guillermo Brown con 600MW, los cierres de los ciclos combinados B. López y Ensenada-Barragán con 450 MW adicionales y la nueva central nuclear Atucha II con 740 MW.
En lo que concierne a la demanda por tipo de agentes durante el año 2014 se puede establecer que:
a) Distribuidores 79 %
b) Grandes Usuarios menores y mayores del Mercado Mayorista 20 %
c) Autogeneradores 1 %
Podemos resumir la generación y demanda eléctrica al 31 de diciembre de 2014, mediante los siguientes guarismos:
GENERACIÓN
Agentes MEM 126.421
Pérdidas 4.293
Bombeo 485
Exportación 6
DEMANDA
Térmica 83.265
Hidráulica 40.663
Nuclear 5.258
Importación 1.390
Renovables 629
Ahora bien, según el Informe Anual 2010 publicado por CAMMESA, la capacidad instalada de Argentina estaba compuesta al 31/12/2010 por 28.665 MW de los
cuales 11.036 MW (38%) de centrales hidroeléctricas, 16.624 MW (58%) de centrales térmicas convencionales y 1.005 (4%) de centrales nucleares. La energía generada en 2010 y destinada al servicio público fue de 115.735 GWh (111.333 Gwh en 2009); y tuvo en un 57.4% origen térmico (55% en 2009), 34.7% hidráulico (36,2% en 2009), 5,8% nuclear (6.8 % en 2009)y 2% procedió de la importación (1,8% en 2009). Si comparamos cifras de la composición de la oferta de energía por fuente a través de los años (1992- 2010), observamos que la generacóon termica tiende a incrementarse (de 46% en 1992 a 57.4 % en 2010), siendo el principal combustible para la generación térmica el gas natural.
En cuanto a la oferta y a la demanda energética, en 2010, Argentina importó energía de Brasil (1.203 GWh), de Paraguay (437 GWh) de Uruguay (711 GWh) por un total de 2.351 GWh y exportó una total de 359 GWh mayormente a Uruguay (342 GWh) y poco a Brasil (17 GWh). Es decir, importó un total neto de 1.992 GWh, o un 2% de su energía eléctrica. Desde el año 2002, este porcentaje no ha variado en promedio. Lo que sí cabe destacar es la importación de gas que Argentina ha incrementado en los últimos años. De ser un país exportador de hidrocarburos, en 2009 se convirtió en importador.
Con respecto al parque generador, en 2010 la generación ingresante, incluyendo los 97 MW de generación distribuida de ENARSA, estuvo en el orden de los 1100 MW (en 2009 fueron 800 MW). Como podemos observar, este incremento en la potencia instalada de 3.8% no alcanza a cubrir el incremento de la tasa de crecimiento de demanda eléctrica de 5.8% segun afirma CAMMESA.
Durante el año 2014 la oferta de gas se ubicó levemente superior a los valores medios previstos, cerrando el año con un consumo algo mayor al 2013. Frente a una demanda con variación marginal en la industria, y manteniendo una mayor disponibilidad del producto, el consumo medio diario de gas destinado a generación en el año 2014 fue de 39.3 Mm3/d, mientras que para el año 2013 se había alcanzado una media de 38.3 Mm3/d.
Finalmente, otro dato que nos indica la tendencia en la demanda, segun la Comision de Integracion Energética Regional (CIER), nuestro país tiene un consumo por habitante de 3.175 Kwh/hab (2009), 3.365 Kwh/hab (2010) y 3.496 Kwh (2012). Donde el consumo por habitante ha crecido de 2.438 KWh/hab en el año 2000, a 2.871 en el año 2005 a 3.365 en 2010 y 3.496 en 2012. Por todo lo expuesto podemos afirmar que la oferta crece, con grandes esfuerzos por parte del Estado que lidera inversiones en el parque generador, en líneas de transmisión, y que promueve las energías de fuentes renovables, pero no alcanza a cubrir la demanda, que además tiene una tendencia a incrementarse más allá del crecimiento poblacional.
Con respecto al costo de la energía y su precio de comercialización, podemos afirmar que la energía cuesta 5 veces aproximadamente más de lo que vale. Según el informe anual 2010 de CAMMESA, el precio monómico representativo de costo total de operacion del MEM alcanzo los 256$/MWh, frente a los 179 $/MWh del año anterior; y el precio monómico estacional, representativo de lo recaudado de los agentes distribuidores fue del orden de 55 a 61 $/MWh. De la misma forma que el año anterior los pagos de los demandantes no alcanzaron a nivelar los costos reales de generación y fueron cubiertos por aportes del tesoro nacional.
Durante el año 2014 el precio de la energía, determinado según las Res. SE 240/03, que supone abastecimiento de gas sin límites para todo el parque generador que lo pueda consumir y con un tope de 120 $/MWh, se mantuvo cerca de dicho tope.
El precio monómico representativo de costos total de operación del MEM, incluyendo los cargos de potencia y sus servicios asociados, los sobrecostos debido a la utilización de combustibles, los cargos a la demanda excedente de los GU y los Contratos de Abastecimiento MEM, alcanzó una media del orden de los 550 $/MWh, frente a los 389 $/MWh del año anterior.
Como dato a destacar, a partir de este año se realizaron ensayos para el intercambio de energía con el país vecino de Chile.
