ECONOMIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 306
Jefe CPN. SILVA SANDRA BEATRIZ
Jueves 11.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2353 Internos 2353
ceconomia@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 8437-D-2010
Sumario: SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCION Y MITIGACION DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS - LEY 26509 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 18, SOBRE SEGURO MULTIRRIESGO AGROPECUARIO PARA PEQUEÑOS PRODUCTORES.
Fecha: 30/11/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 183
Art. 1:
Agrégase a continuación
del quinto párrafo del art.18 de la Ley Nº 26.509 referida al Sistema
Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres
Agropecuarios el siguiente texto: " De existir recursos remanentes,
estos podrán ser asignados para cubrir un porcentaje de la prima de
la póliza de un Seguro Multirriesgo Agropecuario para pequeños
Productores Agropecuarios."
Art. 2:
De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley 26.509
sancionada en año 2009 prevée recursos para paliar las graves
situaciones originadas como consecuencia de fenómenos ajenos a las
posibilidades de los productores , que dejan a estos en situación
crítica a no poder contar con la producción que es su sustento año a
año.
Los productores
afectados por situaciones de emergencia y/o desastre agropecuario
quedan en un estado de indefensión y deben esperar la ayuda del
Estado para poder recuperar su situación productiva. En el mundo
moderno tenemos una herramienta clave para poder contrarrestar
estas situaciones como los seguros agropecuarios. Estos son una
herramienta importante pues, devuelven al productor la capacidad de
poder enfrentar nuevemente su producción, ya que le restituye los
recursos para poder comenzar nuevamente con su sistema
productivo, o sea con lo que tenía antes de que se produzca el
fenómeno.
He presentado , en este
caso una Ley de Seguro Agropecuario Multirriesgo para que el Estado
pueda intervenir con su financiamiento , compartiendo los gastos que
origina la prima de un seguro de estas características. Cuando un
productor tiene cubiertos sus posibles perjuicios por un seguro
contratado a tal efecto, en la mayoría de los casos la situación de
emergencia particular está resuelta y no haría falta una asistencia
directa. Por eso propongo, como paso inicial a que el Estado
incursione en algo que, además favorecerá al Estado mismo pues
estabilizaría la producción argentina, que, en el caso de existir
remanentes del fondo de la Ley Nº 26.509, los mismos puedan ser
reasignados para cubrir un porcentaje de la póliza de un Seguro
Multirriesgo Agropecuario.
Dada la importancia de
poder agregar esta alternativa a la Ley sancionada, solicito, Sr.
Presidente, la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
ECONOMIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |