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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 2839-D-2011

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS MONTOS ABONADOS EN CONCEPTO DE INDEMNIZACION, A LOS PROPIETARIOS DE INMUEBLES Y TERRENOS RIBEREÑOS INUNDADOS POR LAS AGUAS DEL LAGO DE SALTO GRANDE.

Fecha: 27/05/2011

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que a través de los organismos que correspondan proceda a informar en relación con la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande los siguientes puntos
Dado el tiempo transcurrido desde la promulgación del Decreto 172/2005 hasta la fecha, informe los montos erogados por la expropiación de los inmuebles sujetos a servidumbre de ocupación temporaria de tierras por las aguas.
Si la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal e Inversión Pública y Servicios tiene conocimiento de pagos de indemnizaciones a propietarios de terrenos ribereños afectados, en que los montos no hayan sido determinados por el Tribunal de Tasación de la Nación.
En caso de ser afirmativa la respuesta del punto 2, explicite las razones y fundamentos por las cuales se tomaron tales medidas, así como las normas aplicadas.
Si la Secretaría De Energía continúa aplicando el Decreto 172/2005. En caso que la respuesta fuera negativa señalar las causas de la suspensión.
Si la Secretaría de Energía tiene información con relación a sumarios administrativos iniciados en la Delegación Argentina de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande por supuestas irregularidades. De ser afirmativa la respuesta indique las razones que dieron lugar a esos sumarios.
Adjunte toda información que complemente o amplíe los datos requeridos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Comisión Técnica Mixta de Salto Grande es un organismo binacional constituido por Convenio celebrado entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay en 1946. Su objetivo es el de "obtener el mayor beneficio de las disposiciones naturales que ofrecen los rápidos del río Uruguay, en la zona del Salto Grande, para el desarrollo económico, industrial y social de ambos países y, con el fin de mejorar la navegabilidad, aprovechar sus aguas para la producción de energía y facilitar la vinculación de sus comunicaciones terrestres, así como cualquier otro objeto que, sin menoscabo de los anteriores propósitos, concurra al enunciado beneficio común". La CTM tiene a su cargo "todos los asuntos referentes a la utilización, represamiento y derivación de las aguas del río Uruguay".
En los últimos tiempos se ha producido una serie de cuestionamientos y sospechas de presuntos fraudes multimillonarios vinculados con los terrenos linderos a la central hidroeléctrica argentino-uruguaya Salto Grande, por lo que se iniciaron causas judiciales que actualmente se encuentran en etapa de investigación. Genera preocupación la aparente desidia de los órganos estatales y de gobierno frente a las tareas de contralor de la actividad desarrollada por parte de la Comisión Técnica Mixta y, particularmente, el uso que se hace de los recursos con que esta cuenta para el cumplimento de sus fines y la falta de respuestas que se han brindado desde las primeras observaciones a las acciones implementadas.
Las sospechas se desencadenaron tras informes elaborados por el agrimensor Fernando Alba Posse, que trabajaba para la Comisión Técnica Mixta, efectuando tareas de medición y evaluación de los terrenos ribereños de la costa argentina del río Uruguay. En ellos, denunció graves irregularidades, como la existencia de ocupaciones ilegales de terrenos linderos e injustificados y excesivos pagos de indemnizaciones a propietarios ribereños, quienes figuraban como damnificados por las inundaciones generadas por el avance de las aguas del lago de la represa Salto Grande, pero que en realidad no habían afectado sus terrenos. Se trataba de errores groseros que implicaron daños sobredimensionados, siembras inexistentes y metros de alambrados inventados. Los cálculos indicaban que varios millones de pesos se habrían pagado sin justificativo alguno. En ese sentido, aseveró que uno de los casos más "emblemáticos" fue el de "los campos que actualmente son de Arro Forestal", porque a los responsables de esos inmuebles "se les pagó indebidamente producciones de arroz". Algo similar sucedió con los terrenos arrendados por los ribereños Ángel Cometti y Sergio Farina. A Alba Posse no se le renovó el contrato con la CTM en febrero de este año y fue víctima de amenazas de muerte por esta situación.
Las irregularidades se confirmaron en una auditoría presentada por el Sr. Alejandro Lubinsky a principios del mes de julio de 2010, advirtiendo la ilegalidad de todos los pagos dispuestos en los últimos años para resarcir supuestos daños por inundaciones ocurridas entre 1979 y 1991. No existe una estimación del monto del presunto perjuicio para las arcas públicas, pero del estudio preliminar realizado sobre algunos casos surge que al menos 15 pagos, por un total de 4.454.684 pesos, habrían contemplado daños que el Estado ya no debía abonar, en incumplimiento de la ley 24.447, sancionada en 1994, que estableció que a partir del 30 de junio de 1995 caducaban los derechos y prescribían las acciones para peticionar créditos contra el Estado Nacional "de causa o titulo anterior al 1º de abril de 1991".
La Comisión Técnica Mixta maneja un elevado presupuesto. Ningún organismo estatal de control se ocupó de someter a revisión los movimientos de dinero que se hacen en el organismo ni transparentar esos suculentos ingresos públicos. Por ello, fue uno de los miembros de la delegación argentina de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande el que, ante la denuncia de estas irregularidades inició acciones judiciales, causa que tramita ante el juez federal Ariel Lijo, quien investiga además la existencia de planos fraguados, usurpación de tierras que habían sido expropiadas por el Estado Nacional (sobre los que se iniciaron juicios de usucapión y hasta se obtuvieron sentencias) y que ahora están ocupadas con casas de fin de semana, indemnizaciones en zonas que jamás podrían haberse inundado. Podría incluirse en la lista los supuestos daños que el Tribunal Nacional de Tasación dio por acreditados sin controlarlos. Existe una fuerte presunción de que no sólo existieron los hechos denunciados sino que, además, todavía se estarían llevando a cabo actos ilícitos y podrían haber otros en fase de preparación.
Señor presidente, la sospecha de supuestas utilizaciones de recursos del Estado Nacional para satisfacer intereses particulares, nos impone como órgano legislativo, responsable entre otras funciones del control de los actos de gobierno, la obligación de requerir de las instituciones responsables la mayor y más fidedigna información. Es nuestra responsabilidad contribuir a exigir transparencia en las acciones del Poder Ejecutivo y de los organismos de su dependencia para contribuir en la consolidación de nuestra democracia.
Por las razones expuestas es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BENEDETTI, ATILIO FRANCISCO SALVADOR ENTRE RIOS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
08/11/2011 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
24/11/2011
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2981/2011 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 24/11/2011