EDUCACION
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 406
Secretario Administrativo DRA. PANTANO VALERIA LUCILA
Jefe SR. PARRA MARCELO
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 1802-D-2019
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA FORTALECER LA MODALIDAD DE " EDUCACION INTERCULTURAL BILINGÜE", EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.
Fecha: 12/04/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos que correspondan, intensifique las medidas tendientes a fortalecer la modalidad de Educación Intercultural Bilingüe en todo el territorio nacional, conforme lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley 26.206 de Educación Nacional y los acuerdos federales alcanzados en el Consejo Federal de Educación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Ley 26.206 de Educación Nacional establece modalidades para atender las distintas situaciones y necesidades de todos los niveles del sistema educativo. En el capítulo XI, se definen los principios de la Educación Intercultural Bilingüe con el objetivo de garantizar el derecho constitucional de los pueblos indígenas, conforme al artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, a recibir una educación que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su cosmovisión e identidad étnica; a desempeñarse activamente en un mundo multicultural y a mejorar su calidad de vida. Además de promover un diálogo mutuamente enriquecedor de conocimientos y valores entre los pueblos indígenas y poblaciones étnica, lingüística y culturalmente diferentes, y propiciar el reconocimiento y el respeto hacia tales diferencias.
Es en el artículo 53 de la Ley 26.206 de Educación Nacional, en donde se fijan las responsabilidades de Estado para garantizar estos derechos:
a) Crear mecanismos de participación permanente de los/as representantes de los pueblos indígenas en los órganos responsables de definir y evaluar las estrategias de Educación Intercultural Bilingüe.
b) Garantizar la formación docente específica, inicial y continua, correspondiente a los distintos niveles del sistema.
c) Impulsar la investigación sobre la realidad sociocultural y lingüística de los pueblos indígenas, que permita el diseño de propuestas curriculares, materiales educativos pertinentes e instrumentos de gestión pedagógica.
d) Promover la generación de instancias institucionales de participación de los pueblos indígenas en la planificación y gestión de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
e) Propiciar la construcción de modelos y prácticas educativas propias de los pueblos indígenas que incluyan sus valores, conocimientos, lengua y otros rasgos sociales y culturales.
El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, son los encargados de definir los contenidos curriculares comunes tendientes a promover el respeto por la multiculturalidad y el conocimiento de las culturas originarias en todas las escuelas del país, permitiendo a los/as alumnos/as valorar y comprender la diversidad cultural como atributo positivo de nuestra sociedad.
En este sentido, la resolución 119/2010 del Consejo Federal de Educación fue el resultado del trabajo conjunto y articulado en distintos Seminarios y Encuentros de carácter nacional y regional, organizados entre los años 2008 y 2010. La importancia del documento emitido como resultado de este trabajo, radica en que participaron referentes, responsables y coordinadores de las áreas de Educación Intercultural Bilingüe de las distintas provincias y regiones del país, así como representantes indígenas constituidos en el Consejo Educativo Autónomo de Pueblos Indígenas –CEAPI-. En este documento se elaboró una estrategia para la implementación de la modalidad en los niveles inicial, primario y secundario del sistema educativo, así como de la formación docente.
Esta solicitud al Poder Ejecutivo se origina en la necesidad de cumplir con estos objetivos en todo el país, dado que el drástico recorte que el presupuesto educativo viene sufriendo en los últimos cuatro años, tornan dramática la situación de los más vulnerables, que en gran parte siguen siendo las postergadas comunidades indígenas que a lo largo y a lo ancho de nuestro territorio sufren los efectos del brutal ajuste. Por lo expuesto solicito la aprobación del presente Proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MASIN, MARIA LUCILA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BRITEZ, MARIA CRISTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, LAURA V. | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CIAMPINI, JOSE ALBERTO | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FRANA, SILVINA PATRICIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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EDUCACION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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13/11/2019 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 1584/2019 | 20/11/2019 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 09/12/2019 | APROBADO |