ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2765-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL PLAN DE INVERSIONES OBLIGATORIAS SUMINISTRADO POR LA CONCESIONARIA DISTRIBUIDORA GAS CUYANA S.A.
Fecha: 10/05/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo que corresponda, informar en relación con el servicio público de gas suministrado por la concesionaria Distribuidora Gas Cuyana S.A., las siguientes cuestiones:
1) Si Distribuidora Gas Cuyana S.A. ha presentado al 20 de abril de 2018, la declaración jurada informando el detallado de avance del Plan de Inversiones Obligatorias correspondiente al año 2017.
2) Si la Distribuidora Gas Cuyana S.A. ha justificado la imposibilidad del cumplimiento por causas ajenas del Plan de Inversiones Obligatorias correspondiente al año 2017, antes del 20 de abril de 2018.
3) En caso de que haya justificado el incumplimiento al Plan de Inversiones Obligatorias correspondiente al año 2017, explicite los motivos esgrimidos para dicha justificación.
4) Si la Distribuidora Gas Cuyana S.A. ha abonado al Ente Nacional Regulador del Gas, en concepto de multa, el monto neto de la diferencia entre las erogaciones correspondientes al Plan de Inversiones Obligatorias del año 2017 comprometidas y las efectivamente realizadas.
5) Si el Ente Nacional Regulador del Gas ha tenido por cumplido el Plan de Inversiones Obligatorias del año 2017 de la Distribuidora Gas Cuyana S.A.
6) Si el Ente Nacional Regulador del Gas ha autorizado -y notificado- a Distribuidora Gas Cuyana S.A. a distribuir dividendos por las ganancias del año 2017
7) Si la Distribuidora Gas Cuyana S.A. ha informado al Ente Nacional Regulador del Gas de la distribución de dividendos correspondientes al ejercicio 2017 por la suma de $556.212.341, aprobada en la asamblea extraordinaria del 28 de marzo de 2018.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En los últimos años se ha iniciado el proceso de recomposición de la tarifa del servicio público del gas, que había permanecido durante varios años sin alteración. Esta situación de readecuación tarifaria, ha implicado, por un lado, la elaboración de nuevos planes de obras que buscan lograr mejor calidad en los servicios y aumentar la población a la que alcanza el servicio, y por el otro un aumento de la tarifa que ha implicado un fuerte sacrificio por parte de los consumidores para readecuarse al nuevo esquema.
Esta ampliación de las obras implica potencialmente para los consumidores, el acceso a servicios esenciales, la prestación en condiciones de seguridad, calidad y eficiencia del servicio y consecuentemente la posibilidad de llegar a un nivel de vida digno y más equitativo. Pero a la vez, implica en muchos casos la afectación de los intereses económicos de los consumidores. La necesidad de evaluar y equilibrar estos parámetros, surge del artículo 42 de la Constitución Nacional, y es necesaria para proteger a los consumidores. No es posible omitirlos si se pretende lograr un nuevo equilibrio del esquema en donde se afecten derechos de los consumidores, especialmente cuando la Constitución ordena a las autoridades a “proveer” al “control de los monopolios naturales y legales”.
En esta línea, por medio de la Revisión Tarifaria Integral, las distribuidoras presentaron sus planes de obra y propuestas de readecuación tarifaria, que fueron aprobadas por distintas resoluciones. En el marco de dicha revisión, se aprobó para los años 2017-2022, el plan de obras de la Distribuidora Gas Cuyana S.A. (licenciataria que brinda servicios en las provincias de Mendoza, San Juan y San Luis), así como el aumento tarifario, por medio de la Resolución 4360/2017 del ENARGAS.
Este esquema de Revisión Tarifaria Integral, tiene dos bases relacionadas de forma lineal: las tarifas y las obras. Para cumplir los objetivos de control, obtención de los objetivos propuestos y protección de los consumidores, se establecieron distintos mecanismos de seguimiento de las obras y su relación con la tarifa. En primer lugar, se estableció en el Anexo IV Apéndice B (titulado "PROCESO INFORMATIVO DE GASTOS Y DESEMBOLSOS"), un detallado esquema de información periódica y anual sobre todos los detalles de las obras acordadas. Se sumó a este esquema de control, un subsistema que permitía flexibilizar parcialmente los objetivos, en caso de incumplimientos de las obligaciones que se debieran al incumplimiento por causas ajenas a la licenciataria (en el Anexo I, punto 4 de la Resolución 4360/2017).
Pero, para asegurar la efectiva realización de las obras, y así mantener la relación directa entre la readecuación tarifaria (y el sacrificio que para el consumidor implica), se generaron dos mecanismos de control previo para evitar el enriquecimiento de las prestatarias en base al incumplimiento de las obras comprometidas. En primer lugar, la Resolución 4360/2017 (que aprueba las nuevas tarifas y las obras comprometidas), establece en su Anexo I, punto 1, párrafo tercero (de “Inversiones Obligatorias") que Distribuidora Gas Cuyana S.A., deberá abonar al ENARGAS en concepto de multa, la diferencia entre los montos comprometidos y los efectivamente erogados. En consecuencia, la prestataria no puede disminuir las obras para obtener mayores ganancias, sino que debe entregar dicha diferencia al ente regulador. El segundo mecanismo, es la prohibición de todo tipo de distribución de dividendos por parte de las distribuidoras, sin aprobación previa del ENARGAS del plan de obras obligatorio aprobado para el año correspondiente (artículo 7 de la Resolución 31/2016 del Ministerio de Energía de la Nación). De esta manera, se impide que los accionistas de estas prestatarias de servicios públicos, obtengan ganancias derivadas del incumplimiento contractual de la distribuidora.
Dados estos mecanismos de control, y dada la falta de cualquier tipo de información pública sobre el cumplimiento del plan de Obras Obligatorios para el año 2017 aprobado para Distribuidora Gas Cuyana S.A., y siendo público el hecho de que dicho proveedor distribuyó a sus accionistas la suma de $556.212.341 correspondientes a ganancias del ejercicio 2017, en la asamblea extraordinaria del 28 de marzo de 2018, sin que se conozca –ni se hubiera allí referenciado- ningún tipo de habilitación por parte del ente de control ni validación del cumplimiento del plan de obras obligatorio. Sumado a esto, la misma empresa declaró públicamente (y así lo informó a la Comisión Nacional de Valores) que el resultado neto del ejercicio 2017 dio una ganancia de $588,5 millones (un aumento del 430% con relación al ejercicio 2016), mientras que reconoció su propio incumplimiento del plan de obras. En la Memoria del 2017 declaró (punto 1.2) que “… está cumpliendo el Plan de Inversiones que surge de la Resolución ENARGAS N° 4.360/2017, que involucra $ 278,23 millones para 2017. Al 31/12/2017 se han ejecutado obras por valor de $ 150,7 millones.
Se evidencia la necesidad de solicitar al Poder Ejecutivo, por medio de la repartición correspondiente, que informe los puntos señalados, para conocer con precisión sobre el cumplimiento de la prestataria, y eventualmente tomar las medidas que correspondan, para evitar el enriquecimiento de los accionistas de la Distribuidora Gas Cuyana S.A. en base a sus incumplimientos para con el estado y la población, y a costa del sacrificio de los consumidores de las Provincias de Mendosa, San Juan y San Luis. En razón de lo expuesto, solicito a los señores Diputados me acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RAMON, JOSE LUIS | MENDOZA | PARTIDO INTRANSIGENTE |
ALLENDE, WALBERTO | SAN JUAN | TODOS JUNTOS POR SAN JUAN |
CAMAÑO, GRACIELA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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28/08/2018 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0422/2018 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 03/09/2018 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CAMAÑO (A SUS ANTECEDENTES) |