ENERGIA Y COMBUSTIBLES
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Secretario Administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0185-D-2014
Sumario: PROHIBIR LA PERFORACION DE POZOS PARA LA EXPLORACION Y EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS POR METODO DE HIDRAULICA O "FRACKING", FISURA O PERCUSION EN LA INTEGRIDAD DE LA ROCA MEDIANTE LA INYECCION DE AGUA, ARENAS O FLUIDOS QUIMICOS.
Fecha: 06/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
Artículo 1º.- Prohíbase en todo el
territorio de la Nación la explotación de recursos fósiles no convencionales
mediante la fractura hidráulica "fracking" y la perforación horizontal, mediante
métodos de fractura, fisuras de la roca y otras formas extractivas mediante la
inyección de aguas, arenas y fluidos químicos de diversa naturaleza.
Artículo 2°.- Los permisos de
exploración y explotación mediante el sistema de fractura hidráulica, caducan de
pleno derecho desde la entrada en vigencia de la presente Ley, no pudiendo los
titulares de los mismos ampararse en norma alguna a los efectos de continuar con
la actividad.
Artículo 3°.- Desde el momento de
entrada en vigencia de la presente Ley, todos aquellos concesionarios que sean
titulares de permisos de exploración y explotación mediante el sistema de fractura
hidráulica, cesarán en forma inmediata su actividad, debiendo efectuar un control
estricto durante los seis (6) meses posteriores a la cesación de la actividad, con el
fin de determinar cualquier actividad en la áreas que ocasionen daños ambientales,
movimientos irregulares del suelo explotado, perjuicio a la salud de los habitantes
del lugar, contaminación de los acuíferos, fallas subterráneas, polución.
Artículo 4°.- La Autoridad de
aplicación verificará el estricto cumplimiento de las normas ambientales por parte
de las empresas concesionarias que hayan cesado en su actividad, fijando los
plazos ampliatorios que estime convenientes para asegurar la supervisión de las
áreas hasta que se considere la inexistencia de cualquier posibilidad de las
afectaciones señaladas en el artículo 3°.
Artículo 5°.- A los efectos de
indemnizar a los titulares de permisos a los que hace referencia la presente Ley,
por los gastos en que pudieren haber incurrido hasta la caducidad de los contratos,
el Tribunal de Tasaciones de la Nación fijará los montos que correspondan.
Artículo 6°.- Los pagos que determine
el Tribunal de Tasación serán efectuados, una vez que transcurran los plazos
fijados en el artículo 3° y siempre y cuando no se hubieren comprobado daños en
el medio ambiente que pudieran ser objeto de una reclamación por el Estado
Nacional, en cuyo caso se establecerá el valor de los mismos a los efectos de
efectuar la deducción correspondiente de la cifra que corresponda pagar.
Artículo 7°.- Las casas matrices de las
empresas concesionarias y los directivos de las mismas serán responsables en
forma solidaria junto a los que hayan realizado la explotación de la áreas de todo
daño causado al medio ambiente y a la salud de las personas, respondiendo con el
patrimonio personal y el de las empresas a su cargo.
Artículo 8°.- La autoridad de
aplicación de las normas contenidas en la presente Ley, será la Secretaría de
Energía de la Nación, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios.
Artículo 9°.- La reglamentación de la
presente Ley será efectuada por el Poder Ejecutivo Nacional dentro del término de
90 días de promulgada la presente.
Artículo 10°.- Se derogan todas las
normas que se opongan a la presente Ley.
Artículo 11°.- La presente Ley es de
orden público y entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín
Oficial.
Artículo 12°.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hace poco tiempo la Diputada
provincial de Entre Ríos por el Frente Amplio Progresista, María Ema Bargagna,
presentó un proyecto de Ley para que se prohibiera en la provincia de Entre Ríos
la exploración y explotación de hidrocarburos mediante el sistema de fracturación
hidráulica (Fracking), en el cual mostraba además de la peligrosidad de ese
método, las consecuencias que podría tener el proyecto presentado por el Poder
Ejecutivo provincial que tuviera media sanción de la Cámara de Diputados el 19 de
junio del corriente año, por el cual se modificó la conformación y el destino del
Fondo Compensador de tarifas y se creó el Fondo de Desarrollo Energético de
Entre Ríos. La diputada Bargagna hace mención a la reforma efectuada mediante
este proyecto del artículo 78 de la Ley 8916 que crea el referido Fondo el que en
su nueva redacción dispone que se destinará a :....10) Financiar estudios,
proyectos y obras de exploración o explotación de hidrocarburos en la Provincia de
Entre Ríos". Con acierto, ella infiere que al no haberse incluido ninguna causa
como la que se propuso, referida a que los mismos debieran realizarse previo
estudio de impacto ambiental, ello supone la peligrosidad de dejar abierto el
camino para una explotación intensiva de los recursos mediante el sistema de
fractura hidráulica, que se ha convertido en una especie de quimera a la que
aspiran muchos países para zanjar sus deficiencias de hidrocarburos, y que ha
llevado a considerar a valorizar el yacimiento de Vaca Muerta (Neuquén- Mendoza)
como el tercer lugar en el mundo que tiene estos recursos tal como lo determinara
el Departamento de Energía de los Estados Unidos.
Todos los informes de que se dispone
muestran que la explotación intensiva de este sistema permitirá a los países su
recuperación energética, lo que ha llevado a Estados Unidos, Rusia, China a
desarrollar las técnicas adecuadas, para terminar con una dependencia energética
y llegar al autoabastecimiento, sin tomar en cuenta los posibles daños ambientales
que ello pueda ocasionar con el costo en vidas humanas, en contaminación de las
aguas y la inevitable polución debida a las sustancias utilizadas, además del uso
intensivo de grandes cantidades de agua que resultan necesarias para este tipo de
explotación.
Conviene recordar que la fractura
hidráulica (fracking) supone que una vez perforado un tramo de roca desviado, se
va aislando por tramos el que fuera desviado y para ello se utilizan cargas
explosivas que perforan la tubería, y se inyecta agua a alta presión, junto con una
serie de aditivos, con el objeto de generar nuevas fracturas en la formación y
ampliar las ya existentes, pudiéndose producir hasta 15 veces por cada uno de los
tramos, con aditivos específicos en cada caso. Uno de los más habituales resulta
ser la arena, para que al quedar atrapada en las grietas, las apuntale, e impida
que se cierren una vez terminada la presurización de la formación. Además de la
arena se pueden introducir hasta casi 400 sustancias, entre las que figuran 17
tóxicos para organismos acuáticos, 38 tóxicos agudos, 8 cancerígenos probados, 7
elementos mutagénicos, etc (ácidos, antioxidantes; biocidas, benceno, xileno,
disulfuro de carbono, compuesto de piridina entre algunos que se han podido
detectar, ya que las estrictas composiciones de los fluidos son mantenidas en el
más impenetrable de los secretos por las empresas que se ocupan de la
explotación, a los efectos de evitar todo cuestionamiento por parte de las
organizaciones medioambientales.
En cada perforación se llegan a
utilizar hasta 200.000 m3 de agua para la fracturación. Si se tiene en cuenta que
los agentes químicos que se utilizan pueden suponer un entorno del 2% del agua
introducida, ello nos indica que en cada pozo se inyectan 4 toneladas de productos
químicos altamente contaminantes. El fluido inyectado en el pozo retorna con
posterioridad a la superficie, después de la operación o después de la extracción
del gas natural, lo que determina que deba hacerse un adecuado tratamiento ya
que el líquido es altamente contaminante, y no existe seguridad alguna que las
empresas que explotan el sistema lo hagan. Además el fluido inyectado que no
salga a la superficie puede quedar en el subsuelo y penetrar hacia algún acuífero o
a la superficie, con las consecuencias de arrastrar la contaminación.
De acuerdo con algunos informes que
hemos podido analizar, existen riesgos durante la perforación, que consisten en
explosiones, escapes de gas, escapes de acido sulfhídrico (muy tóxico aún en
bajas concentraciones) derrumbes en la formación de la tubería. Si bien es cierto
que los riesgos de esto último pueden ser bajos, dado la media de perforaciones
habituales entre 6 y 8 pozos por plataforma, no hay que descartar la posibilidad de
que ocurran accidentes.
También como ha sido denunciado
por muchas organizaciones, uno de los elementos preocupantes de la fracturación
hidráulica es la afectación de los acuíferos subterráneos. Cuando se fractura el
subsuelo, no hay que descartar que las fracturas inducidas alcancen un acuífero
contaminando las aguas. También debe tenerse en cuenta el peligro que significa
el empleo de toneladas de productos químicos contaminantes en gran parte, que si
bien se diluyen al 2%, llegan a los lugares de explotación sin mezclar, y dado la
elevada circulación de transportes por cada plataforma que se estima en no menos
de 4000 camiones, existe siempre el riesgo de algún accidente. A esto se debe
sumar que las necesidades de fractura entran en conflicto con el suministro para la
demanda local donde se produce la explotación. Ello puede tener consecuencias
perjudiciales para la vida acuática, la pesca y otras actividades recreativas, como
así también para las explotaciones agrícolas y ganaderas.
Sin dejar de considerar la eventual
contaminación del aire, ya que durante los procesos de perforación y fracturación
se utilizan gran cantidad de aditivos muchos de ellos volátiles, se ha constatado el
aumento de sismicidad en los períodos de fracturación hidráulica, debido al
sobreesfuerzo a que se somete al suelo, provocando el desplazamiento de fallas
subterráneas, provocando importantes sismos como el ocurrido en Lancashire
(Gran Bretaña) donde la empresa Cuadrilla Resources reconoció que las
perforaciones y fracturas habían sido la causa de lo ocurrido.
Un estudio realizado por la
Universidad de Duke (EE.UU) mostró que los pozos de agua potable cercanos a los
lugares de extracción tienen concentraciones elevadas de metano "un asfixiante en
espacios cerrados y un peligro de fuego y explosión", mientras que en la localidad
tejana de Dish rodeada de pozos, el 61% de las enfermedades registradas estaban
asociadas a contaminantes empleados para la fractura hidráulica.
Luego de años de prueba, y debido a
la lucha de organizaciones que reclaman por la preservación del medio ambiente
se ha suspendido temporalmente en Pensilvania, Nueva Jersey y Vermont la
fractura hidráulica, hasta poder establecer con precisión los riesgos de estos
métodos de extracción. Si bien 16 municipios han establecido prohibiciones locales,
Vermont se constituyó en el primer estado en prohibir el fracking en mayo de 2012
y la Agencia de Protección Ambiental Federal de los estados Unidos pidió
información sobre los productos empleados debiendo citar judicialmente a
Halliburton para que respondiera.
Es importante consignar que el
Parlamento Europeo indicó en julio de 2011 que "los riesgos y cargas
medioambientales del fracking no son compensadas por su correspondiente
beneficio potencial", recomendando su regulación y se hagan públicos los
componentes que se utilizan en la fractura.
En distintos países se comenzó a
estudiar seriamente la cuestión de la fractura hidráulica, a los efectos de evitar
consecuencias perjudiciales para las personas y el medioambiente, ya que los
empresarios, a los que solo les interesa el negocio extractivista, no dan
informaciones veraces y se limitan a contestar los requerimientos con vaguedades
o mediante la utilización de argumentos carentes de toda fundamentación
verificable. Se han decidido moratorias en el estado de Renania; Bulgaria retiró a
Chevron la licencia y a través de una resolución se prohibió el fracking en el
territorio; Holanda decidió una moratoria hasta el 2012 y conocer los efectos del
método y en Canadá el estado de Quebec declaró una moratoria para la aplicación
del sistema. Irlanda del Norte también aplicó una moratoria y en Francia se
prohibió la técnica. Análogas decisiones han tomado Sudáfrica en el desierto de
Karoo, el estado de Gales en Australia, el Canton de Vaud en Suiza. Es decir que
hay decisiones que se van sumando en todas partes para impedir la aplicación de
estas técnicas de fractura, hasta que no se establezca debidamente y con precisión
cuales son las consecuencias que pueden ocasionar no solo a las personas sino al
medio ambiente.
Indudablemente las empresas que
explotan hidrocarburos, tratan de minimizar cualquier riesgo que se les señale en
la explotación de los yacimientos no convencionales, utilizando toda su capacidad
de lobby para ahogar cualquier manifestación en contrario, y los países con
enormes déficits energéticos se dejan seducir con el futuro que les prometen de
los grandes recursos que puede determinar la explotación intensiva de ese tipo de
yacimientos. Precisamente en la Ley 26.741 que determinó la expropiación de YPF,
se hace expresa mención a la integración del capital público y privado, nacional e
internacional, en alianzas estratégicas dirigidas a la exploración y explotación de
hidrocarburos convencionales y no convencionales" y es por ello que
recientemente se firmó un acuerdo con Chevron para ver la posibilidades de
explotación del yacimiento de Vaca Muerta, que como señaláramos, es el tercer
más grande del mundo en reservas de gas.
Resulta indudable que el costo de
explotación de las cuantiosas reservas de hidrocarburos que se estima que existen,
es muy elevado, lo que será compensado supuestamente por la obtención de
combustibles que aseguran un flujo continuado de los mismos, haciendo cesar el
déficit energético, que se ha hecho constante debido a las improvisaciones de una
política errática que llevara a la necesidad de importar lo que necesitábamos con
pagando solamente en el año 2011 más de 9.500 millones de dólares. Lo que no
se dice, y nadie se hace cargo de averiguarlo, es cuales serán los costos reales
debido a la afectación del medio ambiente y la contaminación que las técnicas de
fracking ocasionan, y la absoluta irresponsabilidad de no realizar inversiones
necesarias en la búsqueda de energías alternativas no contaminantes, como la
eólica o la solar. Por otra parte estos recursos fósiles según se estiman, también se
acabaran en el futuro, y continuará la dependencia energética con el agravante, de
tener un subsuelo fracturado, destruido, un medio ambiente degradado, que traerá
graves consecuencias para la vida.
"O inventamos o erramos" decía
Simón Rodríguez, el célebre maestro de Bolívar, mostrando la necesidad de pensar
más allá de las coyunturas, y con la capacidad creativa de pensar otras alternativas
a las convencionales, para desarrollarnos. Eso nos permite convencernos que
debemos salir de esta perspectiva extractivista a cualquier costo que significa el
fracking, e intentar desarrollar energías sanas y sustentables, que nos permitan
avizorar un futuro distinto al que diseñan los apropiadores de la naturaleza.
Por los fundamentos expuestos,
solicito a mis pares se sirvan acompañar este Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |