ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1879-D-2015
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PROCEDER A INCORPORAR A TODA LA POBLACION QUE NO TIENE ACCESO AL GAS NATURAL EN LA REGION NEA AL BENEFICIO DEL SUBSIDIO DE GARRAFAS.
Fecha: 15/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
Instar al Poder Ejecutivo Nacional
para que proceda a incorporar a toda la población que no cuenta con acceso al
gas natural de la Región NEA al Beneficio del subsidio de garrafas de 10, 12,
15 y 45 kilogramos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Debo señalar que como Diputado
Nacional por la Provincia del Chaco he presentado varios proyectos buscando
mitigar la diferencia que existe en relación a la cantidad y la calidad de los
servicios básicos en la región del Nordeste, particularmente referidos a la
supresión de impuestos sobre el gas licuado para consumos familiares y a la
postergada obra de construcción del gasoducto regional GASNEA. Pero mucho
antes de acceder a esta banca, inicié gestiones ante el Defensor del Pueblo
Nacional, a cargo en ese entonces del Dr. Eduardo Mondino, que concluyeron
de manera positiva, con una recomendación a la Presidencia de la Nación para
subsidiar el servicio de GLP en nuestra región.
Este es un tema conocido y
trabajado por este legislador, en particular presenté en la Honorable Cámara
de Diputados cantidad de proyectos referidos a este preocupante tema (4821-
D-2014, 4818-D-2014, 4087-D-2014, 5642-D-2013, 4968-D-2013, 875-D-2012,
3889-D-2012) reclamando reducción de los precios de gas licuado , la
consolidación de una tarifa social básica y proponiendo la declaración del gas
como servicio público.
Nadie ignora que el gas licuado de
petróleo representa una necesidad primaria fundamental para quienes lo
consumen, al igual que los alimentos básicos, el suministro de agua potable, las
comunicaciones telefónicas y la corriente eléctrica, entre otros. El acceso a esos
bienes y servicios esenciales es un derecho del consumidor y del usuario que el
Estado debe tutelar, con la participación responsable de toda la sociedad,
porque no se abastece ni se hace efectivo por la sola presencia de la libertad de
mercado bajo la ley de la oferta y la demanda.
Entre los nuevos derechos y
garantías consagrados por la Constitución Nacional a partir de la reforma del
año 1994, el artículo 42 de nuestra Ley Fundamental establece que:
"Los consumidores y usuarios de
bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de
su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y
veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y
digno."
A su vez la norma constitucional
prescribe que:
"Las autoridades proveerán a la
protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de
la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de
los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios
públicos..."
Las poblaciones de todo el noreste
argentino (NEA) están viviendo hoy una situación de angustia y honda
preocupación por la falta de suministro de garrafas de gas licuado de petróleo
(GLP) a precios subsidiados, que se repite nuevamente cada año, a poco de
iniciarse la temporada invernal.
Existe una amplia coincidencia que
el camino más seguro para terminar con semejante injusticia, social y territorial,
es la declaración de servicio público a la producción, comercialización y
distribución del gas licuado de petróleo, que hoy en día constituye una deuda
pendiente del Estado nacional con la sociedad tal como lo vengo reclamando
con los proyectos de Ley presentados a tal efecto. El carácter de servicio
público permitirá a las autoridades competentes adoptar medidas conducentes
para mejorar la provisión de gas licuado a granel y envasado en garrafas y
cilindros, en términos de calidad, precio y seguridad.
La proposición del concepto de
universalidad que debe tener el subsidio aplica para todos, sectores de menos
recursos en primera instancia pero también para todo habitante del NEA sin
distinción. Y toda la región del NEA en este sentido categoriza como pobre ya
que no tiene acceso al gas natural.
Como ya he señalado en forma
reiterada, le corresponde al gobierno nacional asumir la responsabilidad de
resolver estas asimetrías de la región del NEA con respecto al resto del país en
forma inmediata interviniendo sin demoras en el acceso de toda persona
habitante de la región al beneficio del subsidio por garrafa.
Por todo lo expuesto, solicito el
apoyo de mis pares para dar aprobación al presente proyecto de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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