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ENERGIA Y COMBUSTIBLES

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0971-D-2012

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CONSTITUCION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL "FONDO FIDUCIARIO GASODUCTO DEL NORESTE ARGENTINO".

Fecha: 16/03/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de que, a través de los organismos que resulten competentes, informe sobre los siguientes puntos que guardan relación con la constitución y puesta en funcionamiento del Fondo Fiduciario Gasoducto del Noreste Argentino, creado por el Artículo 66 de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal del año 2012:
1.- Informe los motivos por los cuales aun no se ha dictado el reglamento de constitución y funcionamiento del Fondo relacionado, precisando fecha estimada para su efectiva sanción.
2.- Indique si el Poder Ejecutivo Nacional tiene previsto invitar a participar a las jurisdicciones provinciales a fin de que colaboren en la confección del reglamento de constitución y funcionamiento del Fondo.
3.- Indique si está previendo incluir en el reglamento de constitución y funcionamiento del Fondo algún ámbito que permita la participación de las provincias.
4.- Cualquier otra información que sea de interés al presente.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Fondo Fiduciario Gasoducto del Noreste Argentino, creado por el Artículo 66 de la Ley de Presupuesto General para la Administración Pública Nacional correspondiente al Ejercicio Fiscal año 2012, tiene como objeto financiar la construcción del Gasoducto del Noreste Argentino.
El referido artículo establece la creación de un cargo a pagar por los usuarios del servicio de gas natural y por las empresas procesadoras, con la finalidad de dotar de recursos al fondo relacionado. Además prescribe que (1) "...el cargo y los otros recursos que puedan destinarse al Fondo podrán dedicarse única y exclusivamente a lo previsto por este artículo...". También expresa que "...el Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, dictará la reglamentación de constitución y funcionamiento del Fondo Fiduciario GNEA, arbitrando los medios necesario para dotar de transparencia y eficiencia a su operatoria...". Finalmente dice que "...el Poder Ejecutivo Nacional deberá informar trimestralmente a ambas cámaras del Honorable Congreso de la Nación sobre la aplicación del cargo creado por la presente ley, expresando el monto total de la inversión y plazo de ejecución de la/s obra/s en cuestión...".
El proyecto de construcción del Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA) es sin dudas una de las obras de mayor relevancia para nuestro país hacia el futuro. Esta importante obra de infraestructura, que tiene un monto estimado de 24.000 millones de pesos, permitirá llevar gas por redes a las cuatro provincias de la Argentina que aún no cuentan con este servicio público (Chaco, Misiones, Formosa y Corrientes), y al mismo tiempo, ampliar este servicio en las provincias de Salta y Santa fe.
El gasoducto tendrá una extensión total de 4.131kms, si se le suman al gasoducto troncal (1.148kms) los ramales de distribución de menor diámetro (2.900kms), permitiendo el acceso futuro de gas natural por red a más de 3.400.000 personas.
El gasoducto troncal tendrá su inicio en el noreste de la Provincia de Salta, donde se va a acoplar al Gasoducto de integración Binacional "Juana Azurduy" (Argentina-Bolivia), cruzará por las provincias de Formosa y Chaco, y se extenderá por la Provincia de Santa Fe hasta llegar a la localidad de Desvío Arijón, donde se va a acoplar al Gasoducto Centro-Oeste ya existente.
Puede decirse que la historia reciente del GNEA comienza en el año 2003 cuando el gobierno del Presidente Néstor Kichner firma su primer documento público relacionado con este proyecto. Consiste en un Acuerdo Federal firmado por el gobierno nacional y las provincias de Salta, Formosa, Chaco, Corrientes, Misiones, Entre Ríos y Santa Fe, en donde se manifiesta la voluntad común de impulsar el desarrollo del gasoducto. En este documento queda plasmado que el proyecto de construcción del GNEA es de "...máximo interés para la administración nacional...". Además, el gobierno nacional se compromete en este último documento a llevar adelante todas las acciones necesarias para poder hacer realidad el proyecto.
Durante ese mismo año el gobierno del Presidente Kichner y la República de Bolivia firman su primer documento conjunto vinculado a este proyecto. Es una Declaración Conjunta sobre integración energética en donde "... se considera oportuno analizar y apoyar en forma conjunta el proyecto de construcción del GNEA...".
A partir de aquí, estos dos últimos eventos que acabamos de enumerar se convierten en el inicio de numerosas acciones administrativas por parte del gobierno nacional, el gobierno de Bolivia y las provincias argentinas, que tienen como objetivo final la construcción, puesta en marcha y abastecimiento del gasoducto para el noreste argentino.
Es así que en Julio del año 2004 la Argentina y Bolivia firman una Carta de Intención en la cual se establece que se aceleren los análisis técnico, legal y económico para facilitar el desarrollo de la construcción y puesta en marcha del Gasoducto del Noreste Argentino.
Luego, en Octubre de 2004 se firma entre el gobierno nacional y el gobierno boliviano un documento de integración energética donde las partes reconocen los beneficios que la construcción del GNEA puede proporcionar a ambos países y se comprometen a llevar adelante todos los procedimientos necesarios para la construcción y puesta en marcha del GNEA, y a asegurar el suministro continuo y confiable de gas natural procedente desde la República de Bolivia.
Además, en Junio de 2006 ambos países firman un Convenio Marco para impulsar el incremento comercial de gas natural, allí se establece la futura realización de acuerdos comerciales que permitan nutrir de materia prima al futuro GNEA.
Es así que en Octubre del año 2006 se firma entre ambas naciones un Contrato de Compra-Venta de gas natural entre la empresa estatal boliviana YPFB (Yacimientos Petrolíferos Fiscales de Bolivia) y la empresa estatal argentina ENARSA, en donde se asegura el suministro de gas natural para el futuro funcionamiento del GNEA.
En Marzo del año 2007, a través del Decreto 267, el Poder Ejecutivo Nacional declara de Interés Público Nacional la construcción del gasoducto y designa a la empresa estatal ENARSA como responsable de la construcción, mantenimiento, operación y prestación del servicio de transporte de gas natural del GNEA.
En Marzo de 2010 la Argentina y Bolivia firman un Contrato de Compra-Venta de gas natural complementario al ya firmado por ambos países en Octubre de 2006. Aquí las partes se comprometen a comercializar cantidades crecientes de gas natural entre los años 2010 y 2027.
En Septiembre del año 2010 se incluye en el Proyecto de Ley del Presupuesto General para la Administración Pública Nacional correspondiente al Ejercicio Fiscal para el año 2011 el Artículo 73, el cual establecía por primera vez la creación del Fondo Fiduciario Gasoducto del Noreste Argentino. La no aprobación de este último proyecto de ley durante el año 2010 implicó que el FONDO no sea creado.
Es por esto último que en Septiembre de 2011 se incluye en el Proyecto de Ley del Presupuesto General para la Administración Pública Nacional correspondiente al Ejercicio Fiscal para el año 2012 el Artículo 66, el cual repite lo mismo que establecía el Artículo 73 del Proyecto de Presupuesto para el año 2011 antes mencionado.
Ante la casi inmensurable importancia que tiene el proyecto GNEA para el desarrollo de las provincias argentinas directamente beneficiadas por el gasoducto, es que estamos solicitando una respuesta por parte del Poder Ejecutivo Nacional a las preguntas incluidas en la parte resolutiva del presente documento.
Por lo expuesto, solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
RIESTRA, ANTONIO SABINO SANTA FE UNIDAD POPULAR
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)