ENERGIA Y COMBUSTIBLES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 131
Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
Martes 17.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2119 Internos 2119/18
ceycombust@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 3532-D-2011
Sumario: ENERGIA SOLAR Y EOLICA: REGIMEN DE PROMOCION PARA LA INSTALACION Y UTILIZACION EN VIVIENDAS FAMILIARES Y PEQUEÑAS UNIDADES PRODUCTIVAS.
Fecha: 05/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
RÉGIMEN DE PROMOCION
PARA LA INSTALACIÓN Y UTILIZACIÓN DE ENERGÍA SOLAR Y EÓLOICA -
en viviendas familiares y pequeñas unidades productivas-
Artículo 1: Establecesé un régimen de
promoción con el objeto de incentivar la instalación de equipos de energía solar
y/o eólica en viviendas familiares, unidades productivas relacionadas a las
economías regionales, microempresas, pequeñas empresas y empresas de la
economía social.
Artículo 2: Se consideran micro y
pequeñas empresas a aquellas unidades que se encuadren en la clasificación
dispuesta por la Resolución Nº 21/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana
Empresa y Desarrollo Regional dependiente del Ministerio de Industria de la
Nación.
Artículo 3: Se consideran empresas de
la economía social a aquellas reconocidas por el Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social.
Artículo 4: El Banco de la Nación
Argentina otorgará créditos a tasa cero, con garantía prendaria sobre los bienes
financiados, por un monto de hasta $30.000 (pesos treinta mil) para viviendas
familiares y de hasta $60.000 (pesos sesenta mil) para los otros sujetos
enunciados en el artículo 1º, con un plazo de devolución de hasta 120 (ciento
veinte) meses.
Articulo 5: En el plazo de noventa días
contados a partir de la sanción de la presente ley, la reglamentación establecerá
los requisitos que deberán reunir los beneficiarios para acceder al beneficio
establecido en el artículo anterior.
Artículo 6: De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Dos cuestiones nos han impulsado a
proponer este Proyecto de Ley:
- El constatar la necesidad que tienen
muchos habitantes de nuestro país de acceder a la utilización de fuentes de
energía alternativas ante la imposibilidad de utilizar la energía tradicional, y
- El reconocer que debemos apostar
a la producción de energía limpia
Estamos en época invernal y
nuevamente nos preocupamos por la provisión de garrafas de gas a precios
subsidiados para cubrir las necesidades de los que menos tienen y a los que no
llegan las conexiones de las redes domiciliarias. La falta de gas no sólo afecta a
las familias en su vida cotidiana también afecta las unidades productivas familiares
que giran en torno de las economías regionales o se agrupan en figuras cercanas
a empresas de la economía social. En muchas oportunidades hacia el interior de
nuestras provincias sus habitantes también carecen de provisión de energía
eléctrica, lo que los coloca al margen del mundo desarrollado.
Por ejemplo, durante 2010 la provincia
de Salta, a través de la Secretaría de Relaciones Institucionales y de Defensa del
Consumidor provincial, se presentó en la Justicia para pedir la ampliación del cupo
de garrafas que la Nación se comprometió a enviar a esta provincia.
Las presentaciones se hicieron ante el
Juzgado Federal N° 2 de Salta contra la Secretaría de Energía de la Nación. De
este modo, el gobierno salteño -a través del Ministerio de Gobierno, Justicia y
Derechos Humanos- buscó incrementar en 220 toneladas mensuales el gas
licuado de petróleo (GLP) para los salteños. Ello: "representaría la disponibilidad
de unas 22.000 garrafas de más de diez kilos para los sectores menos favorecidos
de la población" según declaró el Secretario de Relaciones Institucionales y
Defensa del Consumidor, Santiago Godoy. Esta situación se repite en muchas
otras provincias.
Lo dicho demuestra que es necesario
acercarles soluciones alternativas a estos universos poblacionales vulnerables que
se encuentran privados de ejercer algunos de sus derechos económicos, sociales
y culturales relacionados con la economía del bienestar, que permiten a los
habitantes gozar de una mejor calidad de vida
Según Gil Domínguez, "El mundo real
ya no implica desigualdad en sus diversos aspectos (social, económico y jurídico),
sino exclusión en esos mismos ámbitos, apareciendo de esta manera la
polarización, donde en la cima están los que gozan el derecho (aprender, salud,
educación, opción de voto, etc.) y en la base, en la angustia y el terreno movedizo
del desplazamiento, están los "sin derecho a".
El capítulo segundo de nuestra
Constitución Nacional -artículos nº 36 al 43-, enuncia estos "Nuevos Derechos y
Garantías", entre los que se cuentan por ejemplo, el derecho a gozar de un
ambiente sano y los derechos que asisten a los consumidores y usuarios.
Corrientes doctrinarias modernas reconocen la existencia de derechos humanos
de cuarta generación, que relacionan al hombre con el uso de las tecnologías y la
sociedad del conocimiento. A partir de los diferentes Pactos y Declaraciones
Internacionales se han revalorizado los derechos sociales como derechos
humanos de segunda y tercera generación que nos garantizan a todos
condiciones de vida digna, sustentadas en la función social del Estado. Ellos le
dan real trascendencia al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales:
"Reconociendo
que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos no puede
realizarse el ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la miseria, a menos
que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos
económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y
políticos;"
La concepción de las finanzas públicas
y de los objetivos que debe perseguir el Estado ha ido variando en el tiempo.
Resulta claro que la visión moderna apunta a orientar su actividad financiera a
resguardar los derechos humanos. No podemos consentir que haya argentinos
que no tengan gas o luz y es por ello que, en forma complementaria con el resto
de acciones que deberán encararse en ese sentido, proponemos fomentar la
utilización de energías limpias como una solución alternativa.
Si bien Argentina está trabajando en
ese sentido y muestra uno de los incrementos más significativos del mundo en la
adopción de energías limpias en la comparación interanual, es necesario
direccionar esos esfuerzos hacia los que más los necesitan. Durante 2009 fue
sancionada por el Honorable Congreso Nacional la Ley Nº 26.473 que prohíbe la
importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial en
todo el territorio de la República Argentina. Además, el Estado ha cambiado a los
usuarios, en forma gratuita, millones de lámparas tradicionales por lámparas de
bajo consumo en cumplimiento del Programa de Uso Racional y Eficiente de la
Energía. Estos avances son sumamente importantes. No obstante, no debemos
olvidar que en nuestras provincias tenemos vecinos que no tienen acceso a la luz
eléctrica ni a la provisión de gas natural y esto es lo que buscamos subsanar.
Greenpeace expresa en su sitio oficial:
"Las energías limpias crean más puestos de trabajo, dan poder a las comunidades
locales y pueden utilizarse a gran escala. Décadas de progresos tecnológicos han
contemplado cómo los molinos eólicos (aerogeneradores), los paneles solares, las
centrales de biomasa y los colectores térmicos solares, adquirirán cada vez mayor
protagonismo. El mercado global de las energías renovables está experimentando
un gran crecimiento".
La necesidad de producir energía
limpia es un desafío constante de los gobiernos modernos que deben
encaminarse a dejar la menor "huella ecológica" posible. El desafió que nos
convoca es tratar que nuestros habitantes vivan mejor usando menos. O sea,
afectando lo menos posible el ambiente. Hay que tener en cuenta que el paso de
un individuo por este planeta está limitado temporalmente. Pero parte del
bienestar es inter-temporal y las generaciones que nos continúen tienen el mismo
derecho que nosotros a tener una vida saludable.
En conclusión, hay argentinos que no
tienen luz eléctrica o gas natural. Sin embargo, la tecnología actualmente
disponible pone a disposición fuentes de energías alternativas que permiten llevar
una solución a estos colectivos. Además, esa energía es limpia, no contamina y
asegura un desarrollo sostenible.
El Estado debe colaborar para hacer
accesible su instalación facilitando a los usuarios créditos a tasa cero que
favorecerán las condiciones de vida, fomentarán la producción y evitarán la
contaminación, que es el objetivo de este régimen de promoción. No realizar
acciones en ese sentido conculcaría derechos ciudadanos y resultaría negligente.
Tal cual lo manifestara el profesor Carlos Nino, desde su concepción integral del
derecho que incluye a los derechos socioeconómicos, "no sólo se violan los
derechos por acción, también se los viola por omisión".
Por todo lo expuesto, solicito
respetuosamente a los señores Diputados que acompañen este Proyecto de
Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LOPEZ ARIAS, MARCELO EDUARDO | SALTA | PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
CIENCIA Y TECNOLOGIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |