EDUCACION
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 406
Secretario Administrativo DRA. PANTANO VALERIA LUCILA
Jefe SR. PARRA MARCELO
Martes 15.00 hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2426 Internos 2406/05/26
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4553-D-2019
Sumario: EDUCACION NACIONAL - LEY 26206 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 11, 89 Y 92, INCLUYENDO CONTENIDOS RELACIONADOS CON LA FORMACION, SENSIBILIZACION Y PARTICIPACION SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO.
Fecha: 27/09/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 139
Ley de Educación sobre el Cambio Climático para el Desarrollo Sustentable
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 11 de la ley de Educación Nacional número 26.206, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 11.- Los fines y objetivos de la política educativa nacional son:
a) Asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales.
b) Garantizar una educación integral que desarrolle todas las dimensiones de la persona y habilite tanto para el desempeño social y laboral, como para el acceso a estudios superiores.
c) Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural.
d) Fortalecer la identidad nacional, basada en el respeto a la diversidad cultural y a las particularidades locales, abierta a los valores universales y a la integración regional y latinoamericana.
e) Garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos de la sociedad.
f) Asegurar condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las personas sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo.
g) Garantizar, en el ámbito educativo, el respeto a los derechos de los/as niños/as y adolescentes establecidos en la Ley N° 26.061.
h) Garantizar a todos/as el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, asegurando la gratuidad de los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y modalidades.
i) Asegurar la participación democrática de docentes, familias y estudiantes en las instituciones educativas de todos los niveles.
j) Concebir la cultura del trabajo y del esfuerzo individual y cooperativo como principio fundamental de los procesos de enseñanza-aprendizaje.
k) Desarrollar las capacidades y ofrecer oportunidades de estudio y aprendizaje necesarias para la educación a lo largo de toda la vida.
l) Fortalecer la centralidad de la lectura y la escritura, como condiciones básicas para la educación a lo largo de toda la vida, la construcción de una ciudadanía responsable y la libre circulación del conocimiento.
m) Desarrollar las competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la comunicación.
n) Brindar a las personas con discapacidades, temporales o permanentes, una propuesta pedagógica que les permita el máximo desarrollo de sus posibilidades, la integración y el pleno ejercicio de sus derechos.
ñ) Asegurar a los pueblos indígenas el respeto a su lengua y a su identidad cultural, promoviendo la valoración de la multiculturalidad en la formación de todos/as los/as educandos/as.
o) Comprometer a los medios masivos de comunicación a asumir mayores grados de responsabilidad ética y social por los contenidos y valores que transmiten.
p) Brindar conocimientos y promover valores que fortalezcan la formación integral de una sexualidad responsable.
q) Promover valores y actitudes que fortalezcan las capacidades de las personas para prevenir las adicciones y el uso indebido de drogas.
r) Brindar una formación corporal, motriz y deportiva que favorezca el desarrollo armónico de todos/as los/as educandos/as y su inserción activa en la sociedad.
s) Promover el aprendizaje de saberes científicos fundamentales para comprender y participar reflexivamente en la sociedad contemporánea.
t) Brindar una formación que estimule la creatividad, el gusto y la comprensión de las distintas manifestaciones del arte y la cultura.
u) Coordinar las políticas de educación, ciencia y tecnología con las de cultura, salud, trabajo, desarrollo social, deportes y comunicaciones, para atender integralmente las necesidades de la población, aprovechando al máximo los recursos estatales, sociales y comunitarios.
v) Promover en todos los niveles educativos y modalidades la comprensión del concepto de eliminación de todas las formas de discriminación.
w) promover la formación, la sensibilización y participación sobre el cambio climático y el desarrollo sustentable, conforme a los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina.
ARTÍCULO 2°.- Modifíquese el artículo 89 de la ley de Educación Nacional número 26.206, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 89. — El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, dispondrá las medidas necesarias para proveer la educación ambiental, como así también la formación, sensibilización y participación y el acceso a la información sobre el cambio climático y el desarrollo sustentable, conforme a los artículos 11° y 12° del Acuerdo de Paris, ratificado por ley 27.270, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con la finalidad de promover valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado, la protección de la diversidad biológica y el desarrollo sustentable; que propendan a la preservación de los recursos naturales y a su utilización sostenible y que mejoren la calidad de vida de la población y su conocimiento sobre las consecuencias del cambio climático. A tal efecto se definirán en dicho ámbito institucional, utilizando el mecanismo de coordinación que establece el artículo 15 de la Ley Nº 25.675, las políticas y estrategias destinadas a incluir la educación ambiental en los contenidos curriculares comunes y núcleos de aprendizaje prioritario, así como a capacitar a los/as docentes en esta temática.
ARTÍCULO 3°.- Incorpórese el siguiente como inciso g) al artículo 92 de la Ley de Educación Nacional número 26.206:
g).- Contenidos y enfoques que contribuyan a la educación, formación, sensibilización y participación sobre el cambio climático y el desarrollo sustentable, conforme a los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina.
ARTÍCULO 4°.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 12 de diciembre de 2015 se adoptó, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2015 (COP21), el Acuerdo de París.
El Acuerdo de París supone un gran avance en la lucha contra el cambio climático, trascendente para todos los países que deben poner en marcha políticas y medidas nacionales para alcanzar dichos objetivos.
Así, se han presentado 190 planes de lucha contra el cambio climático que cubren alrededor del 99% de las emisiones de todas los Estados Parte de la Convención.
En concordancia con las Decisiones 1/CP.19 y 1/CP.20, y teniendo en cuenta los principios, disposiciones y estructura de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), la República Argentina presenta su Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional.
Los impactos que hoy sufre el planeta obligan a tomar medidas inmediatas que implican grandes esfuerzos económicos, por esta razón, los países que aún no han alcanzado su pleno desarrollo son quienes sufren con mayor gravedad este fenómeno, a pesar de no ser los principales causantes. En ese sentido, el cambio climático incrementa las desigualdades ya existentes entre las diferentes naciones, pudiendo generar un nuevo obstáculo al desarrollo de los países. Para resolver este problema se requiere la puesta en marcha de acciones concretas en materia de adaptación y mitigación, así como la provisión de medios de implementación, pero para que eso sea posible debe existir un marco de referencia consensuado entre todos los países del mundo.
A los fines de alcanzar un acuerdo entre naciones tan distintas, es importante, en primer lugar, comprender las diferencias que las separan, tanto en sus procesos históricos como en sus metas actuales y futuras. Ello resulta necesario para evitar el incremento de las desigualdades. Por esa razón, el respeto y la plena vigencia del principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas es fundamental para el éxito del proceso. Del mismo modo, es necesario evitar que las medidas adoptadas para combatir el cambio climático, incluidas las unilaterales, se constituyan en un medio de discriminación arbitraria o injustificable o en una restricción encubierta al comercio internacional.
El cambio climático puede revertirse si todas las naciones articulan su capital humano y económico a tal fin.
Metas que se impuso Argentina:
Meta Incondicional: la Argentina propone una meta de reducción de sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) del 15% en el año 2030 con respecto a las emisiones proyectadas al mismo año. La meta incluye, entre otras, acciones vinculadas a: promover el manejo sostenible de los bosques, la eficiencia energética, los biocombustibles, la energía nuclear, las energías renovables y el cambio modal en el transporte. Los criterios para seleccionar las acciones, incluyeron el potencial para reducir/capturar emisiones de Gases de Efecto Invernadero y los co-beneficios asociados, así como la posibilidad de aplicar tecnologías desarrolladas nacionalmente.
Meta Condicional: la Argentina podría lograr una ampliación en la meta de reducción si se dan las siguientes condiciones: a) financiamiento internacional adecuado y predecible; b) el apoyo a la transferencia, la innovación y el desarrollo de tecnologías; c) el apoyo a la creación de capacidades. En este caso, podría alcanzar una reducción de sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero del 30% en el año 2030 con respecto a las emisiones proyectadas al mismo año. La meta contempla tanto el incremento del alcance de medidas en marcha, como la implementación de nuevas medidas. En la mayor parte de los casos se han identificado y analizado los costos/beneficios económicos de las mismas. Los criterios para seleccionar las acciones incluyeron el potencial para reducir/capturar emisiones de GEI y los co-beneficios asociados, así como la posibilidad de aplicar tecnologías desarrolladas nacionalmente.
De conformidad a los Tratados y Acuerdos Internacionales suscriptos por nuestro país, Argentina asumió el compromiso de formular y actualizar regularmente programas nacionales tendientes a mitigar el cambio climático y facilitar la adaptación a sus efectos.
Se han asumido compromisos y metas relevantes para el logro de los objetivos de mitigación de gases de efecto invernadero, incluidos aquellos contenidos en la Ley N° 26.093 sobre Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles, la Ley N° 26.123 sobre Régimen para el desarrollo de la tecnología, producción, uso y aplicaciones del hidrógeno como combustible y vector de energía, las Leyes Nros. 26.190 y 27.191 sobre el régimen de fomento nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica y su Decreto Reglamentario N° 531/16, la Ley N° 26.334 que aprueba el Régimen de Promoción de la Producción de Bioetanol, la Ley N° 26.473 que prohíbe la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial general en todo el territorio de la República Argentina, la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, así como el Decreto N° 140/07 sobre el Programa Nacional de uso racional y eficiente de la energía, entre otras.
Entre las consecuencias más preocupantes del cambio climático sobre el medio ambiente pueden señalarse las siguientes:
1. Aumento del nivel del mar.
“Cuando la temperatura de la superficie se calienta, se produce la fusión del hielo de los glaciares, del hielo marino, así como de la plataforma de hielo polar. Cuando esto sucede, aumenta la cantidad de agua que desemboca en los océanos de todo el mundo y conduce a que crezcan los niveles del mar drásticamente, poniendo en peligro numerosas ciudades que se sitúan bajo el nivel del mar.” Los especialistas creen que si continúa derritiéndose a un ritmo acelerado el hielo de la Antártida, Groenlandia y el Ártico podría elevar los niveles del mar en más de 20 metros de aquí al 2100.
2. Olas de calor.
Las olas de calor con altas temperaturas son cada vez más frecuentes y su razón de ser no es otra que las severas se han vuelto cada vez más comunes, y la razón no es otra que los gases de efecto invernadero están atrapados dentro de la atmósfera.
Las predicciones suponen que estas olas de calor irán en aumento en los próximos años y esto traerá aparejado severas consecuencias como el incremento de enfermedades, incendios, sequías, entre otras.
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3. Tormentas severas.
“Cuando la temperatura de los océanos se vuelve más cálida, las tormentas son más intensas. El calentamiento global hará que las tormentas puedan llegar a ser extremadamente graves, así como su número. El agua caliente del océano alimentará la intensidad de las tormentas y dan como resultado un mayor número de huracanes extremadamente devastadores.”
Esto podemos verlo hoy, ya hemos vivido la intensidad y frecuencia de huracanes, tormentas fuertes y ciclones. El número continúa en aumento.
Entre las consecuencias más inmediatas podemos destacar las inundaciones, pérdida de vidas, perdidas económicas, entre otras.
4. Sequía e Inundaciones severas.
Las sequías están causando daños importantes en varios lugares del globo.
Con el aumento de las temperaturas y la disminución del agua dulce da como resultado un mal manejo de la agricultura.
Hay una gran escasez de agua que está causando interrupciones en la producción mundial de alimentos.
Hay lagos históricos que están desapareciendo por todo el mundo, caso del Poyang (el mayor de China), el Poopó (Bolivia) o el Mar de Aral.
“El 2014 fue el año más caluroso y Brasil fue una víctima de ello. El resultado: durante el 2014 sucedieron sequías severas e inundaciones destructivas (la cuenca del río La Plata en Brasil, Paraguay, Argentina y Uruguay).
Al igual que en este tropical país, se prevé nefastas proyecciones para países de Centroamérica y el Caribe, el área nordeste (Venezuela, Guyana, Surinam, Guyana francesa y nordeste de Brasil) y en la porción del suroeste (Chile y sur de Argentina); puesto que en algunas de estas áreas ya se están experimentando sequías. Por otra parte, se proyecta que las precipitaciones aumentarán en las porciones del oeste (Ecuador, partes de Colombia) y Uruguay.”
5. Especies en extinción. Biodiversidad en peligro.
La desertificación, el aumento de las temperaturas de los océanos así como la deforestación están contribuyendo a los cambios desastrosos e irreversibles que se están produciendo en el hábitat y amenaza con poner en peligro a varias especies, que pronto podrían extinguirse.
Los cambios en las temperaturas no solo afectan a la especie humana, sino también a la rica biodiversidad del planeta. La pérdida del hábitat está aumentando y pone a numerosas especies en peligro de extinción al dejarlas sin ningún lugar donde ir.
6. Salud.
Las altas temperaturas, inundaciones y sequías, se combinan y crean las condiciones adecuadas para que distintas plagas portadoras de enfermedades prosperen.
Enfermedades como el cólera, virus del Nilo Occidental, la enfermedad de Lyme, la fiebre del dengue, etc son cada vez mayores y ya no se limitan a los climas tropicales como años atrás.
El cambio climático tiene injerencia en los determinantes sociales y medioambientales de la salud: un aire limpio, agua potable, alimentos suficientes y una vivienda segura. Además como ya mencione, aumenta el riesgo de transmisión de enfermedades propagadas por plagas como el dengue o la malaria.
7. Desaparición de glaciares.
En todo el mundo estamos viendo que los glaciares se están reduciendo a un ritmo alarmante. El grosor del hielo se ha reducido a la mitad desde 1950.
“En los últimos 30 años se han perdido alrededor de tres cuartas partes del volumen del hielo en el Ártico, que actúa como espejo rebotando calor solar. Si nos quedamos sin el hielo marino, así como de agua dulce, las consecuencias podrían ser irreversibles. A medida que los rayos del sol penetren más profundo, el agua se calentará, por lo que la evaporación del mar será más rápida y aumentarán las precipitaciones. Habría cambios en las corrientes de agua dulce y marina, así como modificaciones meteorológicas en todo el mundo. Y, por supuesto, muchos animales y plantas perderán su hábitat y muchas especies desaparecerán.”
8. Destrucción de ecosistemas.
El aumento de los gases de efecto invernadero no sólo está provocando cambios drásticos en la atmósfera, pero que está causando estragos en todo el planeta, lo que afecta el suministro de agua, el aire limpio y a la agricultura, así como a los recursos energéticos. Las plantas y los animales mueren o se trasladan a otros hábitats (no nativos), cuando los ecosistemas de los que dependen para sobrevivir (como los arrecifes de coral) se ven amenazados por el calentamiento de la temperatura del mar y el agua es más ácida. “Las barreras de coral están siendo una de las grandes perjudicadas, el aumento de temperatura del agua está provocando que se vaya destruyendo su ecosistema. Si no se pone remedio podrían desaparecer para 2050, aunque hoy día ya se han perdido muchas zonas que se consideran irrecuperables.”
Conforme lo establecido por La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el cambio climático es algo que afecta a todos, independiente del país o continente en donde residan. En todas las partes del mundo las personas viven las consecuencias del aumento del nivel del mar, los cambios ambientales y los fenómenos meteorológicos adversos cada vez más frecuentes. De hecho, estos cambios son una manifestación de las actividades humanas que han sido dañinos al medio ambiente, como las emisiones de gases de efecto invernadero y la gran cantidad de desechos tecnológicos poco o nada degradables, tienen un impacto negativo en la economía global y en la vida de las personas. En el futuro, las consecuencias podrían ser todavía peores, especialmente para las personas más pobres y vulnerables.
Acerca de una solución viable para que los países puedan fortalecer actividades más sostenibles y respetuosas con el medio ambiente, la UNESCO reconoce la importancia de la Educación sobre el Cambio Climático. Este reconocimiento promueve nuevos esfuerzos en el contexto de la Agenda de la Educación para el Desarrollo Sostenible hasta el 2030.
Por otra parte, el acuerdo de París hace referencia expresa a la necesidad de políticas públicas en el ámbito educativo: “Artículo 12 Las Partes deberán cooperar en la adopción de las medidas que correspondan para mejorar la educación, la formación, la sensibilización y participación del público y el acceso público a la información sobre el cambio climático, teniendo presente la importancia de estas medidas para mejorar la acción en el marco del presente Acuerdo”.
La REPÚBLICA ARGENTINA, mediante las Leyes N° 24.295, N° 25.438 y N° 27.270 aprobó, respectivamente, la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO y el PROTOCOLO DE KYOTO DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO y EL ACUERDO DE PARIS DEL 12 DE DICIEMBRE DE 2015.
El cambio climático constituye una de las grandes amenazas que enfrenta la comunidad internacional en su conjunto, motivo por el cual el esfuerzo para enfrentar las consecuencias actuales y futuras de este fenómeno, debe ser diseñado e implementado conjuntamente. En este orden de ideas, una respuesta integral al cambio climático requiere la decisión firme sobre la base de un trabajo sistemático de integración y coordinación necesario para enfrentar un fenómeno complejo y responder a los desafíos de la mitigación y adaptación en el marco de un desarrollo sustentable.
El desafío de generar una política sobre cambio climático, integrada tanto con los intereses ambientales como económicos y sociales de la nación, permite aprovechar las oportunidades que se presentan para que en el país se ejecute una política que tenga como pilar fundamental el desarrollo sustentable de nuestra sociedad, y que considere las necesidades específicas de sus habitantes.
El medio ambiente y su preservación son tan trascendente que nuestra propia Constitución Nacional reformada en 1994 establece la expresa manda en su artículo 41° de promover la educación en materia ambiental y el derecho de todos los habitantes de la nación a gozar de un ambiente sano:
“Artículo 41.- Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.”
Lo que manda nuestra Constitución Nacional fue receptado por la Ley Nacional de Educación sancionada en el año 2006, que contempla la educación ambiental entre los contenidos obligatorios para todos los niveles de educación aunque no hace referencia expresa al cambio climático y la necesidad de proveer contenidos educativos que formen, informen, concienticen y sensibilicen a las nuevas generaciones sobre sus consecuencias.
El objetivo de este proyecto es precisamente adaptar las previsiones de la ley nacional de educación a los compromisos asumidos por la Argentina en el plano internacional, en el marco del derecho internacional, el sistema de Naciones Unidas y el acuerdo de París.
El cambio climático nos afecta a todos y, sobre todo, a las futuras generaciones. Por eso, es fundamental que eduquemos a nuestros jóvenes para que tomen conciencia.
La educación nos ayuda a entender, comprender y accionar acerca de las consecuencias que trae el cambio climático a nuestro planeta.
La UNESCO, mediante su programa de Educación sobre el Cambio Climático para el Desarrollo Sostenible, se ha propuesto a dar a la educación en esa materia un papel más céntrico y notorio como parte de la respuesta internacional al cambio climático.
Cada granito de arena que aportemos para detener el cambio climático es más importante de lo que imaginamos. Hoy mi granito de arena como legislador, es este proyecto de ley para que los niños, niñas y adolescentes de nuestro país reciban educación obligatoria sobre el cambio climático.
El futuro del planeta depende de todos. Tenemos que hacer algo y tenemos que hacerlo ahora.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares que acompañen la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PETRI, LUIS ALFONSO | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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EDUCACION (Primera Competencia) |