ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2005-D-2017
Sumario: PROHIBIR A LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGIA ELECTRICA LA COLOCACION Y/O IMPLEMENTACION DE MEDIDORES PREPAGOS O AUTOADMINISTRADOS.
Fecha: 26/04/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36
ARTÍCULO 1°. – Prohíbase a las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica la colocación y/o implementación de medidores pre-pagos o auto administrados cualquiera sea fu forma o especificación técnica.
ARTÍCULO 2°.- Establecese que en el caso que al momento de la entrada en vigencia de la presente ley, las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica hayan instalado o colocado algún medidor pre-pago o auto administrado como los que aquí se prohíben, se le deberá restituir y conectar inmediatamente al usuario el medidor que habitualmente se utiliza para medir el consumo de energía eléctrica sin cargo o penalidad alguna.
ARTÍCULO 3°. – La Empresa Distribuidora de Energía Eléctrica, deberá comunicar fehacientemente al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) la cantidad de usuarios a los que se les ha colocado el medidor pre-pagos a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley y en el caso que no cumpla con lo establecido por el Artículo 2° será pasible de la aplicación de las sanciones y multas dispuestas por el marco regulatorio eléctrico Ley N° 24.065, su normas complementarias y/o modificatorias y su contrato de concesión.
ARTÍCULO 4°. – Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como es de público conocimiento, las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica haciendo uso de una facultad que no les ha sido conferida por ninguna norma y que contradice los principios básicos que rigen para la prestación de un servicio público tan esencial como lo es la distribución eléctrica, retiran medidores sin previo aviso y sin interesarle al menos las características del usuario al que se le presta el servicio, si es o no electrodependiente, colocando en su lugar un medidor pre-pago o auto administrado.
Ello claramente va en contra de lo establecido por el Artículo 42 de la Constitución Nacional, el marco regulatorio vigente, su contrato de concesión y las normas reglamentarias para el suministro, calidad y seguridad de la prestación del servicio público aprobadas recientemente por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).
Bajo el sistema domiciliario de Energía Eléctrica Prepago, un usuario podrá comprar las horas que necesite de consumo y cargarla a su sistema. Claro que cuando se termine el crédito se quedará sin servicio, debiendo recurrir a un nuevo crédito, cosa que es sabido, a las familias argentinas se les dificulta cada vez más.
Este sistema es utilizado en los países con problemas energéticos severos, para proporcionar un ahorro, evitando colapsos del sistema por una demanda superior a la oferta. A propósito, es en este sentido que el gobierno nacional viene trabajando desde diciembre de 2015 en la fabricación de una crisis energética que permita a las empresas dueñas de la política energética maximizar ganancias, quitándose de encima la presión de una demanda en expansión que debe ser satisfecha con inversiones y más inversiones.
En el camino de fabricar esta crisis, es que, en primer lugar, se decretó la Emergencia Energética pero frenando centrales eléctricas ya planificadas, algunas de ellas incluso en construcción; segundo, paralizó deliberadamente la exploración y explotación de combustibles fósiles, fundamental energéticos para el funcionamiento de nuestras matrices primaria y secundaria; tercero, haciéndole creer a la ciudadanía que la energía es un recurso escaso y que su consumo daña al ambiente; y finalmente que las medidas de desregulación, ajuste, tarifazo indiscriminado y eventuales privatizaciones y/o desnacionalizaciones solucionarán la crisis heredada (que no es más que una crisis fabricada).
Pero son los datos del propio Ministerio de Energía, los de CAMMESA, ENRE, ENARGAS y las empresas -como por ejemplo las petroleras YPF, PAE y Total Austral en las dos audiencias públicas- que ponen en crísis los argumentos del mercado.
Las personas y los consumidores, en este esquema, no existen; ganancia y más ganancia, condonaciones de deudas inundan las planillas y balances de las empresas y al presupuesto nacional, al compás de servicios públicos cuya calidad empeora día tras día, repitiendo lo sucedido a partir de mediados de los noventa y hasta mayo de 2003.
En igual dirección, avanza la pobreza energética, imponiéndose la dolarización de las tarifas para definir los próximos ajustes semestrales en cuanto a los servicios de gas y electricidad.
Resultado de esta verdadera política energética, los argentinos padecen hoy las tarifas más caras del mundo en proporción a los ingresos de los usuarios, en un contexto de decadencia generalizada de sus condiciones de vida.
Pero hay que recordar a los cultores del libre mercadismo, que la energía eléctrica es un servicio público ESENCIAL DE PRESTACIÓN OBLIGATORIA, REGULAR Y CONTINUA.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha considerado como esencial en el sentido estricto del término exclusivamente a los servicios de abastecimiento de agua y electricidad, entre otros, sin prescindir de las circunstancias de tiempo y lugar propias de la sociedad de cada país, concluyendo que la interrupción y limitación a su acceso ponen en peligro la vida, la seguridad y la salud de los habitantes (sic) .
El Estado Nacional debe garantizar el acceso al servicio público de distribución eléctrica considerándolo como uno de los derechos humanos fundamentales y proteger al usuario ante el avasallamiento de las Empresas Distribuidoras que pretenden restringirlo.
Por ello nos oponemos al suministro de la energía bajo un sistema PREPAGO. Siendo evidente que las empresas comercializadoras y distribuidoras buscan conectar nuevos usuarios y prestar un mejor servicio de acuerdo a variables de crecimiento socioeconómico extendidas a cada vez más compatriotas y más provincias, sino todo lo contrario: reducir la demanda para invertir lo menos posible y maximizar ganancias. Y como las empresas saben que millones de usuarios tendrán cada vez menos dinero para hacer frente a sus necesidades básicas, entre ellas la energía; sabiendo que los incrementos de las tarifas no habrán de ceder; y que el gobierno nacional se propone desplomar aún más la demanda, se preparan a lo que podría ser una insostenible acumulación de morosos.
Además el medidor pre-pago constituye de por sí un pago contado anticipado, por lo tanto prefinancia el pago de las distribuidoras a CAMMESA, constituyendo una clara situación de enriquecimiento sin causa. Dado que el pago del usuario se produce antes de la prestación del servicio y los contratos de concesión no habilitan tal modalidad y mucho menos sin la autorización del usuario.
De esto se trata el sistema PREPAGO. Sin embargo, queremos recordar, señor Presidente, que: 1) No se puede obligar a elegir un sistema discriminatorio de medición del consumo eléctrico; 2) No se puede obligar la aceptación de un cambio de medición en contra de la legislación vigente y el contrato de concesión.
Asimismo, se trata de un sistema que encarece el servicio, altera su eficacia, queda expuesto a cortes y bajas y altas de tensión. Por otra parte, sujeta a un usuario a una empresa monopólica y permite que esta gobierne el bolsillo de los usuarios.
Pero aquellos que defendemos y sostenemos a la energía como un derecho humano, como un bien estratégico y universal para avanzar por un proceso de modernización económica con justicia social, entendemos que las empresas de distribución y comercialización de electricidad prestan un servicio público cuya prestación es obligatoria, continua y universal, y de ninguna manera puede ser discriminatoria. Cualquier alteración en este sentido es inconstitucional y violatoria de los derechos sociales y las garantías del individuo y los consumidores.
Por ello y en virtud de todo lo expuesto, les solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DE VIDO, JULIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DEPETRI, EDGARDO FERNANDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DOÑATE, CLAUDIO MARTIN | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CONTI, DIANA BEATRIZ | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RAMOS, ALEJANDRO | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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