EDUCACION
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 406
Secretario Administrativo DRA. PANTANO VALERIA LUCILA
Jefe SR. PARRA MARCELO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 7786-D-2018
Sumario: "PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS - PROGRESAR -". MODIFICACION DE LA RESOLUCION 7/19 DEL MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA, POR LA CUAL CONGELA EL VALOR DE LAS BECAS.
Fecha: 12/02/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 186
Artículo 1°.- Dejar sin efecto los artículos 6, 7, 8, 9, 10 y 11 la Resolución 7/2019, dictada por el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, con fecha 1 de febrero de 2019, que establecen los valores de las becas otorgadas en el marco del “PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS” (PROGRESAR), los cuáles deberán ajustarse a los índices inflacionarios correspondientes al año 2018 informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mediante la sanción del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 84 del 23 de enero de 2014 se creó el “PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS” (PROGRESAR) con el fin de generar nuevas oportunidades de inclusión social a los jóvenes en situación de vulnerabilidad, a través de acciones integradas que permitan su capacitación e inserción laboral.
Este programa ha favorecido la capacitación de cientos de jóvenes entre DIECIOCHO (18) y VEINTICUATRO (24) años de edad ayudándolos a finalizar la escolaridad obligatoria, iniciar o facilitar la continuidad de una educación superior y realizar experiencias de formación y/o prácticas calificantes en ambientes de trabajo.
Cada año el Ministerio de Educación debe dictar el acto administrativo pertinente, estableciendo las bases y condiciones que reglamentarán el desarrollo del PROGRAMA, incluyendo los montos de las becas que se otorgaran en el transcurso del ciclo lectivo.
El pasado 1 de febrero el Ministerio de Educación dictó la Resolución 7/2019 en el que congeló todos los valores correspondientes a las becas otorgadas, estableciendo los mismos valores que los correspondientes al año 2018.
Que esta decisión, en el marco de una inflación anual de un 47,5 % anual en el año 2018, viola el espíritu de la norma que creó el PROGRAMA PROGRESAR, y los principios constitucionales y de derechos humanos que la respaldan, especialmente los derechos económicos, sociales y políticos, el derecho a la educación, y el principio de progresión o no regresividad establecido en el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el artículo del 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales.
En razón de lo expuesto solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RODENAS, ALEJANDRA | SANTA FE | NUEVO ESPACIO SANTAFESINO |
DE PONTI, LUCILA MARIA | SANTA FE | MOVIMIENTO EVITA |
RAMOS, ALEJANDRO | SANTA FE | PRIMERO ARGENTINA |
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