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EDUCACION

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 406

Secretario Administrativo DRA. PANTANO VALERIA LUCILA

Jefe SR. PARRA MARCELO

Martes 15.00 hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2426 Internos 2406/05/26

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3484-D-2016

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE CUESTIONES A LA REGULACION Y COORDINACION DE LAS DIFERENTES POLITICAS DIRIGIDAS A NIÑOS, JOVENES Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD QUE ASISTAN A ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS O PRIVADOS.

Fecha: 09/06/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 70

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través de los organismos correspondientes, informe sobre cuestiones atinentes a la regulación y coordinación de las diferentes políticas de enseñanza dirigidas a los niños, jóvenes y adolescentes con discapacidad que asistan a establecimientos públicos o privados; a saber:
1. ¿Existe en los establecimientos educativos públicos o privados una correcta atención y enseñanza a niños, jóvenes y adolescentes con discapacidad conforme a lo prescripto en las leyes N° 22.431 – Sistema de Protección Integral de los Discapacitados – y N° 26.206 – Ley de Educación Nacional?; en caso afirmativo indique:
2. ¿Cuáles son los establecimientos que cumplen con dicha normativa? Conforme a ello, discriminar por:
-Provincia.
-Edad.
-Sexo.
- Tipo de categoría de discapacidad.
* Conforme a la tarea desempeñada por el docente de Educación Especial, informe: ¿Qué criterios de supervisión se llevan adelante desde el organismo correspondiente a fin de saber si los docentes cumplen con las funciones establecidos en los artículos N° 13 de la Ley N° 22.431 de Sistema de Protección Integral de los Discapacitados, y los artículos N° 44 y N° 45 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206?
En caso de que no ocurriere, explique los motivos.
3. ¿Existe a nivel nacional una nómina de registro de docentes formados en Educación Especial que se desempeñen en establecimientos públicos y/o privados?
- En caso de ser positivo, indique como se regula y controla dicho registro.
-En caso negativo, explique los motivos.
4. ¿Existen estadísticas acerca de cuantas personas con discapacidad asisten a establecimientos educativos públicos y/o privados a nivel nacional?
-En caso de ser positivo, indique que métodos se utilizan para su actualización.
-En caso negativo, explique los motivos.
5.¿Cuántos docentes especializados en Educación Especial, desempeñan su actividad en establecimientos educativos públicos?
-En caso de ser positivo, indique cuantos son.
-En caso negativo, explique los motivos.
6. Teniendo en cuenta lo peticionado en la pregunta precedente y según lo establecido por el artículo N° 44 de la Ley N° 26.206 de Educación Nacional. ¿Existe un cupo de docentes formados en Educación Especial con el cual deben cumplir los establecimientos públicos a nivel nacional?
-En caso de ser positivo, cual es el cupo, cómo se controla y como se lleva adelante dicho proceso.
-En caso negativo, explique los motivos.
7. Informe: ¿Cuáles son las medidas que se han adoptado o adoptarán a fin de impulsar la inclusión de personas con discapacidad en el ámbito escolar público y/o privado?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Cabe poner de manifiesto una vez más que: “Si no incluimos a los chicos con discapacidad en las escuelas comunes, no sólo les impedimos que se socialicen como los demás, sino que además les negamos la posibilidad a los otros niños de que disfruten y aprendan de la presencia de ellos”.
Así explicó Juan Carlos Olave, el arquero del Club Atlético Belgrano, su sensación frente a las escasas posibilidades de los chicos con discapacidad de incluirse en colegios comunes, tal como establecen convenios internacionales a los que suscribe la Argentina, y leyes nacionales y provinciales. Olave, quien habló como padre de una niña con un trastorno neurológico, producido por una alteración genética, aseguró en una entrevista con el Diario La Voz en el 2015, que las posibilidades de estos chicos de socializar “son muy pocas”.
Su hija estuvo desescolarizada después de haber sido rechazada en colegios comunes, públicos y privados y, finalmente, apartada de la escuela especial a la que asistía y donde le pidieron que la enviaran día de por medio y sólo una hora cada jornada.
Muchos padres en la actualidad se plantean incógnitas como por ejemplo si el establecimiento educativo está cerca de casa o del trabajo, si es bilingüe o con enseñanza de inglés, si es jornada simple o completa.
Por otro lado, existe en nuestro país otro grupo de padres los cuales se plantean una sola pregunta: “¿aceptarán a mi hijo?”.
Desde el año 2008, a través de la sanción de la Ley 26.378 “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo”, nuestro país reconoce el derecho de los niños, adolescentes y adultos con alguna o varias discapacidades a una educación inclusiva en todos los niveles.
Como consecuencia, la dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa (DINIECE) informó que entre el 2007 y 2010 la inclusión se incrementó un 47%. Lamentablemente no poseemos cifras desde el año 2015.
Sin embargo, en el nivel secundario sólo el 15% de los jóvenes con discapacidad asisten a un colegio común, y las puertas siguen cerrándose para muchos niños.
En este sentido, si bien el país en algunas provincias más y en otros mucho menos ha avanzado en materia de inclusión educativa, el análisis de las estadísticas por parte de voces autorizadas y las dificultades en el paso de la teoría a la práctica demuestran que la educación para todos, basada en la equidad y la inserción incondicional, sigue siendo un desafío que a todos nos debe concernir.
Retomando el caso del jugador Olave, éste padre es uno entre muchos. Como su caso, muchos en todo el territorio nacional quedan a la deriva o por el contrario llegan a través de acciones de amparo a la justicia frente a diferentes situaciones. Las diferentes leyes indican que hay que privilegiar la integración en escuela comunes, pero en muchos caso no se logra dar con el objetivo y si bien por encima de nuestras leyes se encuentra la Constitución Nacional y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene jerarquía constitucional no debemos desviar la mirada que estamos frente a un niño o una niña que busca ser integrado y educado.
Si la inclusión en las escuelas públicas es un derecho reconocido, entonces me pregunto: “¿Por qué muchos padres deben llegar a recurrir a un juez para que se declare este derecho?”.
En diferentes ocasiones, el rechazo por parte de instituciones públicas y/o privadas se da de una manera camuflada y los casos de negativa no se plantean de forma directa, sino con excusas: falta de vacantes, falta de formación en educación especial de los docentes, fallas edilicias y otras cosas más; entonces
¿Cómo podemos buscar una inclusión educativa, cuando no tenemos las herramientas necesarias para poder brindarla?
Frente a esta situación, muchos padres en primera persona reciben el rechazo de manera verbal y no de manera escrita, lo cual y es entendible dilata aún más la situación.
Considero que desde lo legal no hay lugar a dudas que el eje para trabajar en educación es desde la inclusión y en su máximo concepto. Por otro lado también debemos tener presente que lo apropiado es hablar de inclusión y no de integración, ya que el sentido de esta última pone la impronta en que la persona tiene que modificarse para ser aceptada en determinados sistemas; mientras que la inclusión implica modificar el contexto y no el sujeto.
Si nos referimos a una educación inclusiva, no debemos dejar de lado la necesidad de una cultura que nos incluya a todos por igual desde la niñez.
La inclusión en la escuela no puede estar separada de la inclusión en el resto de los ámbitos sociales, pero ¿Cómo logramos una sociedad inclusiva si no tenemos inclusión escolar?; en una situación de sociedad ideal, cualquier niño o niña con discapacidad podría ir a una escuela pública o privada sin tener ningún inconveniente. No es éste el que se tiene que adaptar, sino que la sociedad la que tiene que hacerlo.
En este sentido, si bien la Ley 26.206 de Educación Nacional, establece en su artículo N° 44 inciso b) “contar con el personal especializado suficiente que trabaje en equipo con los/as docentes de la escuela común”, y en su inciso siguiente, “asegurar la cobertura de los servicios educativos especiales, el transporte, los recursos técnicos y materiales necesarios para el desarrollo del currículo escolar”, son muchos los padres que aún recorren largos y engorrosos caminos para conseguir un vacante.
El incremento paulatino de la matrícula de algunos con alguna discapacidad en escuelas comunes también aumentó en las escuelas especiales sobre todo
en el nivel primario. Ahora bien yo me pregunto ¿Cómo se lleva adelante la educación inclusiva y qué sucede en los colegios que optan por la exclusión?
La gran mayoría de las luchas ganadas en materia de inclusión se debe al constante e inalcanzable trabajo de los padres, quienes hacen todo para que los chicos logren un lugar en el nivel educativo, en el ámbito laboral, en los espacios de la vida cotidiana, en la sociedad en general.
Si debemos plantear un contexto ideal, todas las personas con discapacidad deberían poder ser incluidas en la escuela común, siempre con el apoyo y el trabajo conjunto con una escuela especial. El camino es ese, pero es complejo. Es fundamental, para esto, la adaptación de las instalaciones, la capacitación docente, el trabajo en conjunto de las maestras comunes y especiales, pero, por sobre todas las cosas, es clave tener la voluntad de hacerlo.
Es que la diversidad enriquece. Por eso los chicos necesitan inclusión no sólo son los únicos que pierden cuando una escuela los rechaza, sus potenciales compañeros también se perjudican.
Es por ello que frente a esta problemática me es sumamente necesario saber cómo se está trabajando en materia de inclusión educativa.
Por lo expresado precedentemente, le solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
09/08/2016 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría