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PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 206

Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN

Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN

Martes 12.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 60752241 Internos 2241

cpadiccionesycnarcotrafico@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 5563-D-2006

Sumario: REGULACION LA COMERCIALIZACION DE BEBIDAS ENERGIZANTES O ESTIMULANTES QUE CONTENGAN CAFEINA Y TAURINA.

Fecha: 22/09/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 138

Proyecto
Artículo 1° - La presente ley regula la comercialización de bebidas denominadas energizantes / estimulantes, que contienen cafeína y taurina.
Art. 2° La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) establecerá cuáles son las proporciones de cafeína y taurina para que una bebida sea considerada energizante / estimulante.
Art. 3° - Se establece que todas las bebidas envasadas indicadas en el art. 1° deberán contener la denominación "energizantes / estimulantes" y exhibir en letras legibles y de tamaño acordes con el envase las siguientes leyendas "El consumo con alcohol es perjudicial para la salud" y que "Personas de edad o con enfermedades deberán consultar con su médico antes de consumir este producto".
Art. 4° - Se prohibe la venta en todo el territorio de La Nación de las bebidas indicadas en el art. 1° en aquellos lugares habilitados para el expendio de alcohol.
Art. 5° - La publicidad para la venta de estos productos no podrá ser engañosa ni motivar su consumo a través de eslogan o indicaciones que indican propiedad beneficiosas para la salud.
Art. 6° - Se establece que la bebidas indicadas en el art. 1° no podrán ser incluidas como suplementos dietarios en los listados de productos determinados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat).
Art. 7°. - El Ministerio de Salud de la Nación dictará en el plazo de sesenta días (60) corridos a partir de la promulgación de la presente ley, las normas complementarias necesarias para su implementación.
Art. 8. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Se ha tomado conocimiento de que a los hospitales llegan cada vez más jóvenes con infartos, taquicardias, hipertensión arterial, arritmias y alteraciones cardíacas propias de personas mayores, provocados por un factor nuevo: el abuso en el consumo de bebidas energizantes mezcladas con alcohol.
Por disposición 3634/2005 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), se obliga a las empresas productoras a reducir la cantidad de cafeína en ese producto: de 35 a 20 miligramos por cada 100 mililitros. Exige, además, que en las latas se inscriba en letras de un tamaño superior a 5 por ciento de la altura del envase la siguiente leyenda: "El consumo con alcohol es nocivo para la salud".
En países como Inglaterra, Alemania, España y Austria, los mayores consumidores de bebidas energizantes a nivel mundial, la venta de estas sustancias no está restringida; sí lo está en Francia, Dinamarca y Noruega. En estos últimos países sólo se pueden adquirir en farmacias.
Los profesionales médicos han advertido no mezclar este tipo de bebidas y alcohol, más aún si se ha estado sometido a un alto nivel de ejercicio físico. Ello en razón que tanto la cafeína como el alcohol actúan como poderosos diuréticos. Si a ello se suma una fuerte actividad física en una pista de baile o trabajos en un gimnasio, la deshidratación puede alcanzar niveles de peligrosidad.
El problema más habitual es que los jóvenes toman con alcohol tres o cuatro latas de estas bebidas en una noche y, semejante carga de cafeína - equivalente hasta 20 tazas de café exprés- aumenta la frecuencia cardíaca, somete a un mayor roce la cobertura interna de las arterias y produce una irritación que puede generar un coágulo que tape la arteria y produzca el infarto.
Es responsabilidad de Ministerio de Salud la implementación de los mecanismos de control y fiscalización de drogas, medicamentos y alimentos, con el fin de proteger la salud de la población. Debemos poner todos nuestro esfuerzo para que hoy y no mañana se lleven a cabo acciones positivas dirigidas a hacer realidad el control que exigen las disposiciones vigentes.
Por los motivos aquí expuestos y teniendo como meta la salud de nuestros jóvenes, solicito a mis colegas legisladores apoyar con su voto este proyecto de ley y requerir su pronta respuesta.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MONTENEGRO, OLINDA CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/06/2007 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - CAMBIO DE ORDEN DE LAS COMISIONES