PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P02 Oficina 206
Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6618-D-2010
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL LIBRO "PACO, UNA DECADA DESPUES. ESTRUCTURA DE UN PROBLEMA Y COMPILACION NORMATIVA".
Fecha: 08/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129
Declarar de interés
de esta Honorable Cámara el libro "Paco, una década después. Estructura de un
problema y compilación normativa" bajo la autoría del Juez Federal en lo
Criminal y Correccional, Dr. Sergio Torres, en conjunto con la Dra. Laura
Marrazzo y Dr. Diego Iglesias y con el prólogo a cargo del Ministro de la Corte
Suprema de Justicia, Eugenio Raúl Zaffaroni.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Traemos a
consideración un proyecto de resolución que tiene por objeto declarar de
interés de esta Honorable Cámara el libro "Paco, una década después.
Estructura de un problema y compilación normativa", como un aporte más que
contribuye a profundizar, desde una visión interdisciplinaria, el debate en torno
a la sustancia tóxica denominada PACO.
Como bien señalan
los autores en la introducción al texto, la intención del libro que reúne a varios
expertos y especialistas de distintas áreas, responde a la idea de que "el dilema
del PACO debe ser abordado en forma coyuntural e integradora desde todos los
Poderes del Estado, con la activa participación de los sectores sociales
involucrados. Iniciativas sectorizadas, proporcionan respuestas a medias y en
temas tan importantes como el que nos convoca, soluciones parciales no
alcanzan para contrarrestar la problemática que yace en torno al PACO." (1)
En este marco,
creemos oportuno hacer algunas observaciones respecto al contexto en el cual
se originó y desarrolló el fenómeno del PACO y evitar de esta manera arribar a
determinadas y erróneas conclusiones que comúnmente se dan sobre dicha
problemática.
El 2001 significó un hito en la
historia de los argentinos: el estallido de una de las más profundas crisis
económicas, políticas y sociales puso en evidencia la vulnerabilidad de una
vasta cantidad de nuestra población. La transformación de la estructura
económica y social, como consecuencia de la implementación de las políticas
neoliberales durante
la década de los noventa, fue
configurando una sociedad cada día más polarizada, segmentada y desigual.
En este escenario,
donde se expresan la mayoría de los problemas estructurales actuales como
son la pobreza, la exclusión, el desempleo, la violencia, los conflictos laborales y
familiares, entre otras realidades, surgieron las condiciones que permitieron la
producción, el comercio y el consumo del PACO, sustancia de baja calidad y
escaso valor económico, entre los sectores más vulnerables, postergados y
marginados de la sociedad. De ahí, su denominación como la "drogas de los
pobres".
En el año 2009, con el
advenimiento del histórico fallo Arriola de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación, por el cual se declara la inconstitucionalidad del artículo 14, párrafo
segundo de la Ley Nº 23.737- la tenencia de estupefacientes para consumo
personal- se logró recuperar la discusión en la agenda política sobre las
adicciones, avanzando sobre el antiguo paradigma según el cual un adicto era
tratado como un delincuente y derivado al sistema represivo estatal.
En el caso
particular del PACO, tanto los prejuicios sociales, jurídicos como mediáticos, no
sólo configuraron el ideario del adicto como transgresor a la normas legales
vigentes, sino que además tomaron la condición social como un elemento más
para estigmatizar a aquellas personas que padecen y sufren de esta adicción.
Sumado a ello, las representaciones que transmiten los medios de
comunicación masivos relativas al consumo de las drogas como una expresión
contestataria propia de los jóvenes y no como el reflejo de problemáticas
sociales más profundas y severas.
Como se advierte
en el citado libro: "no es el PACO determinación del delito, ni el univoco
responsable de tantos pibes viviendo en la calle. El consumo de esta droga es
sólo una parte del mal social que padecemos, porque como lo dijéramos al
principio, la
causa de todos los
males, yace en la marginación social. Esta es la razón por la cual niños/niñas,
adolescentes y jóvenes mueren todos los días como resultado de una vida
miserable, cargada de privaciones, necesidades básicas insatisfechas,
discriminación y desprecio." (2)
Frente a esta
realidad que significa la presencia del PACO, la exhortación que hace el máximo
tribunal de justicia en el fallo judicial a los poderes del Estado, a tomar acciones
que repriman el narcotráfico de estupefacientes por un lado y por el otro, a
implementar políticas de salud destinadas a la atención y tratamiento de los
adictos, resulta cada vez más necesaria y urgente por el avance significativo
que tuvo la producción de esta sustancia tóxica en nuestro país durante los
últimos 10 años y también por las devastadoras consecuencias psicofísicas que
trae aparejado en las personas que la consumen, ocasionando incluso en
algunos casos hasta la muerte.
En este sentido,
Argentina se caracteriza por tener un grave déficit político e institucional en
ambas materias. Respecto a la represión del tráfico ilegal de estupefacientes y
en particular con la proliferación de la producción del PACO en nuestro país,
carecemos de un decreto que reglamente la Ley N° 26.045 de precursores
químicos sancionada en el año 2005. Por nuestra condición de polo industrial de
sustancias químicas en la región, esta herramienta legal constituye un aspecto
fundamental para establecer los mecanismos adecuados para la fiscalización de
los precursores químicos y evitar su desvío a los laboratorios dedicados a la
elaboración y fabricación del PACO y otras drogas ilícitas.
Asimismo, ante
aumento de los consumidores de PACO y con edades cada vez más bajas en el
inicio del consumo, nos encontramos con un sistema de salud pública
colapsado.
"A la par que se
incrementan la cantidad de usuarios de Paco y PBC en todo el país,
calculándose un aumento del 200% (según cifras de SEDRONAR) y del 500%
(según mediciones de FONGA) en los últimos años, se modificó la franja etárea
de adolescentes que se inician en su consumo, hacia edades más tempranas,
registrándose casos de niños y niñas de tan sólo nueve años. Estas cifras,
continúan impactando en el sistema de salud sanitario estatal, tanto en los
efectores de competencia nacional como metropolitana, por cuanto han tenido
que hacer frente a una demanda de atención y tratamiento que puso de
manifiesto las dificultades operativas y recursivas del aparato de salud publica."
(3)
Ante esta delicada
situación antes descripta, también han quedado en evidencia las fallas del
actual modelo nacional de intervención que brinda asistencia a las adicciones, a
través de la entrega de subsidios. Según los datos suministrados por el actual
Secretario de Estado Dr. Ramón Granero "los totales de las personas con
problemas de adicciones subsidiadas por la SE.DRO.NAR, son los siguientes: en
el año 2002 son 795, en el año 2003 son 1.057, en el año 2004 son 1028, en el
año 2005 son 759 y en el año 2006 son 102."
Lo llamativo de estas cifras es la
escasa cantidad de personas asistidas por dicha Secretaria encargada en la
prevención y asistencia de las adicciones en todo el país. De ello se desprende
que la atención misma representa una muestra mínima de una problemática
mucho más vasta, compleja y generalizada en todas las provincias del territorio
argentino. El deterioro psicofísico de los niños y adolescentes como
consecuencia del consumo del PACO y la falta de respuestas concretas por
parte del Estado para dar una solución a esta problemática, llevó a que un
grupo de madres se organizara y movilizara para reclamar por los derechos de
sus hijos y jóvenes. Con voluntad, compromiso y solidaridad lograron instalar el
tema en la sociedad. Sin embargo, estos esfuerzos sólo se tradujeron en el
reflejo de acciones aisladas, sin aun poder generar la definición de una política
estatal que incorpore a los tres niveles gubernamentales y a los tres poderes de
gobierno.
En coincidencia con
lo impreso en el libro postulamos que "seguramente, el desafío que mayor
dificultad presenta, yace en la creación de estrategias que importen
oportunidades concentras de inclusión para el consumidor de drogas." (4)
Y es en este
sentido, que consideramos y valoramos los aportes surgidos por los autores en
el libro, ya que nos permiten reflexionar sobre la realidad que circunda a esta
sustancia denominada PACO e invita a todos los actores involucrados a
continuar profundizando en el debate, a fin de llegar a un consenso para definir
las mejores políticas que prevengan y asistan a las personas, especialmente
jóvenes, que sufren esta adicción.
Es por los motivos hasta aquí
expuestos, que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del
presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
PUIGGROS, ADRIANA VICTORIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ZAVALLO, GUSTAVO MARCELO | ENTRE RIOS | PERONISMO FEDERAL |
FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR |
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
FLORES, HECTOR | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
GIANNETTASIO, GRACIELA MARIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
23/09/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1414/2010 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 29/2010 | 05/10/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 21/10/2010 | APROBADO |