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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131

Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

Martes 17.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1515-D-2014

Sumario: FIDEICOMISO DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA (LEY 26181 Y SUS MODIFICATORIAS): MODIFICACION DEL ARTICULO 1, SOBRE AFECTACION DE RECURSOS.

Fecha: 27/03/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16

Proyecto
FIDEICOMISO DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA
AFECTACION DE RECURSOS
Artículo 1.- Sustitúyese el primer párrafo del artículo 1º de la Ley 26.181 y sus modificaciones por el siguiente:
"Establécese en todo el territorio de la Nación, con afectación específica al financiamiento de obras de infraestructura hídrica destinadas a la recuperación de tierras productivas, mitigación de inundaciones en zonas rurales, avenamiento y protección de infraestructura vial y ferroviaria en zonas rurales y periurbanas, de manera que incida en una sola de las etapas de su circulación, un impuesto sobre la transferencia a título oneroso o gratuito o importación de nafta sin plomo hasta NOVENTA Y DOS (92) RON, nafta sin plomo de más de NOVENTA Y DOS (92) RON, nafta con plomo hasta NOVENTA Y DOS (92) RON y nafta con plomo de más de NOVENTA Y DOS (92) RON y sobre el gas natural distribuido por redes destinado a gas natural comprimido para el uso como combustible en automotores, o cualquier otro combustible líquido que los sustituya en el futuro, que regirá hasta el 31 de diciembre de 2035."
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley pretende restituir la afectación específica de un recurso imprescindible para el desarrollo de obras de infraestructura hídrica fundamentales para la recuperación de millones de hectáreas de tierras productivas, con altísimo potencial para la producción agropecuaria, hoy total o parcialmente anegadas, o alto riesgo de anegamiento.
Desde que se instituyera el FIDEICOMISO DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA en 2001 se ha ido licuando progresivamente su afectación específica original, que apuntaba a las áreas productivas rurales afectadas recurrentemente por inundaciones. Y en efecto, de muy poco sirve desviar parte de estos recursos a la construcción de desagües pluviales en áreas urbanas, si no se resuelven primero las obras más importantes en las áreas rurales, que son precisamente aquéllas que evitarán las grandes inundaciones que afectan actualmente a toda la región, sin distinguir entre áreas urbanas y rurales.
Cabe destacar que la necesidad que entendemos existe de reformular la afectación de este recurso, se ha hecho más imperiosa a raíz de la reciente Resolución 760/2013 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, publicada el 21/08/2013 en el BO, por la cual se adjudica la contratación de la obra "APROVECHAMIENTOS HIDROELECTRICOS DEL RIO SANTA CRUZ Presidente Dr. Néstor Carlos KIRCHNER - Gobernador Jorge CEPERNIC" a ejecutar por el ESTADO NACIONAL en la Provincia de SANTA CRUZ al consorcio integrado por ELECTROINGENIERIA SA - CHINA GEZHOUBA GROUP COMPANY LIMITED - HIDROCUYO SA, por la suma de $ 22.925.870.000, afectando recursos del FIDEICOMISO DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA, lo cual podría significar el desfinanciamiento y postergación de importantes obras pendientes tanto en Provincia de Buenos Aires como en otras jurisdicciones.
En efecto, la pretendida afectación recursos para la realización de una megaobra energética, además de forzar los límites fijados en la ley 26181 vigente, desviaría el financiamiento necesario para concluir importantísimas obras comprometidas -y prácticamente paralizadas desde de 2009-, x ejemplo en mi Provincia, aquellas en el marco del Plan Maestro Integral de la Cuenca del Río Salado; o bien financiamiento para realizar aquellas obras necesarias para evitar que la ciudad de La Plata padezca nuevamente graves inundaciones como la ocurrida meses atrás, con irreparable pérdida de vidas humanas y pérdidas materiales estimadas en no menos de $ 3.000 millones.
Durante los últimos 18 meses hemos debido afrontar sólo en la Provincia de Buenos Aires por efecto de inundaciones y falta de conclusión de obras hídricas fundamentales tanto en zonas rurales y urbanas perjuicios económicos estimados en casi el doble de lo que durante 10 años hemos acumulado en el referido fideicomiso para evitarlo; situación que podría agravarse en caso que la referida megaobra, ajena al objeto específico del fideicomiso, absorba crecientes recursos, desfinanciando infinidad de proyectos en ejecución.
Por las razones expuestas, ponemos a consideración de nuestros pares el presente proyecto, solicitándoles el más pronto tratamiento.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BROWN, CARLOS RAMON BUENOS AIRES FE
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA CORDOBA UCR
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES UNION CELESTE Y BLANCO
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO SALTA CONSERVADOR POPULAR
PRADINES, ROBERTO ARTURO MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
OBRAS PUBLICAS
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