ECONOMIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 306
Jefe CPN. SILVA SANDRA BEATRIZ
Jueves 11.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2353 Internos 2353
ceconomia@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 5560-D-2006
Sumario: MODIFICACION DEL ARTICULO 7 DE LA LEY 25599 (TURISMO ESTUDIANTIL): INCORPORACION DE ULTIMO PARRAFO AL INCISO D), SOBRE SEGUROS.
Fecha: 22/09/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 138
Artículo 1° .-
Incorpórase como último párrafo del inciso d) del Artículo 7° de la Ley
25.599 de Turismo Estudiantil el siguiente texto:
" No son aplicables para el seguro
que se define en esta Ley, las restricciones que en cuanto a la edad establece el
Artículo 128 de la Ley 17.418"
Artículo 2°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El turismo
estudiantil es una de las modalidades más dinámicas de la actividad turística, por
lo que el dictado de una norma de estas carácterísticas resulta fundamental para
proteger la seguridad de los destinatarios.
El inciso d) del
artículo 7° de la Ley 25.599 exige la contratación, para cada uno de los que
participen de un viaje de turismo estudiantil, de un seguro de responsabilidad civil,
de vida, y contra accidentes, junto con una cobertura médica total, debiendo
detallarse los datos de las empresas aseguradoras contratadas.
Sin
embargo, el mencionado inciso resulta contradictorio con lo estipulado
por el artículo 128 de la Ley 17.418 (Ley de Seguros), que
expresamente estipula que "es prohibido el seguro para el caso de
muerte de los interdictos y de los menores de 14 años". Dado que al
término de los estudios primarios o 2° Ciclo de EGB, muchos
estudiantes menores de 14 años contratan el servicio para el viaje de
egresados, la contradicción resulta evidente, con la consecuencia grave
de que dichos menores quedan sin cobertura, si nos atenemos a lo
estipulado por la Ley de Seguros vigente.
Es para
subsanar esta contradicción, y así promover la adecuada cobertura a los menores
participantes de un viaje de estudios, que solicitamos de nuestros pares un voto
afirmativo a este proyecto que hoy elevamos ante esta H. Cámara de Diputados.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CAMBARERI, FORTUNATO RAFAEL | CHUBUT | UCR |
LEYBA DE MARTI, BEATRIZ | CORDOBA | UCR |
VANOSSI, JORGE REINALDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TURISMO (Primera Competencia) |
ECONOMIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | ||
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | ||
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) |