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EDUCACION

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 406

Secretario Administrativo DRA. PANTANO VALERIA LUCILA

Jefe SR. PARRA MARCELO

Martes 15.00 hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2426 Internos 2406/05/26

ceducacion@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 0671-D-2016

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO LAS MEDIDAS TENDIENTES PARA QUE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES Y PROVINCIALES, ASI COMO LOS INSTITUTOS DE EDUCACION TERCIARIA QUE DICTEN EL PROFESORADO DE EDUCACION FISICA, INCLUYAN EN LA CURRICULA DE LA CARRERA, COMO MATERIA OBLIGATORIA, "DEPORTE Y DISCAPACIDAD".

Fecha: 15/03/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11

Proyecto
Que vería con agrado que las Universidades Nacionales y Provinciales, así como los Institutos de Educación Terciaria que dicten el Profesorado de Educación Física incluyera en la curricula de la carrera -dentro del Perfil Profesional Sintético-, como materia obligatoria: "Deporte y Discapacidad", a fin de que los Profesores de Educación Física general egresen ya formados en las necesidades de los distintos colectivos de discapacidad, no como una especialización optativa sino como requisito para recibir el título general inspirado en la Educación Inclusiva. Ello sin perjuicio de los valiosos cursos de especialización y capacitación que dictan, con carácter optativo, algunas instituciones educativas como, por ejemplo, la U.B.A.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto responde al cambio de paradigma que se ha operado en materia de discapacidad. Al tiempo de sancionarse la ley 24.901 e inclusive la ley federal de educación, se consideraba a la discapacidad como una enfermedad y, por ende, a la persona con discapacidad como a un enfermo. A este enfermo, al que se lo trataba como crónico incurable, había que brindarle la medicación paliativa y los tratamientos que lo mantuvieran en el estatus quo que presentara al momento de ingresar en el sistema de salud y, muy raramente, al sistema educativo general.
Para la persona con discapacidad no se preveía la realización de deportes sino que toda actividad física programada era considerada parte de su rehabilitación o terapia física, y debía ser indicada por un profesional de la salud.
Luego el enfoque respecto de la discapacidad se volvió misericordioso o caritativo, las personas con discapacidad seguían siendo consideradas enfermas, pero se las reconocía como un colectivo vulnerable al que había que proteger y beneficiar porque no podían desarrollarse tan bien como el resto de las personas. Así, van surgiendo numerosas organizaciones no gubernamentales, en su mayoría fundaciones, que ayudaban y aún ayudan a personas con discapacidad, con las donaciones que recibían y reciben de privados.
El acceso al deporte en esa etapa dependía de los proyectos privados impulsados mayormente por padres y familiares pioneros en la realización de eventos deportivos para personas con discapacidad, que ahora -despues de una larga lucha- se encuentran incluidos en los juegos paraolímpicos y en las olimpíadas especiales.
El enfoque entonces ha ido evolucionando, y ahora las personas con discapacidad son sujetos que acceden a sus derechos de la misma forma que aquellas personas sin discapacidad, y ese acceso debe garantizarlo el Estado, no la caridad basada en la conmiseración.
Esto vale también para la educación física. Justamente cuando la educación inclusiva se encuentra en el centro del debate de la discapacidad, es menester que los profesores de educación física en general estén preparados para dar clases con un criterio de diversidad, de manera que todo educador se encuentre capacitado para dictar una clase que incluye a personas con discapacidad. Ello sin perjuicio del rol de los profesores y profesoras especializados en educación física especial.
La incorporación de una materia obligatoria como "Deporte y Discapacidad" permitirá asimismo concientizar a los docentes que, habitualmente y por falta de capacitación, excluyen automáticamente de la clase de educación física a los alumnos con discapacidad, estén a la altura de la Convención sobre los derechos para las personas con discapacidad, que ahora tiene rango constitucional y adopta la inclusión en materia de educación.
De manera que si las personas con discapacidad tienen derecho a realizar actividades físicas y deportes en iguales condiciones que las demás personas, es necesario para lograr una clase integrada, que los profesores estén capacitados para cumplir con la ley.
Es evidente que va a tomar tiempo el cambio de mentalidad que permita la igualdad de los educandos con o sin discapacidad. El propio Estado ubica la responsabilidad de fomentar "la práctica del deporte y la recreación como actividad complementaria del proceso de rehabilitación médica, y como estrategia de desarrollo y de su integración social" (referido a personas con discapacidad) en el Servicio Nacional de Rehabilitación: "Centro Nacional de Recreación y Deportes", cuando debería ser parte de las atribuciones del Ministerio de Educación, o de algún organismo que no tenga acotadas sus atribuciones a los problemas de salud.
(http://www.argentina.gob.ar/informacion/27- discapacidad.php).
Es muy importante para cualquier persona, fuera ya del ámbito de rehabilitación y terapéutico, la práctica del deporte por la práctica misma, que incorpora la actividad física como pasatiempo o en competencia. El deporte ayuda a mantener la autoestima, el estado físico, nos integra a un grupo de pertenencia, permite la sociabilización; pero éstos beneficios no se logran si se trata como un "complemento" de la rehabilitación y no como un derecho autónomo, de práctica inclusiva con profesores que apliquen estos principios.
Por lo expuesto solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LAGORIA, ELIA NELLY CHUBUT TRABAJO Y DIGNIDAD
BINNER, HERMES JUAN SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
BURGOS, MARIA GABRIELA JUJUY UCR
ACERENZA, SAMANTA MARIA CELESTE BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
10/05/2016 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
31/05/2016 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
07/06/2016
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0174/2016 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0671-D-2016, 0669-D-2016, 0670-D-2016 y 1362-D-2016 CON MODIFICACIONES 07/06/2016
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 27/06/2016 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0671-D-2016, 0669-D-2016, 0670-D-2016 y 1362-D-2016 APROBADO