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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4523-D-2014

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CONSTITUCION Y EL FUNCIONAMIENTO DEL "FONDO FIDUCIARIO GASODUCTO NORESTE ARGENTINO".

Fecha: 10/06/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo que a través del organismo que corresponda, informe:
1. Si se dispusieron las medidas necesarias para que el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios dicte la reglamentación de la constitución y funcionamiento del Fondo Fiduciario Gasoducto Noreste Argentino aprobado por esta Cámara en el Presupuesto 2012;
2. Si se hubiere reglamentado, el monto al que ascienden los ingresos y egresos del Fondo, desde su creación a la fecha;
3. Las obras y/o proyectos que han sido financiados con recursos del Fondo desde su creación hasta el día de la fecha;
4. Los criterios que han sido aplicados para decidir la asignación de recursos;
5. La distribución de los recursos, desde su creación, provincia por provincia;

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley de Presupuesto para la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 creó en su artículo 66 el Fondo Fiduciario Gasoducto Noroeste Argentino cuyo objeto es la financiación para la construcción del Gasoducto para las provincias de la región del NEA.
El artículo 66 de la mencionada Ley de Presupuesto, la Ley 26.728 dictamina: "Créase el Fondo Fiduciario Gasoducto Noreste Argentino (GNEA) cuyo objeto será financiar, avalar, pagar y/o repagar las inversiones, los tributos y los gastos conexos necesarios para la realización del proyecto Gasoducto del Noreste Argentino, (Decreto 1136 de fecha 9 de agosto de 2010), como las redes domiciliarias de magnitud e instalaciones internas en función de parámetros de índole socioeconómica o humanitaria."
Y agrega: "Créase como aporte al fondo un cargo a pagar por los usuarios de los servicios regulados de transporte y/o distribución, por los sujetos consumidores de gas que reciben directamente el gas de los productores sin hacer uso de los sistemas de transporte o distribución de gas natural y por las empresas que procesen gas natural."
Es ampliamente conocida la inequidad del sistema energético argentino en cuanto a provisión de gas por redes, siendo las provincias de Corrientes, Chaco, Formosa, Misiones y norte de Santa Fe las más damnificadas. Celebramos en su momento la ley de presupuesto que incluía la creación del Fondo Fiduciario que iba a financiar las obras para la construcción del gasoducto que conectase dichas provincias al suministro de gas por red, obra que venía a reparar una injusticia histórica.
Sin embargo la constante demora en la construcción del gasoducto le ocasiona un perjuicio a las provincias afectadas que tal como lo pronunciara la Señora Presidente Cristina Fernández de Kirchner en un discurso con motivo del acto de licitación del gasoducto en Septiembre de 2012, no solo afecta el desarrollo económico y productivo sino que impide el crecimiento de sus economías regionales:"Aquí estamos dando respuesta a una importantísima inversión que va a hacer el Estado Nacional y tiene que ver con dotar de posibilidades de desarrollo, porque no es solamente el residente que tiene que tener garrafa o gas de los tubos grandes para poder proveerse, sino es también reducir las posibilidades de desarrollo y de crecimiento económico para esos lugares, porque obviamente cuando alguien hace una inversión mide la disponibilidad y el costo que le va a significar la provisión de energía y en base a eso toma su determinación. Seguramente parte de esa falta de desarrollo que tienen amplias regiones de nuestro país todavía en materia de generar puestos de trabajo y valor agregado a las materias primas en origen tiene que ver también, entre otras cosas, con estas cuestiones." (1)
Asimismo origina este pedido de informes la poca información pública que existe respecto del Fondo mencionado. La desinformación es tal que ni siquiera conocemos si dicho fondo fue oportunamente reglamentado por el Ministerio de Planificación Federal e Inversión Pública y Servicios.
La larga experiencia en la administración de Fondos Fiduciarios nos indica que es necesario el control por parte de los distintos estamentos del estado para garantizar la transparencia y buen manejo de los fondos, por ello solicito a mis pares acompañen el presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VALDES, GUSTAVO ADOLFO CORRIENTES UCR
PASTORI, LUIS MARIO MISIONES UCR
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)