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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 1801-D-2015

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA PERMITIR QUE TAXIS, REMISES Y EL TRANSPORTE DE MINIBUS DE PASAJEROS - COMBIS -, DEBIDAMENTE HABILITADOS, ACCEDAN A LA ADQUISICION DE COMBUSTIBLES A PRECIO DIFERENCIAL.

Fecha: 14/04/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28

Proyecto
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por medio de los organismos que corresponda, adopte las medidas necesarias para permitir que taxis, remises y el transporte de minibús de pasajeros - combis -, debidamente habilitados, accedan al gasoil, nafta y gas natural comprinido (GNC), a los precios diferenciales en el que están comprendidos los destinatarios del régimen vigente de suministro de combustible a precio diferencial.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Proponemos este proyecto para que se permita una solución al acuciante problema que tienen los titulares de licencias, propietarios o peones de taxis y remises, así como sus homólogos del transportes de minibús - conocidos como combis -. Se solicita en este sentido una respuesta al problema del aumento de costos fijos y variables que estas unidades tienen, por medio de acciones que dependen del Poder Ejecutivo, para permitirles el acceso al combustible que utilizan a precio diferencial, tal como lo recibe el servicio de colectivos de pasajeros.
El servicio de taxis y remises es considerado como un servicio de transporte público; en este sentido debe estar debidamente habilitado por una autoridad municipal y debe asegurar a los usuarios su prestación con regularidad, habitualidad, continuidad y uniformidad. En cualquier parte de nuestro país, el servicio de taxi se encuentra tarifado por la autoridad jurisdiccional, por lo que esta característica también lo limita a la hora de competir para abaratar los costos.
Se podría afirmar que la única diferencia que tiene el servicio de taxi con el de colectivo urbano es su carácter individual, en contraposición al carácter general de este.
En cuanto a los remises, también cumplen funciones análogas respecto de la prestación como servicio público, con la direrencia que en algunos lugares la tarifa no está regulada como la de un taxi; sin embargo en la mayor parte de las localidades del país, se fija tarifa también.
Respecto de las combis, creemos que en definitiva tienen las mismas funciones y prestaciones de transporte público que el colectivo urbano, por lo que consideramos que estando debidamente habilitadas, también deberían quedar comprendidas por el régimen de precios diferenciales para el combustible.
En resumidas cuentas, se trata de servicios esenciales para satisfacer las necesidades de desplazamiento de los usuarios, de modo tal que su carácter de público y regulado, lo equipara a los otros servicios que acceden al combustible a precio diferencial.
En los últimos años, las distorsiones del mercado hicieron que los costos fijos y variables de mantenimiento del automóvil y el precio del combustible, generaran un gran esfuerzo para quienes explotan las unidades de estos servicios, para solventar el gasto de combustible y mantener la unidad.
También queremos considerar la política de combustibles subsidiados que se viene llevando adelante desde el gobierno, que tuvo su último hito en el mes de marzo pasado, con la aplicación exclusiva para las unidades que tienen instalada la SUBE, de modo tal que el sistema será el "medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros de carácter urbano y suburbano y fluvial". Esta política debería contemplar también a los taxis, remises y combis, a fin de que el sistema de pago electrónico que se promueva, se extienda a estas unidades, tal como funciona en varias localidades del país, permitiendo no solamente las ventajas de esta forma de pago, sino también un acceso controlado a los precios diferenciales que se impulsan por este proyecto.
Párrafo aparte merecen las recientes subas de combustible, que casi licuan la rebaja del 5 % que tuvieron a fines del año 2014: el valor de la nafta un parámetro sensible para la economía, ya que el alza que tuvo en los últimos años - por ejemplo en el año 2014 superó el 40 % - impacta directamente en los costos de las unidades de transporte y en los salarios de la población usuaria de los servicios de transporte. Vemos que en este año 2015 se retoma esta política de aumento del litro de nafta - ya van 3 aumentos a la fecha de este proyecto - y genera un efecto dominó, sobre todo para quienes no tienen acceso a precios diferenciados y viven de la carga diaria de combustible.
Señor Presidente, creemos que esta política de precios diferenciales para todos los transportes públicos se funda en un principio básico y consitutucional: la igualdad ante la ley, en este caso sería, igual distribución de beneficios o de cargas entre todos.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares me acompañen con sus firmas para la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)