ECONOMIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1070-D-2015
Sumario: ADUANA QUE INTENVENDRA EN LA INTEGRACION FISICA DEL TERRITORIO CONTINENTAL NACIONAL CON EL "AREA ADUANERA ESPECIAL ISLA GRANDE DE TIERRA DEL FUEGO" DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR. CREACION.
Fecha: 19/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
ARTÍCULO 1º.- Créase una aduana que
intervendrá en la integración física del Territorio Continental Nacional con el Área Aduanera
Especial Isla Grande de Tierra del Fuego de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sur, en virtud de lo establecido por la Ley N° 26.776.
ARTÍCULO 2º.- La ubicación de la aduana
referida en el Artículo 1º será la que determine la correspondiente autoridad de
aplicación.
ARTÍCULO 3º.- La Dirección General de
Aduanas, conforme a lo establecido en el artículo 9º, inciso 2, del decreto 618/97, anterior
artículo 21 del Código Aduanero -Ley Nº 22.415-, establecerá la clase, naturaleza e
importancia de las operaciones, regímenes y destinaciones que puedan cumplirse en la
misma.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley será atendido con créditos presupuestarios
que asignen a la Dirección General de Aduanas.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley N° 26.776 define como política de
Estado la integración física del territorio continental con su territorio insular de la Provincia
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Considerando que en virtud de la
Ley 19.640 el territorio nacional de la Isla Grande de Tierra del Fuego de la Provincia de
Tierra de Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur constituye un Área Aduanera Especial
de la República Argentina, la Dirección General de Aduanas debe tomar intervención en lo
correspondiente al tránsito y disposición de mercaderías entre el Territorio Nacional
Continental y el Área Aduanera Especial.
Atendiendo que la concreción
definitiva de la vinculación física entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur y el Territorio Nacional Continental por Territorio Soberano de la República
Argentina constituye un hito para efectivizar la autonomía provincial, para el ejercicio de la
Soberanía Nacional y para el pleno ejercicio del derecho constitucional de todos los
habitantes a transitar libremente por todo el Territorio Nacional, solicito a mis pares me
acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PEREZ, MARTIN ALEJANDRO | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARRIZO, NILDA MABEL | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CABANDIE, JUAN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CANELA, SUSANA MERCEDES | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CLERI, MARCOS | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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Comisión |
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Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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