Como resumen de las variables económicas más relevantes del año 2014, se destaca que la diferencia entre el precio monómico en el 2014, comparado con el 2013, se debió a:
- PM spot se mantuvo cercano a los 120 $/MWh.
- Aumento de los costos de contratos MEM por ingreso de contratos tipo 220,aumento NASA, incremento generación distribuida/móvil de ENARSA y variación de la tasa de cambio.
- Aumento de sobrecostos de despacho por incremento del valor de la tasa de cambio y consumo de combustible alternativo.
- Actualización de la Resolución SE N° 95/2013 por la Resolución SE N° 529/2014 en cuanto a la remuneración de los generadores de acuerdo a sus costos.
En resumen, vemos que nuestro país puede ser beneficiado al incorporar generación electrica distribuida de fuentes renovables ya que la misma aumentará la oferta energética, ayudará a evitar las pérdidas de transporte, aumentará el porcentaje de oferta de energía de fuentes renovables que es uno de los objetivos trazados por nuestro país (Ley N° 26.190), ayudará a crear fuente de trabajo
calificado, y contribuirá a concientizar a la población sobre los costos reales de la energía y sobre el uso racional de la misma.
La microgeneración con el sistema de medición neta ha sido implementada en el mundo con asombrosos resultados. Atento a diferentes realidades energéticas y precios de mercado, países de Europa, América, Asia y Oceanía han implementado este sistema. Algunos remuneran los excedentes, otros simplemente lo computan como crédito para la próxima factura (roll-over); otros discriminan los usuarios y diferencian los límites de potencia y los beneficios, otros limitan el porcentaje de energía proveniente de microgeneración en el sistema eléctrico estatal o nacional; pero todos, absolutamente todos, tienen un comun denominador: un sistema simplificado para la adhesión al sistema, e incentivos fiscales y crediticios para promover la inversión privada y convertir la microgeneración apetecible económicamente para el usuario.
La medición neta se encuentra altamente consolidada en los Estados Unidos; en algunos estados desde hace mas de 30 años. Los casos emblemáticos son los de los estados de Oregon, California, Colorado y Texas. Un aspecto a destacar en la regulación norteamericana es que muchos estados han diferenciado entre pequeños clientes y grandes clientes, lo cual ha funcionado bien para disminuir las barreras de entrada a clientes residenciales. Además, diferencian a los pequeños clientes que operan con equipos certificados y los que no, exigiendo a los primeros menos requerimientos técnicos. En Europa la situación es un tanto distinta. Si bien los países europeos se encuentran liderando el campo de las energías renovables, la experiencia en cuanto a medición neta es distinta entre los distintos países. Italia ha demostrado tener éxito debido a su legislacion detallada y a medida del mercado. En cuanto a Latinoamérica, El Salvador, Panamá, México, Uruguay ya tienen un sistema de medición neta y en Chile esta en vías de implementarse.
En Uruguay, fue aprobado el Decreto 173/10, el cual habilita la conexión a la red de baja tensión de generadores de fuentes renovables de energía eolica, solar, biomasa y minihidráulica, entrando en vigencia desde del 1 de julio de 2010. Este decreto se enmarca en la Política Energetica Nacional 2005-2030 y su correspondiente Plan Estratégico de Implementación, tendiente a fomentar la utilización de fuentes autóctonas de energía, renovables, no tradicionales, siendo Uruguay pionero en Sudamérica en liberar la conexión de generación eléctrica de fuentes renovables en la red pública de distribución.
Cabe destacar que con la creación de la Comisión Multipartidaria del Sector Energético en el año 2010, se alcanzó un consenso de la Política Energética 2005-2030 con todos los partidos políticos uruguayos con representación parlamentaria constituyendo una verdadera política de Estado en el sector energético.
Este proyecto de ley pretende permitir y regular la microgeneración eléctrica domiciliaria conectada a la red bajo el sistema de medición neta en nuestro país. Como se aprecia en el articulado, los beneficiarios son todos los usuarios regulados en el territorio nacional, que por definición son los que tienen menos de 30 KW de potencia.
La idea es plantear un sistema de roll-over para los excedentes. Es decir, los excedentes de energía que pudiera tener un usuario, se computarán como credito en KWh en el próximo período de facturación; pero no se remunerarán. Los excedentes sería convenientes que caduquen en algún momento, pero se decidió dejarlo pendiente para la oportunidad de la reglamentación.
En cuanto a las cuestiones técnicas y de seguridad se mencionan dos temas importantes dejando el resto a la reglamentación; uno el tema de fácil y rápida desconexión y el otro tema es referido al porcentaje máximo de participacion en la generación de electricidad para evitar inconvenientes de tensión en la red nacional. Los países que utilizan el sistema de medición neta plantean un máximo del 5%.
Por último, se plantea la creación de un fondo para financiar la adquisición de equipos para la microgeneración ya que sin incentivos crediticios, además de los tributarios que el Estado pudiera sumar, la viabilidad de esta iniciativa se vería truncada.
Estoy convencido que este proyecto de ley (que se inspira en el expediente S-0683/12 del ex senador nacional Fabio Biancalani), contribuirá a construir una solución acertada al problema energético actual de la Argentina, y que ayudara a encaminar a nuestro pafs hacia un futuro energético mas sostenible y limpio.
Pido por consiguiente, el acompañamiento de mis pares con su voto a efectos de su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA