ENERGIA Y COMBUSTIBLES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 131
Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
Martes 17.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2119 Internos 2119/18
ceycombust@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 4112-D-2006
Sumario: EXPRESION DE BENEPLACITO POR LA DECISION ADOPTADA POR EL PODER EJECUTIVO DE AUMENTAR EL PRECIO DE VENTA DE COMBUSTIBLE EN ZONAS DE FRONTERA PARA LOS AUTOMOTORES CON PATENTE EXTRANJERA.
Fecha: 21/07/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97
Su beneplácito por la decisión del Poder Ejecutivo Nacional de aumentar el precio del combustible para los automóviles con patente extranjera, en las estaciones de servicio ubicadas en las zonas de frontera de nuestro país.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El precio que los automóviles extranjeros pagaban por el combustible en las zonas de frontera de nuestro territorio generaba situaciones de injusticia y perjuicios a la economía nacional.
Por tal motivo, el pasado 10 de julio de 2006, el Poder Ejecutivo Nacional decidió que las estaciones de servicio ubicadas en localidades fronterizas del país deberán cobrar un precio diferencial, más elevado, a los automóviles con patente extranjera. Esta medida intenta limitar la salida de hidrocarburos del país y evitar la oferta insuficiente de gasoil.
Además, debe destacarse que se venía registrando un crecimiento desmedido de las ventas de combustibles en las zonas de frontera, muy superior a la media de las estaciones del país, lo cual implicaba una fuerte salida de hidrocarburos que, en el caso del gasoil, representaba entre el 1,5 y el 2 por ciento de la demanda nacional.
Tras la devaluación y como consecuencia del escaso aumento de los precios de la nafta y el gasoil (prácticamente congelados en los últimos años), los hidrocarburos quedaron en Argentina a valores más bajos que en los países vecinos y no son pocos los automovilistas que cruzan la frontera para cargar combustible. El aumento para los autos con patente extranjera busca que eso no ocurra, para así restringir la demanda y evitar la estrechez de la oferta. Pero a partir de esta medida, los automovilistas extranjeros deberán pagar valores similares a los de sus países.
No obstante, las estaciones de servicio deberán tener surtidores especiales para los vehículos con patentes de otros países, mientras que los dueños de esos comercios tributarán impuestos más elevados por la venta a extranjeros.
Para citar ejemplos concretos de la situación injusta que se generaba, debe apuntarse que en Paraguay la nafta súper cuesta 0,93 dólar el litro; en Uruguay, 1,35 dólar; en Brasil, 1,15; y en Chile, 1,17; mientras que en nuestro país el costo es de un promedio de 61 centavos de dólar.
Así, entonces, con esta medida se evitará que los automovilistas extranjeros se aprovechen de esta diferencia en los precios, lo cual generaba situaciones injustas, especialmente para los intereses de nuestro país.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DE BERNARDI, EDUARDO | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
02/11/2006 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
29/11/2006 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de resolución con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1819/2006 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; CON 1 DISIDENCIA PARCIAL Y 2 DISIDENCIAS TOTALES | 19/12/2006 |