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PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 206

Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN

Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN

Martes 12.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 60752241 Internos 2241

cpadiccionesycnarcotrafico@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 6311-D-2015

Sumario: LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO - LEY 24788 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 4° Y 5° E INCORPORACION DE LOS ARTICULOS 6° BIS Y 6° TER, SOBRE COMERCIALIZACION Y PROHIBICION DE PUBLICIDAD.

Fecha: 03/12/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 164

Proyecto
ARTÍCULO 1.- Modifíquese el artículo 5 de la LEY NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO N° 24.788 que quedará redactado de la siguiente manera.
Artículo 5.- Las bebidas alcohólicas que se comercialicen en el país, deberán llevar en sus envases, con caracteres destacables y en un lugar visible:
a) la graduación alcohólica correspondiente a su contenido.
b) las siguientes leyendas: "Beber con moderación". "Prohibida su venta a menores de 18 años"
c) La UBE (Unidad de bebida estándar)
ARTÍCULO 2.- Modifíquese el artículo 4 de la la LEY NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO N° 24.788 que quedará redactado de la siguiente manera.
Artículo 4°-La prohibición regirá cualquiera sea la naturaleza de las bocas de expendio, ya sea que se dediquen en forma total o parcial a la comercialización de bebidas.
Queda prohibido el consumo y venta de bebidas alcohólicas en la vía pública y en el interior de los estadios u otros sitios, cuando se realicen en forma masiva actividades deportivas, educativas, culturales y/o artísticas, excepto en los lugares expresamente habilitados por la autoridad competente.
ARTÍCULO 3.- Incorpórese como artículo 6 bis y 6 ter a la LEY NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO N° 24.788 el siguiente texto.
Artículo 6 bis.- Prohíbase a los fabricantes y comerciantes de productos elaborados con alcohol, realizar el auspicio y patrocinio de marca en todo tipo de actividad o evento público, y a través de cualquier medio de difusión.
Artículo 6 ter.- Encomiéndese a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual la fiscalización y verificación del cumplimiento de las disposiciones del presente capítulo por los prestadores de servicios de comunicación audiovisual y radiodifusión, conforme a lo previsto en el artículo 81 inciso j) de la ley 26.522, disponiendo la aplicación de las sanciones que correspondan en caso de infracción, de acuerdo a lo establecido en el Título VI de la misma norma, sin perjuicio de las que correspondan por aplicación de la presente ley.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene por objeto realizar un aporte en la prevención y lucha contra el alcoholismo, dadas las altas tasas registradas de consumo de alcohol en Argentina, (1) y surge como un trabajo conjunto con integrantes del Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén (a pedido del Dr. Ricardo Quiroga).
Según los datos de la OMS, los países que más beben en la región son los siguientes:
- Chile: es el que más, con un consumo anual per cápita de 9,6 litros de alcohol puro.
- Argentina: 9,3 litros per cápita.
- Venezuela: 8,9 litros de alcohol per cápita.
Con el fin de unificar criterios a la hora de calcular el consumo de alcohol, la mayoría de los países de Europa, así como también Estados Unidos y Canadá, han adoptado la Unidad de bebida Esstandar (U.B.E) como forma de medir los gramos de alcohol consumidos por cada tipo de bebida con el fin de simplificar el cálculo de consumo de alcohol y detectar a consumidores con un patrón de consumo de mayor riesgo para su salud. Cada U.B.E. supone entre 8 y 13 gramos de alcohol puro. Con una U.B.E. se puede medir la cantidad de alcohol puro, no la cantidad de líquido que se bebe. Un hígado sano puede metabolizar alrededor de una U.B.E cada hora u hora y media, aunque suele diferenciarse según el sexo:
Para hombres: hasta 28 UBE a la semana y máximo 4 UBE al día.
Para mujeres: hasta 17 UBE a la semana y máximo 2 UBE al día.
El consumo crónico o puntual intenso de alcohol se relaciona claramente con múltiples enfermedades, entre ellas destaco la hepatitis alcohólica y el hígado graso, cirrosis, aumento de triglicéridos, ácido úrico, pancreatitis agudas y crónicas, cáncer de boca, esófago, estómago, colon o vejiga (posiblemente también mama) (4), hipertensión arterial y enfermedad cardiovascular (incluido el ICTUS y el infarto de miocardio), síndrome de dependencia al alcohol con los consiguiente trastornos del comportamiento y deterioro social, familiar y laboral que esto implica, síndrome de abstinencia, trastornos psiquiátricos como el delirium tremens, encefalopatia alcohólica, depresión y ansiedad, y déficit de vitaminas y otros déficits nutricionales. (2)
El informe también señala que un mayor porcentaje de hombres muere por causas relacionadas con el alcohol -7,6 por ciento de los hombres y 4 por ciento de las mujeres-, aunque hay evidencia de que ellas pueden ser más vulnerables a sus efectos.
La OMS informó que más de 3,3 millones de personas murieron en el mundo en 2012 por causas relacionadas con el alcohol, lo que representa el 6% de todas las muertes en el mundo.
El texto indica que el consumo excesivo no sólo lleva a una nociva dependencia, y a un aumento de la violencia, sino que está relacionado con el riesgo de desarrollar más de 200 enfermedades, incluidas la cirrosis y algunos tipos de cáncer.
Además, el informe destaca que el consumo excesivo hace que las personas que abusan sean más susceptibles de desarrollar enfermedades infecciosas como la tuberculosis y la neumonía.
Es por esto que proponemos, además de adoptar la U.B.E como mediada, de manera de tener un mayor control sobre la ingesta de bebidas, adoptar medidas, tal como se ha hecho para la prevención del tabaquismo. Concretamente proponemos el desincentivo al consumo, por lo que creemos que es incompatible con continuar realizando publicidad de estas bebidas en eventos deportivos, culturales, etc y a través medios de difusión masivos.
Creemos que debemos realizar un gran esfuerzo y adoptar medidas urgentes para poder revertir esta tendencia que nos muestra la OMS a través de su informe. Para ello. Consideramos que la prevención es fundamental y por ende debemos actuar con responsabilidad, evitado continuar cooperando a que estas situaciones se sigan reproduciendo.
Es por esto que solicito a mis pares que me acompañes en la presente propuesta de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia)
COMERCIO
COMUNICACIONES E INFORMATICA