ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 1490-D-2011
Sumario: EXPRESAR AGRADO POR EL DESARROLLO DE UN EQUIPO PURIFICADOR DE AGUA QUE FUNCIONA A ENERGIA SOLAR POR PARTE DE UN GRUPO DE PROFESORES Y ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE INGENIERIA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES -FIUBA-.
Fecha: 04/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
Expresar agrado por el desarrollo de
un equipo purificador de agua que funciona a energía solar por parte de un grupo
de Profesores y Estudiantes de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de
Buenos Aires (FIUBA)
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Todos los sanitaristas concuerdan en
que una cañería de agua potable hace más por la salud de una población que los
avances de la medicina. Lamentablemente, todavía hoy, en la Argentina hay vastas
regiones que carecen de un sistema de distribución de agua potable.
Justamente para atender las
necesidades de las personas que viven en esas zonas, donde en general no
solamente falta el suministro hídrico, sino también la electricidad, un equipo de
profesores y estudiantes de la Facultad de Ingeniería de la UBA (Fiuba) acaba de
desarrollar y patentar un equipo purificador de agua que funciona con energía
solar. Es de bajo costo y prácticamente no requiere mantenimiento.
Aunque la mitad del territorio de la
Argentina que se extiende hacia el Norte recibe abundante irradiación solar, no
hay muchos desarrollos pensados para aprovecharla. Es una zona de pocas lluvias
y tierras salitrosas. Peor aún, muchas veces el agua está contaminada con sales,
metales pesados, microorganismos patógenos y arsénico. Los efectos de este
elemento sobre el organismo son conocidos desde el Renacimiento (se cuenta que
los Borgia y los Médici lo utilizaban para envenenar a sus enemigos). Cuando se
ingiere en bajas dosis durante largo tiempo, causa desde problemas cutáneos
hasta cardiovasculares, hepatorrenales, neurológicos, respiratorios y
hematológicos. También puede producir malformaciones congénitas y cáncer. En
el país, el doctor Mario Goyenechea, de Rosario, presentó en 1913 los dos
primeros casos en los que certificó las consecuencias del hidroarsenicismo crónico
regional endémico (Hacre). Constituye un problema sanitario preocupante en el
Chaco, Córdoba, Formosa, La Pampa, Buenos Aires, Salta, San Luis, Santa Cruz,
Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán.
Fue así como imaginaron un
dispositivo que no requiriera mantenimiento ni energía eléctrica, y que respetara
los usos y costumbres tradicionales. En definitiva, lo que hace este equipo es una
destilación por doble proceso, lo que aumenta el rendimiento de producción de
agua y elimina todo tipo de contaminantes .En el interior circula un líquido por
circuito cerrado, que es el que se calienta y transmite calor, y el agua va por
afuera. Después de calentarse, pasa a una batea superior donde sufre algo similar
al efecto invernadero, se condensa e ingresa en unas canaletas (recubiertas con
dióxido de titanio, un elemento que produce una reacción catalítica que mata los
microorganismos). Estas la conducen a un depósito de agua limpia. Para permitir
la irradiación del agua, en lugar de un vidrio común utilizamos un tipo de polímero
que deja pasar los rayos ultravioletas.
Según calculan sus creadores, el
costo de este equipo podría oscilar entre 3000 y 5000 pesos. Si los municipios se
involucran, esta tecnología podría difundirse rápidamente.
Por los argumentos expuestos, es que
solicitamos la aprobación del presente proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERNANDEZ, RODOLFO ALFREDO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/11/2011 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2971/2011 | LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 24/11/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 29/12/2011 | APROBADO |