ECONOMIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 306
Jefe CPN. SILVA SANDRA BEATRIZ
Jueves 11.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2353 Internos 2353
ceconomia@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 5198-D-2010
Sumario: ELIMINACION DE LOS DERECHOS DE EXPORTACION AL ACEITE DE OLIVA.
Fecha: 15/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97
Derechos de Exportación al
Aceite de Oliva
Artículo 1º.- Elimínase el pago del derecho
a la exportación a las mercaderías comprendidas en las partidas arancelarias de la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 1509.10.001: "Aceite de oliva virgen, en
envases de contenido neto igual o inferior a 5 litros" y 1509.90.101: "Aceite de oliva
Refinado, en envases de contenido neto igual o inferior a 5 litros".
Artículo 2º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el marco de la necesaria rediscusión de
los niveles establecidos para los derechos a exportación e importación que este
Congreso ha recuperado, proponemos una medida que estimula la incorporación de
valor agregado a una de los más importantes productos de exportación de provincias
históricamente relegadas.
Las provincias del noroeste argentino
vieron afectado su acceso a los mercados internacionales a partir del desmembramiento
del Virreinato de la Plata, al quitarles la posibilidad de comerciar con el Alto Perú y Chile.
Los desarrollos posteriores del país, hayan sido agro-exportadores o industriales por
sustitución de importaciones, tendieron a la concentración productiva en la Pampa
Húmeda.
La actual situación económica mundial nos
presenta la oportunidad de reorganizar el modelo de inserción en el comercio
internacional, si brindamos un fuerte apoyo a las exportaciones no tradicionales que son
requeridas por su alta calidad. En este caso específico, nos referimos a la producción de
aceite de oliva, la cual ha tenido una trayectoria ascendente en nuestro país desde la
primera década del siglo XXI.
Argentina es por lejos el mayor productor
de aceite de oliva de América Latina y el séptimo del mundo, detrás de España, Italia,
Grecia, Turquía, Marruecos y Portugal. Las provincias productoras del país son
Catamarca, La Rioja, Mendoza, San Juan, Córdoba, San Luis y Buenos Aires.
Consideramos que nos hallamos en una
inmejorable situación para promover este tipo de producción. Por ejemplo, en América
Latina se consumen 90.000 toneladas anuales de aceite de Oliva, de las cuales el 95%
son importadas de Italia y España. En algunos casos, se ha denunciado que el aceite
sudamericano es reexportado desde Europa al continente americano.
En el año 2.004 el
Consulado General y Centro de Promoción de la República Argentina en Los Ángeles,
Estados Unidos, elaboró un estudio titulado "Perfil del mercado norteamericano para el
aceite de oliva". En el mismo se señalaba que en el importante mercado
estadounidense, cercano a los 500 millones de dólares anuales, la Argentina aportaba
entre un 0,2 y 7 % de las importaciones (dependiendo del subproducto).
Todos estos datos nos brindan un
panorama de la enorme potencialidad de crecimiento y conquista de mercados que
nuestro país puede realizar si se suspenden los derechos de exportación a las partidas
arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) Nº 1509.10.001 y
1509.90.101, tal como proponemos. Estas dos partidas arancelarias comprenden a los
envases iguales o menores a 5 litros, es decir, un producto diferenciado por marca y
origen y que posee valor agregado de trabajo argentino.
Según datos de la Federación Olivícola
Argentina, nuestro país consume 5.000 toneladas de aceite de oliva, exporta otras 5.000
embotelladas, por valor de unos u$s 30 millones, y casi 10.000 a granel, también por
u$s 30 millones.
El valor FOB (de la mercadería puesta en
puerto) de la tonelada de aceite envasado promedió en 2009 u$s 5.360, mientras que a
granel rondó u$s 3.430. De eliminarse la retención al producto envasado, Argentina
podría aumentar su producción sin necesidad de mayores plantaciones, sino con riego y
fertilización, que hoy no se realiza porque costaría unos u$s 1.500 por hectárea.
A partir de 2005 Argentina quitó el
reintegro de 5% a la exportación de aceite de oliva, pero mantuvo el 5% de retención.
Tanto la tonelada envasada en botellas de medio litro o un litro, como la que se exporta
en tambores tienen un mismo arancel nominal del 5 %. Esto determina que paga más
derecho de exportación la mercadería envasada que la que no incorpora valor agregado.
Ello motiva que deseemos promover el envasado en el país de origen, lo que generará
puestos de trabajo y desarrollo para Argentina.
El precio del aceite de oliva, cayó de u$s
4.200 la tonelada a u$s 3.300 en 2009, y en 2010 se encuentra en u$s 2.300, junto a la
reducción del valor del euro, impactan directamente en los exportadores argentinos.
Argentina produce de 18.000 a 20.000 toneladas de aceite de oliva al año, aunque
según las perspectivas, en 2010 será de un 15 a un 20 % menor.
Consideramos que como parte de un
estímulo a la producción nacional de alta calidad y una visión federal del desarrollo
productivo, debemos eliminar los absurdos que castigan la incorporación del valor
agregado argentino. Si eliminamos las retenciones al producto envasado -actualmente
del 5 %- aumentarán los incentivos para exportar incorporando valor agregado, se
posibilitaría la inversión en el sector y se fortalecerán las economías regionales.
Por todo lo expuesto, Señor Presidente,
solicito la aprobación del presente proyecto.
ANEXO I
INDICE DE LA NOMENCLATURA COMUN
MERCOSUR
SECCION III
GRASAS Y ACEITES ANIMALES O
VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS
ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL.
CAPITULO 15 - Grasas y aceites
animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas;
ceras de origen animal o vegetal.
Partida Arancelaria
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PAROLI, RAUL OMAR | CATAMARCA | FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA |
VEAUTE, MARIANA ALEJANDRA | CATAMARCA | UCR |
MOLAS, PEDRO OMAR | CATAMARCA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
ECONOMIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
10/08/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
26/08/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones en su competencia con dictamen de Mayoria y Minoria |
09/11/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |