ECONOMIA
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 4721-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REVEER LA MEDIDA ADOPTADA POR LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS, POR LA CUAL SE EXCLUYE DE LA NOMINA DE ADUANAS ESPECIALIZADAS A LAS ADUANAS DE LA PROVINCIA DE SALTA.
Fecha: 25/09/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132
	                   Solicitar al Poder 
Ejecutivo Nacional, para que a través del Ministerio de Economía, 
Dirección Nacional de Aduanas y demás organismos competentes, 
revea la medida adoptada por la Dirección Nacional de Aduanas, 
mediante Resolución N° 50 de fecha 17 de agosto de 2007, que 
modifica el Anexo N° 1| de la Resolución General N° 1924, 
reemplazándolo por el Anexo 1 "A", en el que se excluye de la nómina 
de Aduanas Especializadas a las aduanas de la Provincia de Salta, 
como así también a las de  varias provincias del país.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	                                       La 
Resolución N° 1924 del 11 de agosto del 2005, fué dictada con el fin 
de Fortalecer los Controles de Comercio Exterior e intensificar la 
eficacia de dicho control, sin producir demoras en la cadena del 
comercio exterior, procurando incrementar la recaudación, combatir el 
contrabando y la evasión tributaria.
	        
	        
	                                      En el 
Anexo 1 de esta resolución, se detallan las Aduanas Especializadas en 
el despacho de determinadas mercaderías en importación para 
consumo. Asimismo en el art. 5° se faculta a la Dirección General de 
Aduanas a modificar o ampliar el universo de mercaderías definido en 
el art. 1°, así como la nómina de las Aduanas Especializadas para el 
despacho de las mismas que integran el Anexo 1, autorizándose 
excepciones al mencionado  Art. 1°, cuando resultare procedente, en 
función de particulares razones operativas del caso. 
	        
	        
	                                        La 
Resolución N° 50 de fecha 17 de agosto del corriente año, sustituye el 
Anexo I de la Resolución 1924, por el Anexo I "A" modificando la 
nómina de Aduanas Especializadas e incluyendo nuevas mercaderías 
en el procedimiento de despacho por estas aduanas. La disposición 
establece una serie de rubros que deben ser chequeados antes de 
ingresar al país, por las llamadas aduanas "especializadas" excluyendo 
de esta categoría a varias  aduanas de distintas provincias del 
país.
	        
	        
	                                         
Esta norma, en lugar de desplazar o contratar funcionarios idóneos, 
hacia las zonas de importación de los productos que se usan en las 
empresas del interior del país, pretende que se desplacen toneladas de 
mercaderías hacia las aduanas que ellos llaman especializadas, 
haciendo una diferenciación entre aduanas "especializadas", 
"especializadas en algunos rubros" y "sin especialización".
	        
	        
	                                          
En tal sentido las únicas por las que pueden ingresar todos los 
productos, según el mencionado Anexo I"A"son las de Buenos Aires y 
Ezeiza, y con restricciones Córdoba, Rosario y Paso de los Libres.
	        
	        
	                                          
Resulta llamativo que las demás aduanas, no hayan sido consideradas 
especializadas en ningún rubro, ya que esta especialización es la 
capacidad existente en el lugar para inspeccionar los productos que 
ingresan y determinar si se ajustan a lo declarado en las normas 
vigentes, y no parece razonable sostener que no existe capacidad en 
las aduanas no mencionadas, dado los recursos profesionales 
existentes en cada una de ellas.
	        
	        
	                                          La 
nueva resolución, quito a Salta, como a otras provincias limítrofes con 
Chile, Bolivia y Paraguay, la autorización para operar con productos, 
que hasta hace una semana ingresaban sin trabas desde cualquier país 
del mundo, dañando el comercio regional, y además, eliminando en 
nuestro país, la equidad territorial, en contraposición al ejercicio del 
federalismo, que establece nuestra carta magna, tal como lo manifiesta 
el presidente de la Cámara de Comercio Exterior de Salta, al decir que 
: "No puede ser que para ingresar repuestos, una compañía petrolera 
o minera que opera en el Norte provincial deba hacerlo vía Buenos 
Aires"  "Creo que la disposición fue dictada para mantener la 
hegemonía de la zona central sobre el interior del país"
	        
	        
	                                          Lo 
cierto es que de este modo, quedan tambaleando en nuestra provincia, 
la creación del corredor bioceanico, el desarrollo de la Zona de 
Integración del Centro Oeste Sudamericano, (Zicosur) los negocios 
establecidos con los países limítrofes, el intercambio comercial recién 
iniciado por los tabacaleros con los chinos, como así también la Feria 
Internacional del Norte Argentino (Ferinoa), en fin todas las 
actividades, de alta especialización, de lo que se denomina 
genéricamente logística, en la que empresas locales han tenido en los 
últimos años un notable desarrollo, serán gravemente afectadas si esta 
medida no es revisada de inmediato.
	        
	        
	                                            
Resulta inaceptable la discriminación que se ha hecho entre las 
distintas aduanas del país, señalando un retroceso en cuanto a 
descentralización y federalismo. Pareciera que, quien adopta esta 
medida quisiera resurgir el viejo monopolio español de una sola 
aduana de ingreso al territorio nacional y obviamente que esa aduana, 
debe ser Buenos Aires.
	        
	        
	                                            
Muchos años nos ha costado a los argentinos nacionalizar la aduana y 
los impuestos que ella percibe, años también nos ha costado lograr 
que las aduanas del interior funcionaran como tales, incluyendo 
importantes inversiones y especialización de trabajo, tales como: 
puertos secos, oficinas fiscales y otros sistemas que facilitaran tanto 
las exportaciones como importaciones, sin tener que hacer el pasaje 
por Buenos Aires.
	        
	        
	                                             
Según algunas estadísticas, de las 1.037 partidas del universo 
arancelario del país, esta disposición afecta a 297, aproximadamente el 
28%, A la vez representa el 60% del total de los productos que no son 
alimentos ni productos químicos, ni aquellos que se compran y venden 
a granel. 
	        
	        
	                                               
Por ejemplo, la nueva categoría quitó a los puestos locales de Salta, la 
posibilidad de importar artículos que, por ej. La industria petrolera o 
minera antes podía ingresar al país, desde algún país vecino, por esta 
Provincia, ahora el trámite deberá hacerse vía Buenos Aires, con los 
kilómetros y gastos extras que esto implica  
	        
	        
	                                               
Considero que con esta medida se ha tomado un camino equivocado, y 
que las consecuencias serán poco a poco, la eliminación de las demás 
aduanas del país.
	        
	        
	                                                
Por lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen con este proyecto. 
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| LOVAGLIO SARAVIA, ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| ECONOMIA (Primera Competencia) | 
