ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3940-D-2019
Sumario: ESTABLECER UN REGIMEN DE MANTENCION DEL PRECIO DE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS A LOS VALORES VIGENTES AL 9 DE AGOSTO DE 2019, DURANTE 90 DIAS.
Fecha: 20/08/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111
ARTÍCULO 1°: Manténgase el precio de los combustibles líquidos a los valores vigentes al día 9 de agosto de 2019 durante NOVENTA (90) días.
ARTÍCULO 2°: Suspéndase por el plazo establecido en el artículo anterior, la percepción del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos establecido por la ley 23.966, Titulo III, Capítulo I, Art. 4°, a los efectos de poder cumplir con lo establecido en la presente.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El dictado del Decreto 566/2019 ha colocado en un serio riesgo la política energética que con el acuerdo de las empresas productoras de hidrocarburos, las asociaciones sindicales que representan a los trabajadores del sector y provincias productoras conjuntamente con el Gobierno Nacional habían logrado el establecimiento de una política sectorial que está logrando la exploración y desarrollo de la Formación Vaca Muerta, con continuas mejoras y aumentos de la producción de gas y petróleo, colocando al país entre los principales productores de hidrocarburos no convencionales y comenzando a logar el autoabastecimento energético como así también reiniciando el camino de la exportación.
Compartimos la necesidad de establecer momentáneamente un valor fijo para los combustibles a fin de acotar una espiral inflacionaria que depreciaría aún más el poder adquisitivo de nuestra población, aunque creemos equivocado el camino del referido Decreto 566/2019 por las razones ya mencionadas.
La complejidad de la temática deriva en la necesidad de abordar la situación a través del presente proyecto de Ley a los efectos de mantener el congelamiento del precio de los combustibles líquidos y a través de otro proyecto también de mi autoría por el que propongo la derogación del DNU de referencia.
Y para poder cumplir con lo establecido en la presente planteamos la suspensión por el mismo plazo de la percepción del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono establecido por Ley 23966 al que históricamente se lo denomina Impuesto a la Transferencia de los Combustibles (ITC).
Creemos que se puede realizar un esfuerzo compartido entre las provincias y la nación y al suspender este impuesto por un breve lapso de tiempo, estamos protegiendo el poder adquisitivo de nuestros conciudadanos y las inversiones que producen con los recursos de nuestro suelo trabajo y riqueza.
De esta manera, se mantiene el objetivo de congelar el precio de los combustibles en el contexto de crisis económica y social tras la última devaluación, no se afecta a las provincias productoras de petróleo ni a sus pueblos y no se avasalla el federalismo generando consecuencias muy graves para toda la Nación.
Como hemos señalado no cuestionamos el evitar el traslado abrupto de la devaluación al precio del combustible. Nosotros defendemos los empleos y los recursos de los habitantes de nuestra provincia y estamos convencidos de que eso no es incompatible. Por eso formulamos esta propuesta global, mediante los dos proyectos de Ley.
Por todo lo expuesto, agradezco a los señores diputados su voto positivo para con ambas iniciativas.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SAPAG, ALMA LILIANA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
MUÑOZ, ROSA ROSARIO | CHUBUT | TRABAJO Y DIGNIDAD |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
ENERGIA Y COMBUSTIBLES |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MUÑOZ, ROSA ROSARIO (A SUS ANTECEDENTES) |