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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4272-D-2011

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA LICITACION INTERNACIONAL DE "ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA)", SOBRE EXPLORACION DE HIDROCARBUROS EN AREAS MARITIMAS NACIONALES.

Fecha: 30/08/2011

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que a través de los organismos pertinentes, sírvase de informar acerca de las siguientes cuestiones:
1) ¿Tiene ENARSA planes de efectuar una licitación internacional para la exploración de hidrocarburos en las áreas marítimas nacionales?
2) En caso afirmativo, sírvanse presentar un informe detallado de los mismos, incluyendo los siguientes puntos:
a) ¿De qué áreas se trata?
b) ¿Bajo qué modalidad contractual se firmarán los contratos (concesión, Unión Transitoria de Empresa, etc.)?
c) ¿Cuál será el papel de ENARSA en dichas exploraciones?
d) ¿Tendrá ENARSA, en representación del Estado Nacional, la mayoría accionaria de las asociaciones en dichas áreas?
e) ¿Qué medidas y reglamentaciones se llevarán a cabo para garantizar la conservación del ecosistema, de la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético de la Nación en dichas áreas?
f) ¿Quién será responsable penal y econonómicamente en caso de daño ambiental?
g) ¿Existe una normativa ambiental específica para la exploración y explotación hidrocarburífera off shore? En caso contrario, ¿en qué plazo se estima su dictado?.
h) ¿Cuáles serán los mecanismos de control para garantizar el cumplimiento de los artículos 25 y 34 de la Ley 17.319?
i) ¿Las empresas adjudicatarias serán acreedoras de los beneficios fiscales, impositivos y aduaneros, del Régimen Promocional para la Exploración de Hidrocarburos creado por la Ley 26.154?
j) ¿ENARSA entregará a las empresas adjudicatarias información sísmica o geológica? En caso afirmativo, indiquen el monto con que serán abonados por las mismas y cómo se distribuirán dichos importes.
k) ¿Se tuvo en cuenta la posibilidad del desarrollo de las áreas a licitarse por parte de la propia ENARSA o la asociación con empresas privadas manteniendo la mayoría accionaria? ¿A qué conclusiones se arribó?
3) Sírvanse informar el grado de avance de las exploraciones en las áreas E1 (ex áreas CAA-7 y CAA-44), E2 (ex CAM-1) y CAM-3 y E3, llevadas adelante por YPF S.A., Enap Sipetrol y Petrobras Energía S.A. en carácter de operadores, respectivamente.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Diversos medios de comunicación han difundido la noticia que la empresa ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) planea la licitación de áreas ubicadas en el Mar Argentino para la exploración de hidrocarburos. El presidente de la empresa, Exequiel Espinoza, declaró en varias oportunidades la posibilidad de realizar este tipo de licitación, sin que exista información oficial al respecto. Según la prensa, el propio ministro De Vido habría invitado a la empresa estatal kuwaití Kuwait Petroleum Corp (KPC) en estas licitaciones. Recientemente, el presidente de ENARSA declaró que la licitación estaba definida, encontrándose la empresa en proceso de cierre de los pliegos (El Inversor Energético & Minero N° 56, Mayo/2011).
Recordemos que la Ley 26.197, conocida como Ley Corta, reservó para el Estado Nacional el dominio de los yacimientos de hidrocarburos que se hallasen a partir de las doce millas marinas hasta el límite exterior de la Plataforma Continental (artículo 2º de la Ley 25.943), siguiendo a la Ley 24.145 de privatización de Y.P.F. y la reforma de la Constitución Nacional de 1994.
La titularidad de las áreas del Mar Argentino (tanto en la Plataforma Continental Argentina como en el Talud) en poder del Estado Nacional fue otorgada a ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) por la Ley 25.943 en 2004. En total, se adjudicaron a ENARSA 62 bloques de una superficie aproximada de 12.000 km2 cada uno (47 en la Plataforma y 15 en el Talud) con una superficie total de 745.000 km2.
Estas serán las áreas que ENARSA licitará, sin que se conozcan públicamente los detalles del plan ni que áreas se licitarían. Según la propia ley de creación de ENARSA, la empresa puede llevar a cabo "el estudio, exploración y explotación de los Yacimientos de Hidrocarburos sólidos, líquidos y/o gaseosos" (Artículo 1°). No obstante, se desconoce si la empresa estudió la posibilidad de desarrollar las áreas hidrocarburíferas directamente, sin tener que acudir a concesiones o asociaciones en minoría, sin poder de control. En caso de que esta opción se haya desestimado, es de interés público conocer los motivos por los cuales se debe acudir a licitaciones. En cambio, si el Poder Ejecutivo no ha estudiado esta posibilidad, sería una falta grave ya que se estaría negando de forma ideológica e infundada la capacidad del propio estado de llevar adelante actividades hidrocarburíferas en forma eficiente, volviendo al ideario neoliberal de la década de los noventa. En este sentido, he presentado el proyecto de Ley 7908-D-10 que propone la creación de Petróleos de Argentina Sociedad del Estado para que sea el Estado Nacional, con participación de las provincias, quien lleve adelante el desarrollo de la actividad hidrocarburífera en el Mar Argentino, garantizando la federalización de la renta.
La exploración y explotación hidrocarburífera en aguas profundas como las que se estarían licitando, deben mantener altos estándares de calidad y seguridad, para evitar estragos ambientales como los causados en el golfo de México por la anglo- norteamericana BP. Por esto, es necesario saber cómo se regulará la actividad para garantizar la conservación del ecosistema, de la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético de la Nación. Sobre todo, porque en materia ambiental, no existe normativa específica para la exploración hidrocarburífera en off shore, cosa que debería remediarse con anterioridad al otorgamiento de licitaciones en áreas marinas.
A su vez, requerimos información sobre si las empresas adjudicatarias de las licitaciones serán acreedoras de los beneficios fiscales, impositivos y aduaneros, del Régimen Promocional para la Exploración de Hidrocarburos creado por la Ley 26.154. Este régimen, dependiente de la asociación con ENARSA, otorgaría grandes beneficios a las petroleras adjudicatarias, por lo que todos los argentinos estaremos financiando parte de las inversiones requeridas a las empresas. Por eso, es de interés conocer el monto estimado de los beneficios que se estarían otorgando a las petroleras.
Desde su creación, las principales acciones de ENARSA en el Mar Argentino fueron la contratación de una empresa para la realización de sísmica 2-D y la firma de contratos con petroleras extranjeras para la exploración de tres áreas.
En 2008, ENARSA contrató con la empresa GX Technology Corporation (GXT) para la realización de sísmica 2-D dentro de las áreas bajo su titularidad. Según la nota anteriormente mencionada, la información sísmica y los datos obtenidos en los pozos perforados por Yacimientos Petrolíferos Fiscales será suministrada en el proceso licitatorio, sin que se aclare si las empresas deberán abonar por esta información y en dicho caso, cuánto le corresponderá recibir a ENARSA.
En cuanto a los contratos con petroleras extranjeras para la exploración hidrocarburífera en áreas marinas, los mismos se realizaron sin licitación alguna, manteniendo en ellas apenas una participación accionaria minoritaria y sin ser el operador de las mismas.
En el área E1 (ex áreas CAA-7 y CAA-44), ubicada sobre el Talud Continental a más de 200 kilómetros la costa patagónica, en zonas de aguas profundas que pueden alcanzar los 1.500 metros de lámina de agua, el consorcio esta constituido entre ENARSA (35%), YPF S.A. (35%), Petrobras Energía S.A. (25%) y Petrouruguay S.A. (5%). YPF S.A. actuará como operador. En la unión de las áreas denominadas E2 (ex CAM-1) y CAM-3, en el Atlántico Sur, abarcando una superficie de más de 13.800 Km2 la Unión Transitoria de Empresas está conformada por ENARSA, YPF S.A. y Enap Sipetrol Argentina S.A., con una participación del 33,33% cada una. Por último, en el área E3, a la altura de Mar del Plata, el contrato es con Petrobras Energía S.A., quien es el operador del área.
Es poco lo que se conoce sobre el desarrollo de éstos contratos, así que estimamos necesaria la consulta sobre su grado de avance al Poder Ejecutivo.
Por todo lo expuesto, solicitamos se apruebe el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SI POR LA UNIDAD POPULAR
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES GEN
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
08/11/2011 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
25/11/2011
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 3036/2011 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 25/11/2011