ECONOMIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5316-D-2006
Sumario: PROHIBIR LA COMERCIALIZACION DE VEHICULOS SINIESTRADOS ABONADOS POR PRESENTAR DESTRUCCION TOTAL, POR PARTE DE LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS.
Fecha: 13/09/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 130
Artículo 1ro.- Las
compañías de seguros no podrán comercializar ya sea por venta
directa, por subasta pública o cualquier otro medio, los vehículos que
con motivo de algún siniestro, ya sea colisión o sustracción, hayan sido
abonados por presentar destrucción total.-
Artículo 2do.- La Fiscalía
de Estado no podrá efectuar subasta de vehículos automotores
secuestrados en causas penales cuyos propietarios no hayan sido
identificados en la misma, cualquiera sea el estado de la mismos.-
Artículo 3ro.- Dichos
vehículos deberán ser dados de baja en el Registro de Propiedad del
Automotor, debiéndose dejar constancia en el legajo respectivo de
tales circunstancias y bajo ningún motivo podrán ser dados
nuevamente de alta.-
Artículo 4to.- Los
vehículos en cuestión deberá ser considerado chatarra que deberá
comprimirse y vendido como tal.- En los casos que el vehículo
correspondiera a la Fiscalía de Estado los fondos obtenidos tendrán elk
mismo fin que anteriormente se daba al producido de las subastas.-
Artículo 5to.- Las
compañías de seguro deberán llevar un registro de los vehículos que
se encuentren en las circunstancias mencionadas en la presente ley,
de lo que deberán informar a la ¨Superintendencia de Seguros de la
Nación, y al Registro de la Propiedad del Automotor Central.- La fiscalía
de Estado también deberá llevar un registro de tales vehículos.-
Artículo 6to.- Se invita a
las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la
presente o dictar normas uniformes al respecto.-
Artículo 7mo.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como sabemos mucho se
ha dicho en los últimos años respecto al aumento de sustracción de
automotores en todo el país, que si bien tiene su ámbito mas
problemático en la Capital Federal, y el Gran Buenos Aires, también se
refleja en el interior del país en especial en los conglomerados urbanos
mas importantes.-
Que destino da la
delincuencia a los automotores sustraídos, ya sean automóviles,
camionetas o camiones, la respuesta es variada, existe una porción
que es utilizado por los delincuentes para cometer robos, y
posteriormente son abandonados en la vía publica, y recuperados por
las autoridades policiales.-
Otro porcentaje es sacado
del país, y llevado a algún estado limítrofe, como por ejemplo
Paraguay y Bolivia, donde son comercializados, y en algunos casos
canjeados por drogas.-
Un porcentaje importante
es adquirido por los desarmaderos, los cuales se encargan de su
desguace, para ser revendidos por autopartes, y este flagelo se ha
combatido recientemente con distintos operativos llevados a cabo en
desarmaderos, procediéndose a la clausura de muchos de ellos,
secuestro de autopartes, pero dado el modo de operar de los mismos,
a la larga resulta imposible probarles la comisión de delitos y llegar a la
condena respectiva por parte de la justicia, dado que los que manejan
dicho negocio, operan con sumo cuidado a fin de evitar pruebas en su
contra.-
Como sabemos los autos
que secuestra la policía por distintos motivos, son devueltos a sus
propietarios en caso de tener toda la numeración de chasis y motor en
perfectas condiciones, los que no cumplen con esos requisitos, son
remitidos a Fiscalía de Estado, donde luego de un tiempo prudencial y
de agotada la investigación, donde no se pudo determinar quien es el
propietario,
son rematados por la
Fiscalía de Estado pudiéndose corroborar esto con solo leer en los
diferentes periódicos los anuncios par parte de ese organismo.-
Al ser rematados los
vehículos son adquiridos generalmente por personas que se
encuentran en ese "negocio" y que muchas veces solamente les
interesa la documentación que le entregan al efectuar la compra.-
Otro de los rubros en que
esas personas adquieren vehículos en remates, son los que efectúan
las distintas compañías de seguros, los vehículos que han debido pagar
a sus asegurados por destrucción total , ya sea por producto de una
colisión y por sustracción y posterior hallazgo desmantelado, y que
fueron abonados por la aseguradora.-
Tanto en los casos de remates que
efectúa la Fiscalía de Estado, como las que realizan las distintas aseguradora, en
su mayoría, esos vehículos ingresan en un circulo que para ponerlo nuevamente en
condiciones para circular, motiva la sustracción de otro vehículo de las mismas
características de marca, modelo etc.-
Esa actividad es la que da
sustento y hace redituable la actividad de los desarmaderos e incentiva
la sustracción de automotores, no solamente automóviles, sino
camionetas y camiones, y además les da cobertura legal,
proporcionándole documentación que respalda la tenencia de
autopartes que por carecer de numeración se le puede probar los
ilícitos.- Es una actividad de se autoalimenta a si misma.-Sabemos que
los automotores además de la chapa patente, se lo identifica por el
número del block del motor, y del chasis, y en algunos casos con
numeración secreta, pero el resto de las autopartes carece de
numeración identificatoria.-
Resumiendo, el Estado
debería sancionar las leyes pertinentes para que cesen los remates de
Fiscalía de Estado y las ventas de las aseguradoras y esos vehículos en
lugar de introducirlos en un circuito ilegal, procedan a archivar la
documentación respectiva y los restos del vehículo sea considerado
como chatarra, y no introducirlos nuevamente al circuito comercial.-
De ésta forma se reducirá
sustancialmente la existencia de los desarmaderos y en consecuencia a
la sustracción de vehículos, y seguramente con el tiempo será más
beneficioso para las compañías de seguros y Estado y la Sociedad.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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CUEVAS, HUGO OSCAR | RIO NEGRO | UCR |
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