ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 1801-D-2015
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA PERMITIR QUE TAXIS, REMISES Y EL TRANSPORTE DE MINIBUS DE PASAJEROS - COMBIS -, DEBIDAMENTE HABILITADOS, ACCEDAN A LA ADQUISICION DE COMBUSTIBLES A PRECIO DIFERENCIAL.
Fecha: 14/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28
Vería con agrado que el Poder
Ejecutivo, por medio de los organismos que corresponda, adopte las medidas
necesarias para permitir que taxis, remises y el transporte de minibús de pasajeros
- combis -, debidamente habilitados, accedan al gasoil, nafta y gas natural
comprinido (GNC), a los precios diferenciales en el que están comprendidos los
destinatarios del régimen vigente de suministro de combustible a precio
diferencial.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Proponemos este proyecto para que
se permita una solución al acuciante problema que tienen los titulares de licencias,
propietarios o peones de taxis y remises, así como sus homólogos del transportes
de minibús - conocidos como combis -. Se solicita en este sentido una respuesta
al problema del aumento de costos fijos y variables que estas unidades tienen, por
medio de acciones que dependen del Poder Ejecutivo, para permitirles el acceso al
combustible que utilizan a precio diferencial, tal como lo recibe el servicio de
colectivos de pasajeros.
El servicio de taxis y remises es
considerado como un servicio de transporte público; en este sentido debe estar
debidamente habilitado por una autoridad municipal y debe asegurar a los usuarios
su prestación con regularidad, habitualidad, continuidad y uniformidad. En
cualquier parte de nuestro país, el servicio de taxi se encuentra tarifado por la
autoridad jurisdiccional, por lo que esta característica también lo limita a la hora de
competir para abaratar los costos.
Se podría afirmar que la única
diferencia que tiene el servicio de taxi con el de colectivo urbano es su carácter
individual, en contraposición al carácter general de este.
En cuanto a los remises, también
cumplen funciones análogas respecto de la prestación como servicio público, con la
direrencia que en algunos lugares la tarifa no está regulada como la de un taxi; sin
embargo en la mayor parte de las localidades del país, se fija tarifa también.
Respecto de las combis, creemos que
en definitiva tienen las mismas funciones y prestaciones de transporte público que
el colectivo urbano, por lo que consideramos que estando debidamente
habilitadas, también deberían quedar comprendidas por el régimen de precios
diferenciales para el combustible.
En resumidas cuentas, se trata de
servicios esenciales para satisfacer las necesidades de desplazamiento de los
usuarios, de modo tal que su carácter de público y regulado, lo equipara a los
otros servicios que acceden al combustible a precio diferencial.
En los últimos años, las distorsiones
del mercado hicieron que los costos fijos y variables de mantenimiento del
automóvil y el precio del combustible, generaran un gran esfuerzo para quienes
explotan las unidades de estos servicios, para solventar el gasto de combustible y
mantener la unidad.
También queremos considerar la
política de combustibles subsidiados que se viene llevando adelante desde el
gobierno, que tuvo su último hito en el mes de marzo pasado, con la aplicación
exclusiva para las unidades que tienen instalada la SUBE, de modo tal que el
sistema será el "medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de
los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y
subterráneo de pasajeros de carácter urbano y suburbano y fluvial". Esta política
debería contemplar también a los taxis, remises y combis, a fin de que el sistema
de pago electrónico que se promueva, se extienda a estas unidades, tal como
funciona en varias localidades del país, permitiendo no solamente las ventajas de
esta forma de pago, sino también un acceso controlado a los precios diferenciales
que se impulsan por este proyecto.
Párrafo aparte merecen las recientes
subas de combustible, que casi licuan la rebaja del 5 % que tuvieron a fines del
año 2014: el valor de la nafta un parámetro sensible para la economía, ya que el
alza que tuvo en los últimos años - por ejemplo en el año 2014 superó el 40 % -
impacta directamente en los costos de las unidades de transporte y en los salarios
de la población usuaria de los servicios de transporte. Vemos que en este año
2015 se retoma esta política de aumento del litro de nafta - ya van 3 aumentos a
la fecha de este proyecto - y genera un efecto dominó, sobre todo para quienes
no tienen acceso a precios diferenciados y viven de la carga diaria de combustible.
Señor Presidente, creemos que esta
política de precios diferenciales para todos los transportes públicos se funda en un
principio básico y consitutucional: la igualdad ante la ley, en este caso sería, igual
distribución de beneficios o de cargas entre todos.
Por los motivos expuestos, solicito a
mis pares me acompañen con sus firmas para la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |