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EDUCACION

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DRA. PANTANO VALERIA LUCILA

Jefe SR. PARRA MARCELO

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 0296-D-2017

Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA DECISION DEL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, DE SUSPENDER LA PARITARIA NACIONAL CON LOS SINDICATOS DOCENTES.

Fecha: 05/03/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3

Proyecto
Expresar Repudio a la decisión del Ministerio de Educación de la Nación de suspender la paritaria nacional con los sindicatos docentes, tanto como las declaraciones de funcionarios públicos agraviando a los dirigentes sindicales por ejercer el derecho a huelga.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La actitud del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el ejercicio de la paritaria docente desnuda una praxis de erosión de la negociación colectiva: existe una acción estatal dirigida a atacar a la clase trabajadora, desconociendo el tejido laboral vigente. La discusión sistemática de las condiciones de trabajo entre obreros y patronales es la matriz del estado de bienestar. Eso es lo que busca descomponer el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
Los ámbitos negociales son garantías para las partes que deben ser respetadas. En caso que los privados no lo hagan, se encuentra el Estado como garante inmediato que conmina a aquellos con vocación incumplidora. Y cuando el Estado se erige como patronal opera el doble deber de observancia: el sujeto ético por excelencia debe velar mediante todas las acciones posibles del cuidado de los ámbitos de negociación.
Por ello es realmente peligroso que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dilate y difiera la negociación colectiva docente. El Estado se está subvirtiendo a las instituciones democráticas y a los standares internacionales de OIT. Toda una paradoja.
Además juega un nuevo factor: se ha mostrado la voluntad de violentar el derecho de huelga de las Organizaciones Sindicales con la utilización de “voluntarios”. Estas tipologías responden a perfiles autoritarios dirigidos a disciplinar derechos obreros.
Esa actitud del Gobierno es deliberada: busca fragmentar a la sociedad a través de la desprotección de la clase trabajadora que es sujeto de preferente tutela en nuestro sistema jurídico protectorio.
Es signo de enfermedad institucional que el Estado dilate su presencia en paritarias y a la vez prometa reprimendas. La negociación colectiva es un Derecho consagrado en el art. 14bis y en el art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, puntualmente en el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC).
Asimismo, el Convenio N° 154 de OIT – específico en la materia de Administración Pública-, cristaliza los actos de injerencia y de obstaculización al ejercicio sindical, como son los que viene exteriorizando la Gobernación Bonaerense.
La negociación colectiva es síntoma de Diálogo Social, que es uno de los Basamentos del Programa de Trabajo Decente que se erige como eje de una sociedad democrática, en un todo acuerdo a la Agenda de Desarrollo Sostenible de ONU, ratificada por Argentina.
Es discrecional, abusivo y autoritario que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires opte por este modus operandi. Además de contraponerse a los compromisos internacionales adoptados por Argentina en la materia, se condice con conductas estatales correspondientes a los años más oscuros de la historia de nuestro país.
Por todo lo expuesto, repudiamos la decisión del Ministerio de Educación de la Nación de suspender la paritaria nacional con los sindicatos docentes, tanto como las declaraciones de funcionarios públicos agraviando a los dirigentes sindicales por ejercer el derecho a huelga, garantizado en la Constitución Nacional y en Pactos Internacionales.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE PERONISMO PARA LA VICTORIA
GROSSO, LEONARDO BUENOS AIRES PERONISMO PARA LA VICTORIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
EDUCACION
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
29/08/2017 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría