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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4158-D-2014

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACION DE GAS LICUADO DE PETROLEO PARA SECTORES DE BAJOS RECURSOS.

Fecha: 29/05/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de los organismos que correspondan, informe a esta Honorable Cámara, en relación con el cumplimiento de la ley N° 26.020, en lo referido al abastecimiento y comercialización de gas licuado de petróleo para sectores de bajos recursos, sobre las siguientes cuestiones:
1. A qué importe mensual ascienden los subsidios emitidos por el Estado Nacional, en el marco de la implementación del plan de Garrafa Social en todo el País.
2. Indique cantidad de garrafas sociales subsidiadas por mes en todo el país y por provincia, desagregando por peso, en 10 kg, 12 kg y 15 kg. En caso de incumplimiento respecto de alguna/s de las medidas, cuáles fueron los motivos. Así mismo informe sobre la existencia de demora producida en el último ejercicio en cuanto a las obligaciones de pago por parte del Estado a distribuidoras y cadenas de comercialización.
3. Indique y detalle la distribución de cupos para las jurisdicciones, desagregado por provincia y localidad, y cuál fue el criterio de asignación de los mismos para cada provincia. Indique además cual es el periodo de reposición de garrafas una vez vendidas aquellas consignadas en el cupo.
4. Con qué mecanismos de control sobre distribuidoras y puntos de venta cuenta el Estado Nacional para garantizar la distribución y comercialización de la totalidad de garrafas al precio o valor indicado.
5. Qué sistemas de control se establecen sobre de los usuarios, para garantizar el efectivo cumplimiento de la ley y una eficiente distribución, evitando la reventa o la compra para fines que excedan el consumo, entre otras irregularidades.
6. De qué mecanismos de pronta respuesta y asistencia específicos dispone el Estado ante reclamos o quejas de usuarios, por desabastecimiento del producto, suba de precios no convenida u otro tipo de irregularidades. En caso de no contar con dichos servicios de asistencia, indique los motivos y plazos para el establecimiento de los mismos.
7. Informe en el marco de los Arts. 15 y 16 de la Ley 26.020 ( que establece la creación de un Registro de Envases de GLP), qué cantidad de envases se registraron en todo el País.
8. Informe, en virtud del art. 34 de la citada ley, cuáles son los precios oficiales por región de garrafas hasta 45 kg, detallando aquellos que correspondieran a la denominada "garrafa social" y aquellos que no lo conforman, para el segundo semestre del corriente año. Indiquen además los motivos por los cuales no fueron incluidas las garrafas que no poseen "precio social" en el Programa de Precios Cuidados.
9. Respecto de las sanciones aplicadas a integrantes de la cadena de comercialización en aplicación del artículo 42 de la ley 26.020, Indique razón social, qué sanciones, motivo y lugar donde fueron dispuestas.
10. Indique en virtud del Art. 45 inc. B de la Ley 26.020, el detalle de expansión de ramales de transporte y distribución, redes domiciliarias de gas no cubiertas desde el día de sanción de ese precepto legal hasta el día de la fecha. Describa además el avance de las mismas por provincia y localidad.
11. Elevar a esta Honorable Cámara todas las actuaciones vinculadas al tema en cuestión.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente pedido de informes tiene el objeto de obtener por parte de los organismos correspondientes la información adecuada para corroborar el efectivo cumplimiento del programa "garrafas para todos", creado por ley Nº 26.020 y modificada por la ley N° 26.314. La finalidad que se persigue es garantizar el acceso de los ciudadanos y ciudadanas de bajos recursos a las garrafas a precio social, cuyo cumplimiento está resultando muy dificultoso.
La ley 26.020, sobre Régimen Regulador de la Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo, sancionada en el año 2005, determinó para cada estación invernal y jurisdicción, precios de referencia para comercializar y distribuir el gas envasado. En ese marco se instauró el programa "Garrafas para todos" cuyo objetivo central era asegurar el acceso al gas en todo el territorio nacional por medio de la provisión de la llamada "garrafa social". También se dispuso la creación de un Fondo Fiduciario para atender las necesidades de Gas Licuado de Petróleo de sectores de bajos recursos y para la expansión de redes de gas natural.
Actualmente, muchas regiones de la Argentina aun no cuentan con suministro corriente de gas natural. Quienes habitan en esas extensiones, para tener acceso al gas deben adquirir gas licuado de petróleo, esto es, el gas envasado en garrafas, que no sólo resulta mucho más costoso, sino que crea permanentemente conflictos de escasez en la provisión del mismo.
Resulta oneroso para las familias que consumen el gas de garrafas no sólo en términos económicos: para tener la posibilidad de acceder a una garrafa, deben hacer largas e interminables colas desde el día anterior para adquirirla, incluso dormir en la calle, estar expuestos a situaciones de inseguridad, entre otras. Estas condiciones resultan más apremiantes durante la época invernal, cuando el consumo y demanda de gas licuado se incrementan.
Por otra parte, no son pocos los casos de denuncias de mal funcionamiento en la distribución de las garrafas. En muchas situaciones los primeros que acceden a las garrafas las adquieren en gran cantidad sin ningún control, y en otras estas mismas garrafas se comercializan a precios muy superiores. Una vez más, los sectores más vulnerables, quienes deben subsistir con escasos recursos, serían los más afectados cuando el Estado no encuentra medios eficaces para el cumplimiento efectivo de los programas instituidos.
Más grave aún resulta que, según denuncian los usuarios, en algunos puntos de venta se reduce la entrega de garrafas a precio social y se utiliza el resto del cupo para la venta a precio común, lo que implica que una persona de escasos recursos deba abonar como mínimo un 250 % más del valor garantizado. Esta maniobra especulativa resultaría, además de una defraudación en términos penales, un grave perjuicio para quienes demandan gas licuado y una severa falla en el mecanismo de distribución y comercialización. Este es un ejemplo más de que la falta de controles y la corrupción tiene un impacto directo sobre la pobreza.
Los hechos que se mencionan han generado la preocupación de gobernadores, intendentes, defensores del pueblo y legisladores nacionales y provinciales de estas regiones desde hace tiempo, sin que existan respuestas claras y soluciones definitivas a esta problemática.
Por último, resulta indispensable para esta Cámara, y para el público en general, que el Poder Ejecutivo informe sobre el estado de aplicación efectiva de la Ley Nacional N° 26.020, dado que la misma constituye el marco regulatorio.
En virtud de lo expuesto y a la espera de contar con la información necesaria que sirva para colaborar en la concreción de mecanismos de control más efectivos para la implementación del programa de garrafas sociales en todo el país, tal es la función republicana que este Congreso tiene el mandato de cumplir, es que solicito a mis pares la aprobación del presente pedido.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BURGOS, MARIA GABRIELA JUJUY UCR
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)