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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3760-D-2015

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA EL AUMENTO DEL PORCENTAJE DE MEZCLA PARA EL COMBUSTIBLE BIOETANOL CON LA NAFTA ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 8° DE LA LEY 26093 AL DOCE POR CIENTO (12%).

Fecha: 03/07/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82

Proyecto
Solicitar a la Secretaria de Energía de la Nación que disponga el aumento del porcentaje de mezcla para el combustible bioetanol con la nafta establecido en el artículo 8 de la ley 26.093 al DOCE POR CIENTO (12%).

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Le ley 26.093 sancionada en Abril de 2006 establece un régimen de promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles para todo el territorio de la República Argentina.
En este marco, específicamente en lo que refiere al combustible nafta, se prevé un corte del 5% como mínimo para la mezcla con bioetanol, medido sobre la cantidad total del producto total.
La Secretaría de Energía de la Nación, como Autoridad de Aplicación del régimen tiene facultades para aumentar dicho porcentaje.
En este marco, dicha repartición emitió la Resolución Número 44/2014 por medio de la cual aumentó el porcentaje de mezcla de manera escalonada, hasta alcanzar el 10% a partir de diciembre de 2014.
Es por ello, que venimos por el presente a impulsar y acompañar el crecimiento de dicho corte de bioetanol, solicitando a la Autoridad el establecimiento de un nuevo piso legal, de modo que se consoliden los avances y la expansión del mercado.
Ello, sin perjuicio de la facultad de la Autoridad de Aplicación de continuar elevando el porcentaje de mezcla, a fin de propiciar aun continuo crecimiento de esta fuente alternativa de energía.
Esta medida redundará además en el mejor desarrollo de las economías regionales del interior de nuestro país, como la caña de azúcar.
Esta realidad (y urgencia) productivas, se enmarcan en un contexto en el que nuestro país dejó en 2010 de ser el país energéticamente autoabastecido que fue, y en los últimos 6 años hemos importado Energía por 50.000 millones de US$. Una cifra enorme si se tiene en cuenta que nuestras reservas totales en divisas alcanzan aproximadamente a 29.000 millones de US$ y el cepo cambiario es una realidad difícilmente modificable. Un capítulo aparte es el de los astronómicos subsidios energéticos, de alrededor de 4% del PBI, que distorsionan en funcionamiento de la hacienda pública.
En este contexto, además, he presentado en el día de la fecha otro proyecto de ley tendiente a establecer el porcentaje actual de mezcla del DIEZ POR CIENTO mediante una ley Nacional, de modo de fijar un nuevo mínimo legal.
A nivel regional e internacional, los porcentajes de mezcla superan en muchos casos el diez por ciento y la industria automotriz acepta este mayor porcentaje como viable desde el punto de vista técnico. Así por ejemplo, en Brasil el porcentaje varía entre el 20% y el 25%, mientras que en Estados Unidos la propia Agencia de Protección Ambiental autorizó una excepción legal para aumentar el corte, en determinados modelos de vehículos, hasta el 15%.
Por todos los antecedentes expuestos, solicito a los señores diputados el tratamiento favorable y la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO TUCUMAN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)